Comunicados
ADIF | 61 17/07/2025
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ADIF, UNA EMPRESA PUNTERA EN DESIGUALDAD A Adif se le llena la boca diciendo que cada vez ingresamos más mujeres. Que quiere atraer talento femenino. Pero que sigue siendo una empresa masculinizada porque las mujeres no ven atractivo trabajar aquí, sobre todo en algunos puestos. La culpa, por tanto, es de las mujeres. Como siempre, echando balones fuera.
LA EMPRESA EN LA QUE NO SE CONCILIA
La conciliación no es solo asunto de mujeres, aunque desgraciadamente la falta de corresponsabilidad en esta sociedad nos coloca injustamente en la posición de ser las que más la necesitamos.
Hemos asistido con incredulidad al desarrollo de la mesa de Asuntos Sociales del Convenio. A las propuestas que ha presentado el Comité General de Empresa (CGE) para mejorar la conciliación, la igualdad y la corresponsabilidad, la empresa nos ha contestado con una enmienda a casi la totalidad. Ayer, su aportación en materia de nuevos permisos y licencias fue un ofrecimiento a trasponer la ley, sin avanzar en nada más que lo que exige el imperativo legal. NI una sola mejora, como empresa pública, al mínimo legal.
Ni siquiera se atiene a aceptar permisos ya recogidos para personal que trabaja en la Administración General del Estado y sus organismos públicos (Adif es uno de ellos) como poder ausentarse para ir al médico por el tiempo necesario o adaptar tu horario de trabajo si tienes un hijo o hija con discapacidad. Ya ni hablemos de concreción de jornada o de mejorar ciertos permisos para atender asuntos familiares. Todo esto, según palabras textuales, “generaría notables dificultades operativas de producción”.
DESPRECIO AL PLAN DE IGUALDAD
¿Pero qué se puede esperar de una empresa que lleva 3 años con el Plan de Igualdad caducado y no es capaz de aprobar con la representación de las personas trabajadoras el III Plan de Igualdad? Ahí la ley ya no es imperativo legal, sino una molestia que le impide dar carpetazo definitivo al Plan y les obliga a seguir negociándolo.
Los datos muestran que hay una brecha salarial entre hombres y mujeres. Esta diferencia se da tanto en Personal Operativo, Mandos Intermedios como en Estructura de Apoyo. Pero la brecha es mayor dentro del Personal Operativo. Variables, horas extra y demás complementos arbitrarios penalizan claramente el salario de las mujeres respecto al de los hombres. Tampoco Adif se moja a la hora de favorecer el ingreso de mujeres. Las cifras hablan por sí solas. Dentro del personal operativo aprueba un 35,88% de mujeres, pero solo acepta la plaza el 21,9%. Mucho tiene que ver el sistema de residencias provisionales y la dispersión geográfica, que, de nuevo, por culpa de la falta de corresponsabilidad nos penaliza. Nosotras nos vemos obligadas a rechazar muchas más plazas que ellos. Curiosa manera de atraer talento femenino.
La buena noticia es que, a pesar de Adif, las mujeres poco a poco vamos avanzando en esta empresa. Pero debemos denunciar la actitud cicatera de la empresa en esta mesa de Asuntos Sociales, ignorando la realidad y las necesidades de toda la plantilla, pero especialmente de las mujeres.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 09/07/2025 | 60 ¿TE HA TOCADO TU PLAZA EN LA TÓMBOLA DE LA MOVILIDAD? | ADIF 03/07/2025 | 59 EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT DEMANDA QUE TODOS LOS CONTRATOS TEMPORALES SE CONVIERTAN EN FIJOS | 39 2018-03-26 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 57 veces | El I Convenio Colectivo de Adif/Adif-AV que firmó el SFF-CGT incluyó, entre otras cuestiones, la puesta en marcha de la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo que posibilitaran la promoción de la jubilación de trabajadores y por otro, el ingreso de personal. En este momento se están formando 410 trabajadores con la modalidad del Contrato Relevo, en el que se aplica la reducción del 50%, ocasionando que sus contratos sean temporales. Cuestión que nunca hemos compartido.
Desde el momento en el que se impulsó esta iniciativa, el SFF-CGT ha peleado por conseguir las mejores condiciones de contratación para el personal relevista al 50%. Nuestro planteamiento fue siempre, que cualquier ingreso fuera FIJO. Así lo hemos manifestado en cada una de las reuniones mantenidas con la dirección de la empresa, incluso lo hemos trasladado al propio Presidente de Adif en las ocasiones en las que se reunió con el CGE, reconociendo éste el problema de una falta de empleo estable y de calidad en Adif.
En el acta de fecha 2 de octubre de 2017, la Dirección y el CGE, se comprometieron a facilitar la consolidación del empleo a este número de personas relevistas a través de las OEP futuras, teniendo en cuenta el reconocimiento de méritos por experiencia y titulación, tal y como establece la normativa de ingresos de personal en la administración y empresas públicas.
Recientemente, la empresa nos ha comunicado que se ha aprobado por parte del Ministerio la OEP 2018, que sumada a las de la del 2017, supondrían un numero que aún no alcanzaría el de los relevistas que actualmente se están formando (410).
CGT se ha dirigido al Presidente de Adif, por carta que anexamos, para solicitarle que realice las gestiones oportunas, ante los ministerios competentes, para que autoricen el incremento de la tasa de reposición complementaria para alcanzar, como mínimo, las 410 plazas necesarias para consolidarles el empleo.
¡¡CGT POR LA DEFENSA DEL EMPLEO DE CALIDAD!!
Comunicado Anexo 1

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