Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE JUBILACIóN PARCIAL Expertos en marear perdices | 125 2018-10-22 |
| COMUNICADO
 | Leido: 49 veces | Acabada la enésima reunión para consensuar los términos de la Jubilación Parcial en el Grupo Renfe, la situación no ha variado lo más mínimo; siendo lo más reseñable por lo anecdótico, que la empresa ha puesto una fecha para la próxima reunión y antes que la reunión de hoy acabara, la ha retrasado, quedando convocada la próxima para el 12 de noviembre.
La realidad que nos importa, tanto a trabajador@s como a CGT, es que más de 400 de nosotros/as estamos esperando a que el CGE llegue a un acuerdo definitivo con la empresa para poder adherirse a la JP y finiquitar una relación laboral que empeora día a día. Situación laboral que tiene nombre y apellidos pero que, por respeto y por ahora, no nombramos.
CGT sigue manteniendo-hasta ahora, el resto de sindicatos también-, que esta JP no puede integrarse dentro del Plan de Empleo por diversas razones: problemas a la hora de solicitar al Ministerio tasas de reposición, incompatibilidad de principios en su creación, el pésimo maridaje con la vinculación a la totalidad del triunvirato Convenio-Plan de Empleo-Jubilación Parcial, etc.
Desde CGT entendemos perfectamente la “desesperación” de los compañeros y compañeras que esperan como “agua de mayo”, la posibilidad que la Ley les brinda para jubilarse con los derechos y garantías suficientes, independientemente de si tienen o no coeficiente reductor de penosidad. Un periodo de espera demasiado extenso para intentar acogerse a la posibilidad legal de acceder a una jubilación que les permita más calidad de vida y disfrutar más de su familia y tiempo libre. Un derecho que, desde nuestro punto de vista, se está demorando en demasía.
Sabemos que estamos inmersos en un periodo de cambios, de ceses, de nombramientos, de sillas y personas que se mueven de un día para otro. Sin embargo, poco o nada nos importa, pues lo único que cambian son los puestos; las problemáticas, las personas, los representantes sindicales y las leyes siguen siendo las/os mismas/os.
Al último borrador entregado por la empresa le faltan algunos pequeños retoques que perfectamente pueden ser asumidos por la empresa, pues supondrían una mínima cantidad monetaria, que de asumirlos, nos conduciría a la firma e implantación de la JP antes de finalizado el año.
CGT, DIGNIDAD, TRABAJO Y LUCHA
Comunicado

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