Comunicados
RENFE | 87 23/10/2025
|
|
PLAN DE EMPLEO Y NUEVA NORMA DE MOVILIDAD Hoy, 23 de octubre, hemos dado continuación a la negociación de la Mesa Técnica de Personal del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe, abordando el Protocolo LGTBI, el Plan de Empleo y la Nueva Normativa de Movilidad
PROTOCOLO LGTBI
La empresa ha presentado un borrador del protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI. Valoramos positivamente que la dirección muestre sensibilidad y compromiso con la concienciación en materia de diversidad y respeto dentro de la empresa. No obstante, tras un primer análisis, detectamos que el documento está lejos de cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1026/2024. Faltan medidas concretas que prevengan la discriminación y garanticen los derechos de las personas LGTBI, más allá de las buenas intenciones expresadas.
PLAN DE EMPLEO
La dirección ha presentado un documento en el que expone la necesidad de realizar cambios sustanciales en varios ámbitos: salidas de personal, nuevos ingresos y movilidad geográfica y funcional. En cuanto al Plan de Empleo vigente desde 2016, es evidente que ha cumplido los objetivos que buscaban la empresa y sindicatos de siempre: renovar la plantilla, facilitando la salida de personal con condiciones económicas aceptables, sustituyéndolos por nuevas incorporaciones en categorías de ingreso (estas últimas eliminadas tras el acuerdo alcanzado en la Comisión Negociadora de junio de 2024).
Desde el SFF-CGT consideramos fundamental mantener la vigilancia sobre el desarrollo de este nuevo proyecto. Es vital que el relevo generacional se realice con empleos dignos, estables y sin discriminación salarial. No podemos permitir que se destruyan puestos de trabajo ni que se repitan situaciones del pasado, cuando durante años no se incorporó personal nuevo. El SFF-CGT prioriza que estos principios básicos se cumplan plenamente.
NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD
Otro aspecto relevante del borrador presentado por la dirección es la intención de modificar de forma sustancial la normativa de movilidades internas. Aunque aún no se han concretado los detalles, el objetivo declarado es hacer los procesos más ágiles y flexibles. Ante las supuestas intenciones de la empresa de agilizar y dar mayor continuidad a las movilidades, nos ha parecido perfecto para recordarles nuestra intención histórica de abolir el 14.6 y por ende las permanencias en general y nuestra disposición a debatir posibles cambios, siempre que se garanticen concursos continuos, con normas claras, transparentes, que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe.
 COMUNICADO Anexo
|
 RENFE 22/10/2025 | 86 ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN | ADIF 20/10/2025 | 85 ESTE AÑO MÁS DE UN@ NO SE COME LAS UVAS |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE EXAMENES MOVILIDAD FUNCIONAL EN RENFE LA EMPRESA DEBE DE APLICAR LA NORMATIVA | 136 2017-12-12 |
| COMUNICADO
 | Leido: 52 veces | Hoy día 12 se llevan a cabo los exámenes correspondientes a las convocatorias de movilidad funcional (ascensos) a los subgrupos profesionales de Operador Comercial Especializado N2 (Convocatoria PO 06/2017) y Operador Comercial Nivel 1 (Convocatoria PO 04/2017).
Las pruebas se realizan en turnos de mañana y tarde en diversas residencias, concretamente en dependencias de Madrid, Barcelona,, Málaga, Miranda, Murcia, Oviedo, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza.
A la gran mayoría de las/los trabajadoras/es que se presentan a las mismas, se les ha asignado un turno de examen no coincidente con el turno de trabajo que les corresponde, lo que significa en muchos casos que una vez finalizado el mismo, deberán incorporarse a sus puestos de trabajo, o que, una vez finalizado el turno de trabajo, deberán desplazarse para la realización de las pruebas, o en su descanso, utilizando también tiempo propio.
CGT recuerda a todas/os que la promoción profesional es un derecho que se encuentra reconocido en el Estatuto de los Trabajadores ( artículo 4.2 b), además de estar regulada la asistencia a las pruebas en la Normativa Laboral vigente, en su artículo 435 “Promoción”, que de forma literal especifica que “Aquellos trabajadores que se presenten a una Convocatoria de Ascenso o Pase tendrán derecho a obtener el día o días para la asistencia a examen, que será de licencia con sueldo, siempre y cuando superen la mitad de la puntuación exigida en la Convocatoria para el aprobado, y en caso de no obtenerse dicha puntuación el día o días serán considerados como licencia sin sueldo.
A partir de la firma del XIV Convenio Colectivo, y en caso necesario, cuando el examen tenga lugar en residencia distinta a la del trabajador, se facilitará el título de transporte y los gastos de viaje que puedan derivarse del desplazamiento, si éste se efectúa a otra provincia distinta de la residencia del trabajador”.
Por lo tanto, desde CGT animamos a todos los participantes que cumplan los requisitos establecidos en la Normativa, que reclamen por escrito la compensación con un día de licencia retribuida en el caso de superar la mitad de la puntuación exigida para el aprobado en la Convocatoria, y que en todo caso, reclamen, el importe del título o títulos de transportes utilizados para la asistencia a los exámenes. Tened claro que la empresa no lo va a hacer de oficio, y si nos callamos, se convierte en otro derecho que se llevan por delante.
En otro orden de cosas, y respecto al nefasto listado de Ordenación Profesional del personal de comercial publicado hace meses y al que presentamos un escrito de impugnación (ver comunicado nº º116 de 16-10-2017), deciros que desde CGT hemos hecho gestiones para averiguar en que estado se encuentran las reclamaciones presentadas (unas 300), habiéndonos asegurado la Dirección que las están resolviendo y que se publicará a la mayor brevedad un nuevo listado donde se reflejen las correcciones necesarias.
¡QUE NO TE TOMEN EL PELO!
LA PROMOCIÓN PROFESIONAL ES UN DERECHO
¡VEN A LUCHAR CON CGT!
¡AFÍLIATE A CGT, CONTIGO SOMOS MÁS FUERTES!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |