Comunicados
RENFE | 86 31/10/2024
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ADHESIÓN AL PROCESO DE MOVILIDAD DE MANDOS INTERMEDIOS DE CONDUCCIÓN En el día de ayer tuvo lugar la Comisión Delegada del Comité General del Grupo Renfe para analizar las alegaciones presentadas al borrador de la Convocatoria de Movilidad de Mando Intermedio de Conducción - Jefe de Maquinistas nivel “A”, así como para la Escuela Técnica Profesional de Conducción y Operaciones.
Entre nuestras premisas, se incluían la modificación del requisito que impedía participar en los procesos de movilidad al personal con un No Apto provisional, por considerarlo injusto y desproporcionado para las personas trabajadoras, así como incrementar el número de peticiones que pudiesen solicitar las mismas.
De igual manera, como venimos solicitando desde el SFF-CGT en cada reunión para sacar adelante una convocatoria de movilidad, es imprescindible que se proporcione el número de plazas objeto de cobertura, por una cuestión básica de transparencia y porque, si hay que hacer comentarios o valoraciones sobre alguna residencia, el momento de hacerlo es en estas citas.
No nos gustó que Renfe quisiera incluir un párrafo informativo al final de la convocatoria donde se indica que se abrirá un proceso voluntario de inscripción para solicitar la realización de funciones de Maquinista Instructor allá donde sea necesario. Si para garantizar los procesos formativos es necesario un mayor número de formadoras y formadores, las plazas adecuadas para ello son las aprobadas en las presentes convocatorias, que podían haber sido ampliadas. Buscar personas voluntarias bajo la figura del Maquinista Instructor supone socavar la figura del Mando Intermedio de Conducción y reemplazarlo con personal “low cost”. Además, ya sabemos que los procesos que escapan a un desarrollo regido por la Norma Marco de Movilidad son mucho más opacos que los ajustados a estas “reglas del juego”.
Pese a ello, y a tenor de lo conseguido, consideramos positiva la adhesión a estas convocatorias de movilidad y de esta manera formar parte de la Comisión de Seguimiento de dicho proceso, con el fin de seguir aportando información a la plantilla y hacer llegar sus necesidades a la Empresa.
COMUNICADO
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ADIF 31/10/2024 | 85 EL CONVENIO DE LA SUBIDA SALARIAL | IRYO 29/10/2024 | 84 LA PACIENCIA TIENE UN LIMITE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF INICIO NEGOCIACIÓN II CONVENIO COLECTIVO 2ª REUNIÓN APLICACIÓN 37’5 HORAS | 143 2018-11-15 |
| COMUNICADO
| Leido: 52 veces | Se inicia la negociación del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV con la constitución provisional de la comisión negociadora y que una vez oídas ambas partes, nos ratificamos en mantener el formato llevado a cabo en la negociación del convenio colectivo anterior. Es por ello que hablamos de un convenio multi-empresarial, haciendo especial énfasis en que la negociación debe ser transparente, ágil, de buena fe y que dé respuesta a las reivindicaciones que demandan las y los trabajadores.
Con esta negociación, se abre la posibilidad de mejoras cuantitativas de las actuales condiciones laborales que desde la parte sindical no podemos dejar pasar, confiamos plenamente en que el resto de formaciones sindicales escuchen las necesidades de l@s trabajador@s y con la unidad de acción podamos alcanzar los objetivos que nos hemos marcado.
Por otro lado, se ha vuelto a reunir el CGE con la empresa para dar continuidad a la negociación para la aplicación de la jornada de 37’5 h, esperando por nuestra parte, conocer la postura que mantiene la empresa en cuanto a la aplicación de la reducción de la jornada.
Del resultado de dicha reunión hemos obtenido la siguiente conclusión: que si bien es cierto que todos los sindicatos sostenemos que la reducción de jornada se debe traducir en días completos a detraer de la jornada anual, todavía no hemos escuchado la cuantificación que hacen algunos sindicatos de cómo y cuándo debe materializarse esta reducción en la jornada de los y las trabajadoras de ADIF.
En CGT lo tenemos claro, la aplicación de la ley nos otorga la opción negociada de 14 días para todos los trabajadores de la empresa, no admitiendo acuerdos con rebaja, bajo ningún concepto.
La actitud de la empresa en el día de hoy, ha rayado la provocación, dado que argumentan que la aplicación de la Ley debe ser inmediata y sin embargo, en lugar de mostrar su propuesta, se limitan a la realización de un sondeo de los distintos miembros del CGE para que expongamos nuestros criterios. Esta actitud y para CGT, supone un ejercicio de dilación que remarca una vez más, la falta de la buena fe negociadora.
La postura de CGT es de sobra conocida por tod@s, se refleja en nuestros comunicados y en los motivos que no han hecho movilizarnos en el colectivo de Circulación. Motivación que de extenderse al resto de colectivos nos conducirá a la ampliación de la movilización al resto de trabajador@s, hart@s ya, de tanto “paseíllo”.
Es vergonzoso que se sucedan las reuniones para alcanzar un acuerdo sobre este tema y la empresa siga dándole vueltas a la aplicación de una Ley que no deja ninguna duda. Solo queda adaptar los métodos organizativos en cuanto a horarios o gráficos en cada colectivo para la aplicación de esta Ley. No tenemos duda que la implementación de la misma suponen 14 días para cada una de las y los trabajadores de la empresa, y quienes opinen lo contario, que lo argumenten con la suficiente justificación para que los y las trabajadoras puedan entenderlo.
ELIGE CGT, GANAMOS TOD@S
Comunicado
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