Comunicados
RENFE | 87 23/10/2025
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PLAN DE EMPLEO Y NUEVA NORMA DE MOVILIDAD Hoy, 23 de octubre, hemos dado continuación a la negociación de la Mesa Técnica de Personal del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe, abordando el Protocolo LGTBI, el Plan de Empleo y la Nueva Normativa de Movilidad
PROTOCOLO LGTBI
La empresa ha presentado un borrador del protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI. Valoramos positivamente que la dirección muestre sensibilidad y compromiso con la concienciación en materia de diversidad y respeto dentro de la empresa. No obstante, tras un primer análisis, detectamos que el documento está lejos de cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1026/2024. Faltan medidas concretas que prevengan la discriminación y garanticen los derechos de las personas LGTBI, más allá de las buenas intenciones expresadas.
PLAN DE EMPLEO
La dirección ha presentado un documento en el que expone la necesidad de realizar cambios sustanciales en varios ámbitos: salidas de personal, nuevos ingresos y movilidad geográfica y funcional. En cuanto al Plan de Empleo vigente desde 2016, es evidente que ha cumplido los objetivos que buscaban la empresa y sindicatos de siempre: renovar la plantilla, facilitando la salida de personal con condiciones económicas aceptables, sustituyéndolos por nuevas incorporaciones en categorías de ingreso (estas últimas eliminadas tras el acuerdo alcanzado en la Comisión Negociadora de junio de 2024).
Desde el SFF-CGT consideramos fundamental mantener la vigilancia sobre el desarrollo de este nuevo proyecto. Es vital que el relevo generacional se realice con empleos dignos, estables y sin discriminación salarial. No podemos permitir que se destruyan puestos de trabajo ni que se repitan situaciones del pasado, cuando durante años no se incorporó personal nuevo. El SFF-CGT prioriza que estos principios básicos se cumplan plenamente.
NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD
Otro aspecto relevante del borrador presentado por la dirección es la intención de modificar de forma sustancial la normativa de movilidades internas. Aunque aún no se han concretado los detalles, el objetivo declarado es hacer los procesos más ágiles y flexibles. Ante las supuestas intenciones de la empresa de agilizar y dar mayor continuidad a las movilidades, nos ha parecido perfecto para recordarles nuestra intención histórica de abolir el 14.6 y por ende las permanencias en general y nuestra disposición a debatir posibles cambios, siempre que se garanticen concursos continuos, con normas claras, transparentes, que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 22/10/2025 | 86 ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN | ADIF 20/10/2025 | 85 ESTE AÑO MÁS DE UN@ NO SE COME LAS UVAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA EMPRESA NO CUMPLE LA LEY ASÍ LO RECONOCE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO | 130 2017-11-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 49 veces | ADIF en una nueva vuelta de tuerca al Convenio y a los acuerdos, trata de externalizar más funciones, a pesar del compromiso de la internalización de cargas de trabajo. En este caso, tratan de arrebatarnos la función de Encargado de Trabajo.
ADIF incumple, a sabiendas, la Orden FOM 2872/2010, que en su artículo 13.5 dice: “La habilitación de Encargado de Trabajos se otorgará al personal del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias”. Y en su Disposición Transitoria Séptima, expone claramente que: “En los casos excepcionales, debidamente justificados, en los que no exista personal habilitado disponible de Adif, se podrá admitir que realicen tal función, agentes de otras empresas que se habiliten debidamente como encargados de trabajos por dicha entidad”.
De forma totalmente oscura han tratado de entregar a empresas privadas esta función sin atender a la normativa y sin existir justificación alguna: Externalizan, impunemente, pulsan al colectivo ferroviario para comprobar si se rebela contra estas acciones privatizadoras y si no encuentran ninguna oposición, ponen el negocio en manos de las empresas amigas de la Administración que pagan parte de las campañas electorales.
CGT, en defensa de nuestras cargas de trabajo, denunció ante la Inspección de Trabajo el incumplimiento de la Orden FOM 2872/2010, relacionada directamente con la Seguridad en la Circulación en las funciones de la Habilitación de Encargado de Trabajos.
Ante la preocupación de algunos trabajadores, se procedió a realizar las correspondientes visitas a los centros de trabajo, comprobando in situ como se está designando la responsabilidad de los Encargados de Trabajo en la Red Convencional al personal de Empresas Privadas.
De igual manera, recabamos información a través del área de Regulación en los P.M. y finalmente en la Dirección de Seguridad en la Circulación, constatando las irregularidades de estos hechos. Por lo que CGT, exigió la paralización de los trabajos ante el evidente incumplimiento de dicha Orden FOM. También procedimos al traslado del asunto, al Comité Provincial afectado, al de Seguridad y Salud, así como también a la Subcomisión de Seguridad en la Circulación del territorio.
A la vista de los hechos y por la inobservancia de la Ley por parte de ADIF, procedimos a la denuncia de los hechos ante la Inspección de trabajo.
La Inspección tras realizar las investigaciones oportunas da la razón a CGT en sus postulados, requiriendo a la empresa de forma clara, para que en el futuro, cumpla adecuadamente la orden FOM, particularmente en su Disposición Transitoria Séptima y genéricamente, en las demás medidas de Seguridad en la Circulación, así como en la Normativa vigente. A partir de ahora si no se acredita la excepcionalidad y la falta de personal de Adif para desarrollar las funciones de E.T., no se podrá designar a personal de empresas externa para dichas funciones.
Desde CGT esteremos vigilantes para que se cumpla toda la Normativa en vigor y no se menosprecien las cargas de trabajos del personal de infraestructura, animando a todos los trabajadores afectados que ante cualquier incumpliendo denuncien los hechos y/o se pongan en contacto con cualquiera de nuestros delegados en cada ámbito.
NO DEJES QUE TE ROBEN TUS FUNCIONES Y LUCHA JUNTO A LOS QUE LAS DEFIENDEN
¡AFÍLIATE A LA HONESTIDAD!
Comunicado

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