Comunicados
ADIF | 78 22/10/2024
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NUEVA PLANTILLA, NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL NUEVA PLANTILLA, NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL
Una línea que en lugar de 10 tránsitos diarios soporta 70. Una estación que en vez de 1 000 viajer@s al día recibe 6 000. Una plantilla nueva que sin apenas experiencia tiene que zamparse la liberalización del sector.
Esa es la nueva realidad de nuestro día a día en el trabajo. Y esta nueva realidad requiere abordar por fin una reordenación profesional que regule nuestra relación laboral con Adif.
UN NUEVO MODELO UNILATERAL
Adif lleva años implantando unilateralmente nuevos modelos productivos aprovechando la renovación de la plantilla. Abusando de la buena fe y de la ilusión de las personas que acaban de incorporarse, poco a poco va cambiando nuestra forma de trabajar, deteriorando nuestras condiciones laborales.
Hemos ido viendo cómo en Infraestructura se imponían turnos por el cierre de bases o ámbitos, o se realizaban más horas extras por el aumento de los ámbitos de intervención.
En Circulación, mucho personal de reciente ingreso entra directamente a puestos de mando o a SIC, asumiendo una responsabilidad que no le corresponde.
En Estaciones de Viajer@s, l@s factores se han convertido en reguladores de enormes flujos de personas, que se agolpan en estaciones que no están dimensionadas. Y en Oficinas, no paramos de ver cómo personal operativo asume funciones de técnic@s, y en algunos casos, realizan el mismo trabajo, pero con diferentes emolumentos.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA REORDENACIÓN?
Para dotarnos de mecanismos de defensa ante los abusos de la empresa. Para que nuestras funciones estén bien reguladas y no nos impongan peores condiciones laborales. Y para compensar económicamente los incrementos de cargas de trabajo. Nuestro trabajo ahora vale más, pero cobramos lo mismo.
A lo mejor hemos interiorizado que cobrar alrededor de 1€ por la hora nocturna es algo adaptado a los tiempos. Que no percibir una compensación que palíe los daños que la turnicidad hace a la salud y la conciliación es normal. Que no poder elegir ni siquiera 15 días de nuestras vacaciones es avanzado respecto a la empresa privada.
Todo eso es la ordenación profesional. Por eso, no podemos permitir que se firme un nuevo convenio que no aborde por fin su negociación y actualización.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 17/10/2024 | 77 EL CGE DE RENFE SE REÚNE CON EL MINISTRO | ADIF 16/10/2024 | 76 EL III COVENIO ECHA A ANDAR |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF SENTENCIAS, RECLAMACIONES… ¿HUMO? | 66 2018-06-04 |
| COMUNICADO
| Leido: 57 veces | Desde CGT nos hemos llevado una sorpresa al recibir la noticia de la publicación, por parte de algunos sindicatos, de un comunicado en los que se insta a reclamar las retribuciones a percibir en periodo vacacional por el personal adscrito a la Brigada de Incidencia, tanto sobre este concepto como la media de las Horas Extras realizadas antes del periodo vacacional, como la “toma y deje”.
No entendemos que se lance este comunicado, máxime cuando se menciona una sentencia sin descripción y referencias concretas, teniendo los trabajadores y trabajadoras que tomar la existencia de la misma como un “acto de fe”.
Desde CGT creemos en la seriedad y la exposición clara de los datos, prefiriendo informar del proceso que se ha llevado hasta ahora, a fin de que los trabajadores y trabajadoras conozcan la situación actual, que saquen sus propias conclusiones y en base a ellas, decidan.
• A raíz de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 22/04/14, desde CGT iniciamos una campaña para reclamar los conceptos salariales retribuibles en periodo de vacaciones, que no se abonaban al no estar contemplados en nuestra Normativa Laboral.
• El sindicato UGT interpuso Demanda en la Audiencia Nacional contra Adif por Conflicto Colectivo con estos mismos argumentos, demanda que, tras recurrirla ambas partes, acabó sentenciando el Tribunal Supremo con fecha 21 de marzo de 2017.
• En dicha sentencia, se desestimó el abono en periodo de vacaciones para el personal de Adif Red Convencional, tanto de los conceptos de Brigada de Incidencia, como el de Toma y Deje.
• Debemos recordar que, cuando se promueve demanda por Conflicto Colectivo, tras paralizar las demandas individuales, la sentencia firme producirá efectos de cosa juzgada sobre los procesos individuales pendientes de resolución o que puedan plantearse que traten sobre idéntico objeto, o que tengan una relación directa con el mismo.
De lo anterior y de manera sencilla, se puede consultar fácilmente en la sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Social de Madrid nº1, con el número de resolución 227/2017. Igualmente podría haberse hecho de este modo en esos comunicados y no invitar a hablar con los delegados sindicales para promocionar unas demandas individuales con unas bases desconocidas. Pensando mal, podríamos llegar a pensar que lo que se busca es algo más que un aporte de información, pudiendo darse el caso de la existencia de un interés preelectoral mediante el inicio de reclamaciones, como si se tratase de un mero “regalito” de estos que nos tienen acostumbrado al llegar estas fechas. De ser así, estaríamos ante un flaco favor para la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras.
Desde CGT tenemos claro que el trabajo sindical es el que se hace a diario, visitando centros de trabajo y recogiendo las inquietudes de los y las compañeras. Impulsando acciones, denuncias, acuerdos; informando a los y las trabajadoras con documentación precisa. Lo que no creemos que sea labor de una organización sindical, es la de embarcar a personas en denuncias sobre temas sensibles, sabiendo que no tienen sentido porque ya se ha juzgado. Y por más bonito que se pueda vender el humo, no deja de ser humo hasta que se demuestre que existe fuego; y en este caso, parece que se ha decidido lanzar que hay fuego, pero no se muestran ni el calor ni las cenizas de la sentencia de la que se habla.
Con total sinceridad y desde CGT, invitamos a las organizaciones sindicales promotoras de esta acción, a que apoyen a los y las compañeras informando públicamente del procedimiento ganado del que habla, a fin de que podamos entre todos lograr una mejora para el colectivo. No es una cuestión de apuntarse medallas, es una cuestión de luchar por el bien de todos/as.
CGT, DIGNIDAD, TRANSPARENCIA, LUCHA
Comunicado
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