Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR ¡NADA QUE CELEBRAR! X ANIVERSARIO DEL AVE A BARCELONA | 22 2018-02-23 |
| COMUNICADO
| Leido: 28 veces | Este domingo 25, RENFE pondrá de nuevo a la venta 25.000 billetes a 25 € para conmemorar los 10 años de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona. Desde el 20 de febrero del 2008 hasta hoy, han sido muchas las personas que han utilizado este servicio de transporte- según RENFE, 65,69 millones- con un crecimiento más o menos estable a lo largo de este periodo. Todo un logro y un sinfín de alegrías para el gobierno y la RENFE, también, para las empresas constructoras.
Desde el sindicato ferroviario de CGT (SFF-CGT), a partir de una posición carente de autobombo y más cercana a la realidad social de este país, NO TENEMOS NADA QUE CELEBRAR.
Entendemos que Renfe tiene derecho a la autoalabanza por el teórico éxito del AVE, también, el ministro de turno para mantenerse en el poder, pero también, deberían tener la sensibilidad y humildad necesarias para reconocer los daños colaterales de ese resplandeciente ferrocarril. Recordar que son muchas más personas las que no disfrutan de las ventajas de ese medio de transporte y que, por contrapartida y por culpa de los intereses políticos, una buena parte del sistema ferroviario español ha quedado obsoleto, cuando no, eliminado.
La inversión por parte del Ministerio de Fomento en la red de alta velocidad, ha extinguido cientos de líneas férreas que tenían la obligada e importante función de vertebrar el territorio, permitían a la ciudadanía la movilidad necesaria para su normal desarrollo, con una frecuencia suficiente y un precio asequible y ajustado a su realidad económica. Territorios en los que no se han llevado a cabo las inversiones comprometidas de palabra y vía presupuestos generales del estado (PGE) y que han generado problemáticas de masivo conocimiento público: Salamanca, Red de vía estrecha (FEVE), cercanías de Madrid, cercanías de Barcelona, Extremadura, Granada, etc.
Actualmente, son más las personas que no disfrutan de las ventajas de tener un “ave en su vida”. “Disfrutando” de un servicio ferroviario en el que los trenes que utilizan para el transporte han quedado obsoletos, con averías constantes, con frecuencias mínimas que no cumplen sus necesidades por horarios extemporáneos y un largo etcétera en el que debemos incluir, las neopolíticas laborales con las que la actual Dirección de Grupo castiga a las/os ferroviarias/os, que vemos mermadas nuestras condiciones laborales, los derechos adquiridos y en un futuro no muy lejano, colectivo a extinguir y sustituir por la precariedad más absoluta.
Los 25.000 billetes-que serán más- a 25 €, representan un insulto a los/as españoles/as que religiosamente pagan sus impuestos, impuestos que generan derechos por el mero hecho de la obligación del gobierno en cuanto a la redistribución de la riqueza. Obligación, que el actual gobierno del PP desatiende totalmente, creando una inequidad perenne entre unos territorios y otros. Lo que aumenta más, si cabe, las diferencias entre la ciudadanía de este país.
También es un insulto derivado del oportunismo del ministro de turno, que los usuarios que puedan adquirir esos billetes, abonen solo el 19% de lo que realmente cuesta ese desplazamiento que son 130 €. Los 105 € restantes, serán sufragados por el resto de ciudadanos y ciudadanas que tal vez, no tengan ni estación en los pueblos y ciudades en las que vivan.
¡AFILIATÉ A CGT Y SÚMATE A LA SOLIDARIDAD!
Comunicado
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