Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
|
EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE-ADIF SITUACIÓN INSOSTENIBLE Los CGE tienen que abanderar la negociación y la movilización | 29 2018-03-07 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 50 veces | Llevamos años trabajando desde la responsabilidad y teniendo muy en cuenta los procesos de las empresas ADIF y RENFE para adecuarse a la nueva realidad impuesta por el mandato político. Llevamos meses aportando buena voluntad en la negociación, llevamos meses, intentando que el diálogo necesario para llegar a acuerdos que satisfagan ambas partes (empresa-trabajador) tenga sus frutos. Y el fruto obtenido es el desprecio, el alargamiento de las negociaciones, el aumento de la precariedad en las empresas, la imposición unilateral de condiciones laborales y el abuso de quienes dirigen estas empresas, la pérdida de derechos, además de la pérdida de poder adquisitivo. Desde CGT, decimos basta a las imposiciones y a tanto desprecio en el marco de las negociaciones.
El empleo en las empresas se encuentra bajo mínimos con una carga de externalización que ronda el 800%; empleos a los que se les ha dotado de una precariedad abusiva, encaminada al puro enriquecimiento del sector privado y no, como nos venden los gurús del neoliberalismo, a la mejora de los servicios. Riqueza para unos y miserias para otros.
La economía y/o resultados económicos de las dos empresas, ofrecen balances negativos a costa de los beneficios de las empresas privadas que presentan cuentas de resultados anuales más que positivos, generando dividendos para sus accionistas, que emanan del erario público directamente. A lo que tenemos que sumar, los millones de euros camuflados a través de presupuestos artificialmente engordados y que han generado una corrupción que avergüenza, por la falta de control de presupuestos y ejecuciones de las obras licitadas.
La externalización de los trabajos y obras, que con anterioridad eran llevados a cabo por RENFE o ADIF, están generando la desaparición de puestos de trabajo directo en las dos empresas, con la consecuente reducción de plantillas; llegando también, a la pérdida de calidad en los mismos por la reducción de los controles de calidad y el recorte en seguridad, que ya está repercutiendo en la actividad de forma visible y directa: continuas averías en las instalaciones, fallo en los equipos embarcados, salida de trenes de los depósitos con averías sin reparar, averías en los trenes que generan trasbordos de viajeros…
La liberalización del sector, anunciada y de implantación obligada, si no lo remediamos, a partir del 1 de enero del 2021, junto a las políticas del PP, conseguirán extender la precariedad a todas las trabajadoras y trabajadores en las dos empresas. Que nadie se llame a engaño, ya existen trabajadores que pierden derechos y emolumentos en las empresas, incluso, promocionando a un nivel superior.
Un panorama poco alentador y de constante “ataque” hacia los/as trabajadores/as, que no está encontrando la respuesta capaz de frenar el desmantelamiento de las dos empresas. Por lo que desde CGT, creemos firmemente que es la hora en la que los CGE tienen que tomar la sartén por el mango, y desde la unidad de acción, parar el sangrado permanente al que los directivos, políticos y legislación nos están sometiendo.
¡CGT POR LA UNIDAD DE ACCIÓN PARA FRENAR LA DEGRADACIÓN DE LAS EMPRESAS!
Comunicado Anexo 1
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |