Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ANTIGÜEDAD, QUE NO ERA UN PROBLEMA, AHORA LO ES | 85 2017-07-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 41 veces | El pasado día 4 se mantuvo la reunión del Comité General de Empresa con la Dirección del Grupo Renfe para abordar la problemática de las antigüedades y notificarnos la recepción en breves fechas de dos concursos de movilidad para los colectivos de Comercial y Administración y Gestión. Tres horas y media de farragosa tertulia para al final, derivar la cuestión a la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo, por el difícil encaje que tienen los últimos acuerdos del 22 de junio con la actual normativa.
Desde la empresa y resto de sindicatos, se reconoce que la nueva regulación, que se pretende, sobre antigüedades de los nuevos ingresos, entraría en contraposición con el actual Convenio Colectivo (vigente desde el 29-11-2016), por lo que dan un paso adelante con el que consolidar el olvido de las condiciones con las que miles de ferroviarios accedimos a esta empresa.
Esta ordenación debería estar regulada desde el mismo momento en el que se firmó el Convenio y así, evitarnos los problemas que ya anticipábamos desde CGT durante la negociación del Convenio. Un Convenio que no firmamos por la ingente normativa contraria a los derechos de los trabajadores del Grupo Renfe y que el paso del tiempo está demostrando.
CGT, sin estar de acuerdo con la actual regulación y la nueva que se proyecta, pensamos que, todos los trabajadores de una misma convocatoria tienen que tener la misma antigüedad, que éstos deberían ser contratados al mismo tiempo y que la relación laboral se inicie desde el mismo momento que se hayan superado las convocatorias. No compartimos los parámetros de “agilidad en la contratación” ni las condiciones laborales que se derivan del actual convenio, porque supone precariedad, inestabilidad e inseguridad para el trabajador. Nos gustaría ver a los firmantes del Convenio, cómo se las apañarían con los 645 € mensuales que cobran los becarios o con una reducción del 30% de sus salarios, tal y como se aplica a los subgrupos profesionales de ingreso.
CGT nunca suscribirá la pérdida de derechos y la rebaja de los mismos por el capricho de nadie, empresa o sindicatos afines.
¡FERROVIARI@, DEFIENDE TUS DERECHOS CON CGT!
Comunicado

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