Comunicados
ADIF | 53 12/06/2025
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III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO
Aunque parezca que no hace nada, poco a poco la dirección de Adif enseña sus pretensiones para el nuevo convenio colectivo. No solo no se plantea mejorar los derechos de sus trabajadoras y trabajadores, sino que amenaza con reducirlos. Las reuniones del miércoles de la mesa de empleo y de la mesa de asuntos sociales lo dejan claro.
NO CREAR EMPLEO, SINO MANTENER A PERPETUIDAD EL DE LXS JEFXS
En la mesa de empleo, la dirección ha seguido erre que erre con su único objetivo, poder jubilarse tres años más tarde. El SFF-CGT hemos sido claras desde el principio, jubilación a los 65 años. Porque en la mesa de empleo, se tiene que hablar de crear empleo. Y ello incluye hablar de las plazas de OEP congeladas desde 2022 para personas con discapacidad intelectual.
También se tiene que abordar la modificación de los acuerdos de las 35 horas, movilidad y teletrabajo, a lo que la empresa sigue negándose. Según su opinión, no son acuerdos mejorables (luego, contra toda evidencia, debe de considerarlos perfectos).
LA REFERENCIA DE LA DIRECCIÓN: EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
El Comité General de Empresa presentó en febrero a la dirección una propuesta para mejorar nuestras licencias. En junio, la respuesta de Adif ha sido armonizar nuestro convenio, a la baja, con el Estatuto de los Trabajadores.
Todavía es peor su intención de eliminar nuestro derecho al reingreso en la empresa si la seguridad social nos declara en situación de incapacidad permanente total. La propuesta de modificación del artículo 115 de la normativa laboral es una estafa a la plantilla.
El derecho al reingreso es un logro histórico de las trabajadoras y trabajadores de Adif y ha salvado de la calle y del desempleo a cientos y cientos de compañerxs en todos estos años. No vamos a consentir que Adif se salga con la suya y rebaje nuestro derecho a lo marcado en el Estatuto. Quien por enfermedad o accidente pierda la capacidad para desempeñar su trabajo, tiene que seguir teniendo asegurado un empleo en Adif. No vamos a dejar tiradx a nadie.
LA LEY DEL EMBUDO
La dirección nos hace juegos de trileros e intenta embaucarnos para suavizar la conflictividad que ya aflora por todas las costuras. No entendemos cómo puede esperar un verano tranquilo si en las mesas solo nos ofrece retrocesos, dilaciones y excusas.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 12/06/2025 | 52 EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | RENFE 09/06/2025 | 51 HABLEMOS SOBRE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO MALAS NOTICIAS PARA LOS “RELEVISTAS” | 74 2018-06-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 69 veces | Hoy día 21 de junio se ha celebrado una nueva reunión entre la dirección de ADIF/CGE en la que la empresa informa que procederá a la publicación definitiva de las bases de la Convocatoria pública de ingreso en ADIF para la cobertura de 343 plazas en distintas categorías profesionales; hasta aquí, podemos decir que es una buena noticia porque supone el ingreso de personal con contratos fijos, posibilitando el relevo generacional –tan necesario- y dando continuidad al proceso de Jubilaciones Parciales con contrato de relevo recogido en la cláusula 16ª del Convenio Colectivo vigente.
CGT ha manifestado su disconformidad con las bases -así consta en el acta-, especialmente en la parte relacionada con los méritos de los actuales “relevistas”, pieza fundamental para la consolidación del empleo. Desconocemos la postura real de las organizaciones CC.OO y UGT que firman el acta reconociendo la misma disconformidad que CGT y paralelamente entregan a la Dirección los nombres de sus representantes para formar parte en el tribunal de este proceso, del cual CGT ha sido excluida. ¡Seguro que sabrán dar las explicaciones pertinentes a todo el personal afectado!
El pasado día 2 de octubre del 2017, fecha del acuerdo para la puesta en marcha de este mecanismo de jubilación anticipada, CGT reivindicó, haciendo que constara en el acta, que la formación y experiencia de los trabajadores relevistas con contratos temporales, fueran valoradas en la medida suficiente para la transformación de esos contratos temporales en fijos. Respetando toda la legalidad existente en materia de contratación de personal de las entidades públicas.
La realidad nos lleva a asegurar que las bases acordadas están lejos de facilitar la conversión de los contratos temporales de los actuales relevistas en fijos; lo cual supone que pudieran verse notablemente perjudicados después del esfuerzo económico y personal realizado; además de tener en cuenta el gasto público que la empresa ha empleado para su formación.
CGT entregó alegaciones a todos los borradores de este proceso con la intención, entre otras, que la empresa adecuase las bases del mismo en el apartado “Auto-Baremo de Méritos” a la realidad de estos/as trabajadores/as. Nuestras propuestas se han centrado en establecer un máximo de 10 puntos para los participantes que hubieran prestado servicio en otros administradores de infraestructuras ferroviarias, en mantener los 80 puntos de méritos (ahora serán 65), aumentar hasta los 10 puntos la superación de las pruebas selectivas de la OEP/2016 para el mismo puesto, asignar 5 puntos por estar en posesión de una habilitación, sumar 5 puntos por la superación del curso teórico necesario para obtener la habilitación correspondiente y añadir los méritos de la OEP/2017 para Técnicos.
Con estas premisas, la cobertura legal que necesitaban los relevistas hubiera sido la adecuada para la transformación de un empleo temporal en uno consolidado con todas las garantías y derechos, resarciendo así a los trabajadores y trabajadoras que están sufriendo los desmanes de una Dirección que nunca los ha tenido en cuenta.
PARA LA SEGURIDAD Y LA ESTABILIDAD, CGT.
¡PORQUE ES JUSTICIA!
Comunicado

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