Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF REUNIÓN MESA ORDENACIÓN PROFESIONAL | 14 2018-02-01 |
| COMUNICADO
 | Leido: 83 veces | Tal y como estaba previsto, hoy se ha producido la reunión número 16 de la Ordenación Profesional para tratar las alegaciones que la representación del personal ha efectuado a los documentos entregados por la empresa en la reunión anterior referentes al marco general de la Ordenación Profesional y al marco de funciones para el personal del Área de Circulación Ferroviaria.
El aluvión de alegaciones presentadas por la RP ponen de manifiesto el nivel de modificaciones y atribuciones que la empresa propone de forma genérica para todos los grupos profesionales, así como el de Circulación Ferroviaria. Estamos comprobando como la empresa, al amparo de lo que ya en su día marcó la reforma laboral en cuanto al desarrollo profesional, quiere llevar hasta sus consecuencias más nefastas la ordenación profesional.
Hemos presentado alegaciones en prácticamente todos los ámbitos:
• Realización de funciones de inferior categoría. ¡Todos hacemos de todo!
• Impartición de formación de forma general. ¡Todos somos formadores!
• Utilización de los términos incidencia y disponibilidad, que no los acotan ni concretan, para asignar más funciones.
• Unificación de señales y enclavamiento.
• Funciones de policía en la Infraestructura Ferroviaria.
• Etc
Hay muchos otros aspectos, además del reparto de funciones, que para el SFF-CGT deben estar presentes formando un todo, nos referimos a las reivindicaciones históricas de los colectivos, a saber, brigadas de incidencias, habilitaciones, Sic’s, RVT, guardias turnicidad, trabajo en festivos y fines de semana, etc, etc, etc. Dada la actitud demostrada por la empresa en lo ya hablado, mucho nos tememos que en estos temas será difícil el acuerdo.
Para el SFF-CGT y esto es un aviso, no vale todo en la Ordenación Profesional. No nos vale que la empresa quiera relajar la negociación a base de insinuaciones sobre la financiación específica que habría, no todo vale como si parece que les vale a otros componentes del CGE.
¡A VER QUÉ NOS HAN RECOGIDO EN LA PRÓXIMA REUNIÓN!
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

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