Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT QUIERE ABORDAR LA JUBILACIÓN PARCIAL DE MANERA INMEDIATA EN RENFE | 118 2017-10-23 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 81 veces | La edad media de la plantilla es un problema identificado por todos y al que CGT quiere poner soluciones a través de la puesta en marcha de la Jubilación Parcial. Consideramos urgente la necesidad de cubrir las bajas de todo tipo que se producen más allá de las autorizaciones ministeriales, ya que de no ser así, en un breve espacio de tiempo nos encontraremos con actividades que serán inviables por pura falta de personal. Evitando así, la externalización y precarización de estas cargas de trabajo.
Desde CGT queremos aportar soluciones de manera inmediata y en esa línea, que venimos defendiendo desde hace tiempo, reivindicamos la implantación de la Jubilación Parcial con la sustitución de trabajadores con contratos de relevo que se aplica en ADIF, también en el Grupo Renfe.
Esta medida que viene contemplada en la legislación y que CGT lleva mucho tiempo reivindicando su aplicación, posibilita abordar adecuadamente el problema de gestión de la edad media de Renfe permitiendo además, políticas de empleo en concordancia con el sistema público de pensiones.
Los compañeros de ADIF, gracias al empeño de CGT, ya la tienen acordada y regulada dentro de sus empresas.
Por el contrario, los trabajadores de Renfe no disponemos aún de ese modo de la jubilación con sustitución de trabajadores relevistas. En la búsqueda de esa “igualdad”, el pasado 6 de octubre, CGT firmó en su acuerdo de desconvocatoria de huelga con la Dirección de Renfe, junto a otras cuestiones, el inicio de la negociación de la jubilación parcial en el seno del Comité General de Empresa.
CGT quiere igualar derechos dentro de la empresa y que, de una vez, los compañeros de los colectivos que no tienen penosidad también puedan salir de la empresa de manera anticipada.
Para dar continuidad a la negociación, nos hemos dirigido la empresa para solicitar: Que desde la Dirección del Grupo RENFE, se proceda a convocar al CGE para iniciar y abordar las negociaciones necesarias que culminen con el establecimiento de jubilaciones parciales con trabajadores relevistas en el Grupo RENFE.
¡CGT POR LA IGUALDAD DE LOS COLECTIVOS!
Comunicado Anexo 1

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