Comunicados
RENFE | 87 23/10/2025
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PLAN DE EMPLEO Y NUEVA NORMA DE MOVILIDAD Hoy, 23 de octubre, hemos dado continuación a la negociación de la Mesa Técnica de Personal del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe, abordando el Protocolo LGTBI, el Plan de Empleo y la Nueva Normativa de Movilidad
PROTOCOLO LGTBI
La empresa ha presentado un borrador del protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI. Valoramos positivamente que la dirección muestre sensibilidad y compromiso con la concienciación en materia de diversidad y respeto dentro de la empresa. No obstante, tras un primer análisis, detectamos que el documento está lejos de cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1026/2024. Faltan medidas concretas que prevengan la discriminación y garanticen los derechos de las personas LGTBI, más allá de las buenas intenciones expresadas.
PLAN DE EMPLEO
La dirección ha presentado un documento en el que expone la necesidad de realizar cambios sustanciales en varios ámbitos: salidas de personal, nuevos ingresos y movilidad geográfica y funcional. En cuanto al Plan de Empleo vigente desde 2016, es evidente que ha cumplido los objetivos que buscaban la empresa y sindicatos de siempre: renovar la plantilla, facilitando la salida de personal con condiciones económicas aceptables, sustituyéndolos por nuevas incorporaciones en categorías de ingreso (estas últimas eliminadas tras el acuerdo alcanzado en la Comisión Negociadora de junio de 2024).
Desde el SFF-CGT consideramos fundamental mantener la vigilancia sobre el desarrollo de este nuevo proyecto. Es vital que el relevo generacional se realice con empleos dignos, estables y sin discriminación salarial. No podemos permitir que se destruyan puestos de trabajo ni que se repitan situaciones del pasado, cuando durante años no se incorporó personal nuevo. El SFF-CGT prioriza que estos principios básicos se cumplan plenamente.
NUEVA NORMATIVA DE MOVILIDAD
Otro aspecto relevante del borrador presentado por la dirección es la intención de modificar de forma sustancial la normativa de movilidades internas. Aunque aún no se han concretado los detalles, el objetivo declarado es hacer los procesos más ágiles y flexibles. Ante las supuestas intenciones de la empresa de agilizar y dar mayor continuidad a las movilidades, nos ha parecido perfecto para recordarles nuestra intención histórica de abolir el 14.6 y por ende las permanencias en general y nuestra disposición a debatir posibles cambios, siempre que se garanticen concursos continuos, con normas claras, transparentes, que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 22/10/2025 | 86 ALARGANDO LA NEGOCIACIÓN HASTA LA EXTENUACIÓN | ADIF 20/10/2025 | 85 ESTE AÑO MÁS DE UN@ NO SE COME LAS UVAS |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS DE MATRIMONIO, NACIMIENTO Y FALLECIMIENTO CUENTEN A PARTIR DEL PRIMER DÍA DE TRABAJO | 36 2018-03-21 |
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 | Leido: 84 veces | CGT pidió que se declarara que el cómputo de los permisos por matrimonio, nacimiento y fallecimiento, se iniciara el primer día laborable al hecho causante cuando éste sucediese en día no laborable.
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha logrado que el Tribunal Supremo (TS) nos dé la razón en su reclamación sobre la interpretación de la normativa que regula los permisos retribuidos a los que tenemos derecho según Convenio. Sentencia que de facto, genera jurisprudencia y que resulta de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, pues los razonamientos jurídicos de la misma interpretan el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que nos afecta a todas/os.
Hasta este momento se entendía que, por ejemplo, cuando el fallecimiento del familiar de una persona trabajadora se producía en viernes, ésta debía volver a su puesto de trabajo el lunes porque el permiso de dos días se consumía en el fin de semana.
La sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo del pasado 13 de febrero, da la razón a CGT y recuerda que las normas deben interpretarse con “cierta lógica”, es decir, los permisos se conceden para su disfrute en días laborables puesto que en días festivos no es necesario pedirlos porque no se trabaja.
Desde el SFF-CGT hemos enviado cartas a las direcciones de las empresas del Grupo RENFE y ADIF, notificándoles la sentencia para que, a partir de la misma, la apliquen de manera inmediata a las trabajadoras y trabajadores que pudieran verse afectadas/os. Incorporando a la Normativa Laboral que nos es de aplicación el dictamen del TS y adecuando los textos que pudieran verse afectados.
Enlace de la sentencia:
http://cgt.org.es/sites/default/files/Sentencia_TS_13_02_2018_dies_a_quo.pdf"
¡POR TUS DERECHOS, AFÍLIATE A CGT!
Comunicado

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