Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE NO QUIERE CUMPLIR CON LA LEY DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO | 134 2017-12-05 |
| COMUNICADO
 | Leido: 75 veces | El pasado mes de Agosto, CGT solicitó a RENFE información sobre el número de directivos de la empresa no sujetos al Convenio, las condiciones laborales de los mismos y sus salarios. Hasta en dos ocasiones, Renfe se ha negado a dar esta información, alegando cuestiones que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia de Protección de Datos han desestimado de forma contundente. Los directivos de RENFE han intentado esquivar el ejercicio de transparencia al que le obliga la Ley, con una conducta de oscurantismo motivada claramente por miedo a que la ciudadanía conozca sus altas retribuciones y sus contratos con cláusulas blindadas, que ahora les obligan a publicar.
Por todo ello, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTYBG) ha dado la razón a CGT, exigiendo a RENFE para que informe sobre las retribuciones del personal directivo no sujeto a Convenio. Desde CGT estimamos que el personal directivo contratado en estas condiciones estará en torno a unas 900 personas, el 6.50% del total de la plantilla.
Desde CGT, pensamos que la transparencia debe aplicarse a todos y cada uno de los euros de dinero público, administre quien lo administre. En una democracia avanzada, como en el funcionamiento de cualquier empresa que se financie con dinero público, no es de recibo el oscurantismo y ocultamiento de los salarios ni las condiciones laborales del personal directivo. Tanto este sindicato, como cualquier ciudadano de este país, tienen derecho a saber en qué se gasta el dinero de sus impuestos y así, poder exigir el buen uso del mismo y la posible fiscalización.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, mediante una Resolución al efecto, ha instado a la Entidad Pública Grupo RENFE a que, en el plazo máximo de 10 días hábiles, facilite a CGT, la relación de la plantilla, las retribuciones y los contratos del Personal directivo no sujeto a Convenio.
Cabe recordar que el Personal Directivo al que se refiere la resolución, está compuesto por personas elegidas arbitrariamente, sin mediar procedimiento de promoción interna alguno, con total discrecionalidad para ocupar puestos de “especial confianza”, dejándose de regular por el Convenio Colectivo, a partir de ese momento, sus condiciones laborales y salariales, quedando sujetos a condiciones individuales recogidas en contratos particulares, ocultados totalmente a la Representación de los Trabajadores.
Desde CGT consideramos que los trabajadores de RENFE, en particular y la ciudadanía en general, tienen derecho a conocer sus retribuciones y condiciones contractuales, en un ejercicio de transparencia que permita comprobar si los que gestionan recortes salariales y laborales, también los aplican a sus sueldos y condiciones, dejando de vivir en un mundo ajeno a sus propias estrategias de ajustes y recortes.
CGT, hace una llamada de atención sobre la incongruencia, incoherencia y el incumplimiento de la ley por parte de RENFE, que además, no cumple su propio Código Ético y Normativa sobre Transparencia Empresarial.
CGT, GARANTÍA DE TRANSPARENCIA
Comunicado

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