Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT QUIERE JUBILACIONES PARCIALES, NO SOLO DESVINCULACIONES | 10 2018-01-23 |
| COMUNICADO
 | Leido: 53 veces | Tras la reunión de ayer de la Comisión de Seguimiento del Plan de Desvinculaciones de 2018, en la que se estableció el número potencial de bajas en 805, el reparto por colectivos, los criterios de ordenación y el plazo de reclamación al listado de ordenación. En el día de hoy, se ha reunido la Comisión Negociadora del Convenio para modificar el convenio colectivo vigente y en unos términos parecidos al Plan de Desvinculaciones del 2017 y posibilitar las indemnizaciones de 2 a 6 meses en función de la edad, para aquellos trabajadores que alcancen el 100% de la base reguladora.
Desde CGT nos alegramos por aquellos compañeros que pueden irse de la vida laboral tras su paso por la actividad ferroviaria, recordando que esto es así, no por el premio a una larga trayectoria laboral digna y sí, por la penuria introducida en RENFE con el plan de empleo, basado en la rebaja salarial, los becarios, la contratación temporal, etc.
CGT ha manifestado en la reunión su disconformidad con el Plan de Desvinculaciones y Plan de Empleo. Además, hemos solicitado poder asistir a las reuniones derivadas de ambos, a pesar de no ser firmantes, ya que no disponemos de la información en el momento que se produce, llegando a la reunión de la Comisión Negociadora en la que todo está previamente hablado y decidido.
CGT ha solicitado que, de una vez por todas, seamos capaces de abordar y alcanzar acuerdos para implantar la jubilación parcial en RENFE, permitiendo así la salida para los trabajadores de colectivos que llevan muchos años trabajando y que no tienen la posibilidad contar con un coeficiente reductor, algo que genera cierto agravio entre colectivos. También, la entrada de nuevos trabajadores y trabajadoras por encima de las consabidas tasas de reposición.
Es nuestra obligación recordar, que algunas organizaciones sindicales han olvidado o apartado los compromisos de trabajar para conseguir la jubilación parcial en RENFE, a pesar de tenerlo en sus desconvocatorias de huelga. Esperamos que sean capaces de velar por el interés de todas/os.
¡CGT DEFIENDE Y AMPLIA TUS DERECHOS!
¡AFÍLIATE!
Comunicado

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