Comunicados
ADIF | 102 05/12/2025
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EL ACUERDO JUAN PALOMO Y LOS EXPERIEMTNOS DEL ADIF EL “ACUERDO JUAN PALOMO” Y LOS EXPERIMENTOS DEL ADIF
Ayer Adif nos citó para firmar las nuevas tablas salariales que incluyen la actualización salarial firmada por los sindicatos mayoritarios y el Gobierno. Son puntos de vista, pero donde ell@s ven una subida salarial, el resto de las personas trabajadoras vemos que l@s de siempre han firmado una nueva pérdida de poder adquisitivo.
YO ME LO GUISO, YO ME LO COMO
El “acuerdo Juan Palomo” supone un nuevo capítulo en la larga lista de vulneraciones a la negociación colectiva. Patronal, Gobierno y sindicatos mayoritarios (ningun@ de ell@s son ferroviari@s y desconocen nuestra realidad) preparan sus recetas mientras el resto de fuerzas sindicales, que representamos a una parte muy significativa de la clase trabajadora, nos comemos el guiso sin posibilidad de negociar. Igual que ocurre con la ordenación profesional, ¿será Hacienda quien decida? Si es así, lo hará sin sentarse a la mesa. O en todo caso sentándose en reservados sin luz ni taquígrafos.
En definitiva, veremos en la nómina de diciembre una subida del 2,5% con carácter retroactivo desde enero (no saben si llegarán a tiempo para pagarla el día 19, pero han dado el día 22 como plazo máximo para abonarla) y el año que viene se subirá un 1,5% más, que se abonará desde la nómina de febrero, con efectos desde el 1 de enero. Solo desde enero de 2023, el IPC ha subido un 8,8%. Nos toman por idiotas.
OEP ADIF 2025 EXTRAORDINARIA: LA ERA DE LOS EXPERIMENTOS
Ayer también se nos informó de una oferta de OEP extraordinaria, con 200 plazas para personal de tropa y marinería (factores y factoras de entrada y controladores y controladoras) y para cubrir las 67 plazas que quedaron desiertas en la categoría de ayudante ferroviari@, en la rama de conservación y vigilancia de vía. Al preguntar sobre la convocatoria de plazas de discapacidad intelectual (con 103 plazas acumuladas desde 2022) se escuchó estridulación de grillos.
La empresa, en sus propias palabras, ha expresado que pondrá en marcha “un experimento”. Para intentar cubrir las plazas ha reducido el temario y se ha abierto el abanico de estudios requerido (bachillerato o cualquier FP). Vemos positiva la propuesta, siempre y cuando se amplíe la formación para evitar la desprofesionalización. Lo que nos parece una deriva peligrosa es hacer una convocatoria exclusivamente para Catalunya, secuestrando allí a las personas que accedan en esa convocatoria como mínimo 6 años (aquí sí pueden entrar en residencia definitiva), ya que no podrán participar durante ese tiempo ni en movilidad geográfica ni en reconversión fuera de Catalunya. A lo mejor, en vez de secuestrar a la gente, se podría incentivar cubrir estas plazas aprobando de una vez por todas una Ordenación Profesional que dignificara el salario de esta categoría.
En definitiva, corren malos tiempos para la clase trabajadora. Vendida por quienes tendrían que defenderla y amordazad@s y maniatad@s l@s que quieren luchar por ella. No nos extrañaría que, tras la firma de la infame Norma Marco de Movilidad y del “acuerdo de la vergüenza” de las 35 horas, se esté cocinando a fuego lento un convenio sin Ordenación Profesional en los despachos de Adif.
 COMUNICADO
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 RENFE 02/12/2025 | 101 ¿DE BUENA FE? | RENFE 28/11/2025 | 100 UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA A RENFE Y SEMAF POR VULNERACIÓN DE LA LIBERTAD SINDICAL | 62 2018-05-31 |
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 | Leido: 31 veces | Hace meses y cansados de actitudes que son contrarias a la buena fe negociadora y el completo desprecio hacia el CGE y por ende, la falta de respeto hacia los ferroviarios, CGT interpuso demanda contra RENFE y SEMAF por negarnos el derecho a la negociación colectiva.
La pasada semana, la Audiencia Nacional (AN) emitió la Sentencia 84/2018 de la Sala Social, estimando nuestra demanda, en relación a los Acuerdos y negociaciones unilaterales alcanzados entre la Dirección de RENFE y SEMAF en materia de negociaciones del Convenio, al considerar que los citados acuerdos tenían contenido negociador, por lo que la exclusión y discriminación operada contra CGT es una conducta contraria a Derecho y reprobable. Por esto, El FALLO de la Sentencia de la AN indica: “Declaramos, que se ha vulnerado el Derecho de Libertad Sindical en su manifestación de Derecho a la Negociación Colectiva de SFF-CGT. Ordenamos el cese inmediato y contumaz de la conducta antisindical de los demandados. Declaramos la obligación de convocar al Comité General de Empresa, y a SFF-CGT, para el tratamiento y negociación de todas las cuestiones relativas a la negociación y desarrollo de los “Planes de Empleo” de cada año respectivo. Condenamos a las empresas demandadas al abono solidario a SFF-CGT de la indemnización por daños y perjuicios morales en la cantidad de 6000 €. Condenamos a las empresas demandadas a la publicación de la sentencia en los tablones de anuncios de las empresas y en la intranet del Grupo RENFE y a estar y pasar por las anteriores declaraciones.”
El fundamento para estimar nuestra demanda es que esta conducta terca y pertinaz (como dice el propio Fallo de la Sentencia) llevada a cabo por la “pareja” Dirección-SEMAF vulnera el Derecho de CGT a participar en las cuestiones que desarrollen la negociación colectiva, es decir, el derecho a negociar colectivamente se ve mermado y usurpado con respecto de los sindicatos que tienen representación en el CGE.
Por ello condenan, y llevan condenado por esto a esa misma Dirección de RENFE y SEMAF en 2016, 2017 y ahora, en 2018, sancionando con cuantiosas cantidades que desgraciadamente, sufraga el erario público y se sigue sin exigir responsabilidades por estas irregularidades cometidas con osadía por quién las perpetra.
La Dirección de RENFE, es totalmente consciente que la exclusión de la negociación colectiva de CGT vulnera los Derechos Fundamentales y es considerada ilegal. Razón de más por lo que no deja de sorprender que esta actuación se repita una y otra vez por los mismos responsables Directivos de manera deliberada impunemente. Parece que el único objetivo de los CONDENADOS sea maltratar la imagen de CGT ante los trabajadores a los que representa.
DIGNIDAD, COHERENCIA Y LUCHA
¡AFÍLIATE!
Comunicado

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