Comunicados
LOGIRAIL | 43 19/05/2025
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GANAMOS LA PROGRESIÓN DE NIVELES PROFESIONALES Hoy 19 de mayo, la Audiencia Nacional nos ha dado la razón: la progresión de nivel profesional pactada en el II Convenio Colectivo de Logirail debe cumplirse. Una vez más, el SFF-CGT defiende en los tribunales lo que la Dirección de la empresa se niega a reconocer: los derechos firmados son de obligado cumplimiento.
Durante meses, la Dirección de Logirail ha venido negando el reconocimiento del derecho a progresar profesionalmente a decenas de trabajadoras y trabajadores, a pesar de que estaba claramente establecido en el convenio. Esta negativa no solo vulneraba un acuerdo colectivo, sino que frenaba el desarrollo profesional y la dignificación de las condiciones laborales en la empresa. Hoy, la justicia obliga a Logirail a rectificar.
Desde el SFF-CGT celebramos esta sentencia como un nuevo paso en la defensa de una Logirail pública, digna y con garantías. Pero no nos conformamos: seguimos exigiendo el cumplimiento íntegro del III Convenio Colectivo, aún pendiente de aplicar en varios aspectos esenciales para la plantilla.
Además, continuamos exigiendo un refuerzo estructural de la empresa: la estabilización de las personas contratadas temporalmente mediante una nueva Oferta de Empleo Público que permita la consolidación de puestos indefinidos, y una dotación suficiente de personal para prestar un servicio público ferroviario de calidad.
Nuestro objetivo es claro: consolidar a Logirail como una empresa pública fuerte, con condiciones laborales justas, estabilidad en el empleo y respeto a los derechos pactados.
Porque cada derecho conquistado es fruto de la lucha. Porque lo firmado debe cumplirse. Porque la plantilla de Logirail merece dignidad, no excusas.
SFF-CGT, HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 09/05/2025 | 42 SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE | ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL DESPROPÓSITO DE LAS DESVINCULACIONES | 54 2018-05-14 |
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 | Leido: 35 veces | Una vez más tenemos que denunciar un nuevo atropello, en este caso en el proceso de las
desvinculaciones. Empezando por la configuración del listado en el que no figuran datos
suficientes para su correcta ordenación: edad, penosidad en caso de tenerla, antigüedad y
también la situación de apto o no apto.
Hemos visto que en cada reunión se producen cambios, según los intereses en cada momento de
la empresa o de sus acólitos:
En el acta del 22 de enero de este año acordaron que realizarían un primer listado con los
compañeros no aptos y los que pasarían directamente a la jubilación. A partir de ahí se ordenarían
a los trabajadores según la antigüedad en la empresa y la edad. Esto implicaba que todos los que
hubieran cumplido su edad de jubilación (también los que la alcanzan por aplicarles la penosidad)
quedarían fuera de las desvinculaciones.
En la reunión del 23 de enero de la comisión negociadora se acuerda que los trabajadores que
hubieran solicitado su adhesión al plan en 2017 que no obtuvieran plaza (sin haber renunciado) y
los que no se pudieron desvincular por la dilatación del plan aunque ya en 2018 cumplieran los
requisitos para estar jubilado, recibirían unas determinadas cantidades según su edad.
Se entiende que si has renunciado al plan anterior y has cumplido tu edad de jubilación no tienes
derecho a ninguna remuneración de este tipo.
A finales de marzo apareció el siguiente listado de ordenación de las desvinculaciones, del 6 de
febrero, en el cual 24 compañeros son excluidos del plan por haber alcanzado los requisitos para
jubilarse según los acuerdos anteriores.
El 3 de abril en un nuevo acta aparece un compañero con un caso un tanto extraño: renunció en
febrero del año anterior y presenta una reclamación fuera de plazo en la que corrige su solicitud
inicial según la cual no le correspondería indemnización. Aun así se le concede la indemnización
del Plan.
Llegados a este punto nos preguntamos cómo este trabajador aparece en el listado de febrero, si
estaría en la misma situación que los 24 compañeros expulsados del plan en esa misma lista. Por
qué a algunos se les permite corregir “errores de cálculo” y a otros no. Nos preguntamos si
dependiendo el sindicato al que estés afiliado te dan un trato u otro, o si se expulsan a ciertos
compañeros con el objetivo de que entren otros, que casualmente son todos del mismo colectivo.
No entendemos cómo se expulsan a unos compañeros que como máximo recibirían 6
mensualidades para ampliar la lista con otros trabajadores que recibirán como mínimo 12.
¿Alguien puede entender este desaguisado, este enredo? Nosotros no mucho, pero vamos a exigir
que a todos se les dé el mismo trato, tanto a unos como a otros. Defenderemos en todos los foros
que el trato sea igualitario para todos los trabajadores. También nos ofrecemos para apoyar a todo
aquél que haya sido discriminado y que quiera reclamar el mismo trato que se le ha dado a otros
compañeros.
¡DEFIENDE TUS DERECHOS CON CGT!
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14 de mayo de 2018
Renfe
Comunicado

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