Comunicados
IRYO | 100 02/12/2024
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CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
Con el ánimo de dar una oportunidad más a la negociación, la afiliación del SFF-CGT decidió no convocar huelgas los días 8 y 9 de diciembre, no tenemos mucha confianza en que se resuelva de una vez por todas las reivindicaciones que arrastramos desde hace dos años y que reunión tras reunión la Dirección de la empresa IRYO ha ido demorando, pero acudiremos a las reuniones convocadas por la dirección para los días 13 y 20 de diciembre.
Acudiremos a las reuniones con el mismo objetivo que a las anteriores, que se finalice la desigualdad entre colectivos y se cumpla con lo regulado por ley.
Como venimos diciendo hace meses el SFF-CGT no va a renunciar a la presión hasta conseguir los objetivos motivo por el cual, hoy día 2 de diciembre el SFF-CGT hemos convocado HUELGAS en IRYO para los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
Nadie nos va a regalar nada, los derechos se conquistan. La capacidad para negociar la dan todas las personas trabajadoras que se movilizan para conseguir sus objetivos.
Los nuestros son:
• Las dietas que no generen desigualdad, para el colectivo de ASISTENTES.
• La compensación en nocturnidad para quien la trabaje.
Las direcciones de las empresas llegado a este momento intentarán confundir y actuar contra la huelga, así como sus adláteres y mensajeros (disfrazados de clase trabajadora) difundiendo miedo a cambio de ¿qué?
Pero la realidad es que el derecho a hacer HUELGA es un derecho CONSTITUCIONAL que todos y todas podemos llevar a efecto en defensa de nuestras reivindicaciones.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS | ADIF 28/11/2024 | 98 EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MOVILIDAD PREVIA 2017 HAY MUCHAS LAGUNAS | 13 2018-01-30 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 71 veces | En el día de hoy se ha reunido el CGE con la empresa para tratar los procesos de movilidad internos previos a la OEP 2017. Dado que el borrador presentado por la empresa sobre esta movilidad nos lo hicieron llegar el viernes a última hora de la tarde, hemos manifestado que con tan escaso margen no se pueden hacer alegaciones en profundidad y por tanto las posibilidades para avalar este proceso se ven muy mermadas.
La empresa es consciente de que los tiempos que ha marcado para este y otros procesos de movilidad e ingresos son muy ajustados, y por tanto las abundantes alegaciones presentadas por todos los sindicatos ponen de manifiesto, y así lo ha reconocido la empresa, que se han cometido algunos errores en su redacción.
El SFF-CGT ha presentado un escrito de alegaciones fundamentadas en nuestro posicionamiento manifestado anteriormente y sobre todo en las aportaciones recibidas por las trabajadoras de Adif (adjuntamos copia en el reverso).
A falta de recoger las alegaciones de la representación del personal, que se hará en la reunión que mantendremos la próxima semana, la empresa sí que ha contestado de forma genérica a algunas cuestiones:
Recogerán nuestra petición de que puedan participar en esta movilidad l@s trabajador@s ingresad@s en la OEP anterior. Aún así, seguiremos insistiendo en que además se posibilite la participación a l@s que concursaron en la movilidad interna previa anterior, es decir que desaparezca la condición de transcurrir dos años para poder participar en los procesos de movilidad posteriores. No admitir esta petición sería un grave perjuicio a est@s trabajador@s en beneficio de l@s ingresados en la OEP 2016.
Hemos exigido conocer previamente en los ámbitos provinciales las residencias y categorías declaras excedentarias, para así poder ejercer nuestro derecho de oposición y de exigencia de justificación de dicha figura. No pensamos admitir ni vaciado de residencias, ni vaivenes de necesidad de personal al amparo de la movilidad.
Hay muchas cuestiones que arreglar en este borrador presentado por la empresa, el SFF-CGT no se dejará llevar por las prisas de la empresa para cerrar este tema. Lo queremos rápido pero sobre todo y fundamental, bien hecho.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado Anexo 1
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