Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE RESIDENCIAS TRANSISTORIAS CARTA A LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO | 50 2018-04-27 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 65 veces | Desde el SFF-CGT no nos cansamos de repetir que en RENFE se ha introducido la precariedad laboral por la puerta de atrás, mediante los acuerdos chapuceros con el consentimiento de las mayorías sindicales. Los trabajadores lo tienen claro, se ha propiciado la precariedad en la empresa, (conocida, negociada, consentida y firmada)
A pesar de la situación propiciada por una mayoría sindical, el SFF-CGT sigue apostando en el día a día por la mejora de las condiciones de todos los ferroviarios, SI TAMBIÉN POR LOS DE NUEVO INGRESO.
Por ello desde el SFF-CGT nos hemos dirigido a la Dirección de RRHH de la empresa y al Presidente del Comité General de Empresa. (Anexamos carta).
Es muy sencillo lo que hemos pedido, que se reúna la Comisión Paritaria del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE, para que interpreten y busquen soluciones al problema causado al personal con residencia transitoria en el proceso de movilidad geográfica abierto en Fabricación y Mantenimiento, por el que viene obligado a solicitar absolutamente todas las residencias ofertadas por la empresa, y que en aplicación del acuerdo 14.6 “MOVILIDAD” del I Convenio Colectivo del Grupo Renfe, “los participantes en los procesos de movilidad que hayan obtenido plaza en una de las residencias solicitadas o renuncien a la misma, no podrán participar en la siguiente convocatoria de movilidad”. La aplicación de dicho acuerdo, supondría una injusticia relevante y carente de toda lógica.
Mantener este acuerdo en el convenio podría suponer, además de castigar con una importante rebaja salarial y de condiciones al personal de nuevo ingreso, se mantendría una situación que agrava y profundiza más a este colectivo ya que cercena el derecho a poder participar en el siguiente proceso y optar a residencias de su interés abriendo aun más la brecha salarial y la desregulación de los derechos laborales en Renfe.
Como ya conocemos, el Plan de Empleo, incorporado al I Convenio Colectivo del Grupo Renfe, contempla una reducción durante dos años del 30 % en todos los conceptos salariales y demás variables a excepción de la compensación establecida por pertenencia a la Brigada de Socorro. Con independencia que CGT, como ya es conocido por todos, no comparte esta reducción económica en ningún momento, aún nos parece más ilógico que esa reducción se practique en todos los conceptos. Es totalmente injusto que se aplique algún tipo de reducción económica a ninguna de las diferentes variables de Fabricación y Mantenimiento S.A. (ATL´s, distribución irregular de jornada, Prima variable, etc).
Estamos preparando una plataforma reivindicativa con vistas a la negociación del próximo Convenio Colectivo, y lucharemos con todo nuestro empeño para acabar con la precariedad laboral en Renfe, los desequilibrios salariales y las injusticias en la promoción profesional.
CGT TRABAJA PARA TI, UNETE A NOSOTROS
¡JUNTOS SOMOS MÁS FUERTES!
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |