Comunicados
SECTOR | 5 22/01/2026
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HUELGA EN EL SECTOR POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL Los recientes y graves accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz y en Barcelona no pueden ser despachados por las direcciones de las empresas ni por el Ministerio como meros sucesos fortuitos o errores aislados. Para el SFF-CGT, estos hechos son el síntoma más doloroso de una enfermedad crónica que padece el ferrocarril: la degradación sistemática del mantenimiento de la infraestructura y del material rodante, consecuencia directa de años de externalización masiva, precarización y troceo planificado de lo público.
Lo que está ocurriendo no es casualidad. Es el resultado de un modelo que ha debilitado la capacidad de prevención y de respuesta ante incidencias. Un modelo que ha convertido la seguridad en un coste a recortar y el ferrocarril en un negocio a repartir.
Estos días hemos visto cómo dos maquinistas y un tripulante perdían la vida, pero no eran las únicas personas trabajando en esos trenes, ni son las únicas que han fallecido en el sector. El año pasado, sin ir más lejos, fallecieron cinco personas trabajando en el mantenimiento de infraestructura. Por eso lo decimos con claridad: esto no se revierte desde un colectivo aislado. Se revierte con la fuerza del sector ferroviario en su conjunto.
Porque cuando se permite el aumento de circulaciones sin reforzar el mantenimiento preventivo, se incide en la seguridad. Cuando se consiente la fragmentación de las empresas ferroviarias, se incide en la seguridad. Cuando se externaliza masivamente el mantenimiento, se incide en la seguridad. Cuando se reducen plantillas hasta el límite y se normaliza que un tren con casi 600 personas circule con dotaciones mínimas, se incide en la seguridad. Cuando se ha destinado gran parte del presupuesto de ADIF a la construcción de la Alta Velocidad mientras se abandona la red convencional y su mantenimiento, se incide en la seguridad.
La seguridad ferroviaria no se rompe de golpe: se rompe recorte a recorte, privatización a privatización, subcontrata a subcontrata, silencio a silencio. Y quienes hoy se ponen de espaldas a las reivindicaciones, deberían explicar qué papel han jugado, durante años, en permitir que se materializaran muchas de estas situaciones: acuerdos, renuncias, paz social y firma fácil mientras se desmantelaban medios y derechos.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: es el momento de que el sector ferroviario se una y exija un cambio inmediato del modelo ferroviario. No vamos a permitir que se siga jugando con la vida de la ciudadanía y de las plantillas. No vamos a aceptar que se normalice el colapso operativo. No vamos a quedarnos callados mientras se degrada el servicio y se precariza el trabajo que lo sostiene.
Por ello, el SFF-CGT convocará huelgas los días 9, 10 y 11 de febrero en todo el sector ferroviario e impulsará las movilizaciones necesarias para seguir exigiendo un nuevo modelo ferroviario en el que la seguridad vuelva a estar por encima de la rentabilidad, con inversión real en mantenimiento, plantillas suficientes, protocolos homogéneos y el fin de la externalización como dogma. Porque así se lo hicimos saber al Ministerio de Transportes el 26 de septiembre, sin obtener respuesta, pese a la gravedad del diagnóstico.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 15/01/2026 | 4 CGOS Y TALLERES: HABLAR, PERO NO CONCRETAR | RENFE 13/01/2026 | 3 ABONO ÚNICO, PERO ¿A QUÉ PRECIO? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF RETRIBUCIONES EN PERIODO DE VACACIONES | 78 2018-07-05 |
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 | Leido: 70 veces | Tal y como recientemente informamos en el comunicado nº 66, se estaban iniciando una serie de reclamaciones de haberes en periodos vacacionales, promocionado por el SF que afirmaba tener sentencia favorable en algunos conceptos salariales, como la brigada de incidencias, la toma y deje o las horas extraordinarias.
En el citado comunicado, desde CGT invitábamos a que se diera una mayor información por parte del ese sindicato, algo lógico a nuestro entender si lo que realmente se pretende es tener informado al conjunto trabajadores y trabajadoras. Pero lamentablemente la única propuesta del SF se encuentra más cercana a una campaña de afiliación que a una de información, al ocultar públicamente los datos necesarios para las posibles reclamaciones, “invitando” a que se contacte con sus delegados para que éstos aporten esa información; campaña a la que con posterioridad se le han sumado varios sindicatos, incitando a los trabajadores a pasar por sus Secciones Sindicales y así poder formalizar las reclamaciones de haberes pertinentes.
Otro sindicato, esta vez CCOO, informa de la pretensión de interponer demanda por Conflicto Colectivo para reclamar las retribuciones que cree se deben abonar en el periodo vacacional, donde inicia el procedimiento el 5 de junio, y a la vez, invita a los trabajadores a formalizar reclamación de haberes, afirmando que es para “dar soporte jurídico al Conflicto Colectivo”, por lo que también invitan a los trabajadores a pasar por sus Secciones Sindicales.
Seguimos sin conocer la posible sentencia favorable que dice tener el SF, pero sí conocemos la sentencia que alude CCOO para iniciar este procedimiento, al considerar la existencia de una nueva doctrina por parte del Tribunal Superior de Justicia en la que se basarían las reclamaciones, siendo esta la nº 223/2018 del 28 de febrero del 2018, dictada por la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, promovida por el Comité de Empresa de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales CCMA SA. La demanda que propició esta sentencia, fue iniciada por la representante de CGT en la Corporación, que reclamó desde el 31 de julio del 2015, con un año de retroactividad y en la que se recoge:
“a).- Se declara probado que en 31/07/15, el Delegado LOLS de la CGT «en nombre e interés propio y en el de todos los trabajadores representados por el órgano de representación sindical antes mencionado» reclamó la retribución en vacaciones de los cinco complementos cuyo cómputo que han sido reconocidos en sentencia [nocturnidad; disponibilidad; flexibilidad; especial matinal; fraccionamiento de franjas], para concluir reclamando «el reconocimiento de todos los trabajadores de CCMA, SA su percibir su retribución salarial en el periodo vacacional con inclusión de los complementos variables mencionados […]”
Cuya sentencia, estima que:
- “[…] Confirmar la procedencia de incluir como conceptos computables en el cálculo de la retribución de vacaciones los complementos de nocturnidad, disponibilidad en días de guardia, flexibilidad, especial matinal y fraccionamiento de franjas.”
- “Declarar el derecho de los trabajadores que hubiesen percibido tales complementos seis o más meses de entre los once precedentes -en la misma proporción si la prestación de servicios fuese inferior-, a que en la retribución de vacaciones se le abone el promedio satisfecho por tales conceptos.”
El pasado 21 de junio, se celebró el Acto de Conciliación, en el que (como suele ser habitual), el resto de sindicatos convocados se adhirieron a la pretensión de la parte promotora, que reclama en este inicio de Conflicto Colectivo, para el periodo de vacaciones, la media de las percepciones salariales de diferentes claves, en un principio 12 de ellas y tras un añadido a la papeleta de conciliación, otras 4 más. Resultando que de las 16 claves, 3 ya se cobran en el periodo de vacaciones por estar incluidas en Convenio Colectivo, y otras 6 se ganaron en el Conflicto Colectivo que se terminó de dirimir en 2017, por lo que objetivamente, en el Conflicto Colectivo solo se reclamará por 7 claves, entre las que no se encuentran, ni en este procedimiento auspiciado por CCOO, ni en el pasado del año 2017 por UGT, conceptos como el Plus de IIFF, Plus de Peligrosidad, Horas extras por fuerza mayor, o algunos inherentes a los MM.II como el Toma y deje o Complementos por Jornada Partida, Atención a Incidencias o Compensación de refrigerio o Brigada de Socorro.
Desde CGT, tanto por acabar con este mercadeo de reclamaciones individuales sin sentido, como para paralizar plazos ante posibles demandas, el pasado 26 de junio de 2018 y con un año de retroactividad, presentó reclamación colectiva ante la Dirección General de Gestión de Personas por los conceptos variables que creemos poder reclamar en el caso de que se estimen las demandas por Conflictos Colectivos en marcha, como posibles actuaciones futuras; y lo hacemos desde la legitimación necesaria para representar a la totalidad de la plantilla de Adif, y por un amplio abanico de conceptos salariales que afectan a los colectivos de Infraestructura, Circulación, SSLL y MM.II.
Por lo que informamos a todos y todas las trabajadoras de Adif, que no es necesario presentar reclamaciones de Haberes Individuales, pues ya están reclamados los conceptos salariales reclamables en periodo de vacaciones que se consideren retribuciones ordinarias, contando a partir del 26 de junio de 2017 en adelante.
A esta reclamación le daremos el uso más favorable posible para el colectivo representado, continuando con todas las informaciones de este proceso con transparencia y equidad, por la defensa de nuestros derechos y sin necesidad de las visitas en “petit comité”.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

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