Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE SEGUIREMOS EJERCIENDO NUESTROS DERECHOS Y DEFENDIENDO LOS INTERESES DE LOS FERROVIARIOS/AS AUNQUE EL PRESIDENTE DEL CGE (SEMAF) INCUMPLA SU REPONSABILIDAD | 157 2018-12-04 |
| COMUNICADO
 | Leido: 28 veces | Pues sí, haremos más comunicados, todos los que hagan falta y todas aquellas acciones que sean necesarias, para que el Presidente del CGE de Semaf madure, que ya por la edad toca, y haga efectiva de una vez la responsabilidad que asumió voluntariamente, cumpliendo con lo establecido en el Reglamento del propio CGE: “El Comité General de Empresa se reunirá en sesión ordinaria bimestral (última semana del segundo mes)…”. Así mismo, también es el Estatuto de los Trabajadores en su Art. 66.2, el que de la misma forma establece esta legalidad.
El Comité General de Empresa, es el único Órgano unitario que representa a todos los trabajadores y trabajadoras de RENFE, estén afiliados o no. En su formación y debido a la connivencia fundamentalmente de CC.OO. (que fue el sindicato más votado entre todos los colectivos), este CGE está copado tanto en la Secretaría como en su Presidencia por SEMAF (Sindicato que sólo representa al Personal de Conducción). Desde el mes de Junio de 2017 el presidente del CGE se ha negado a convocar las reuniones ordinarias a las que está obligado por el Reglamento del propio C.G.E. acordado entre todos los componentes del mismo y cuyo cumplimiento es responsabilidad de su Presidente y Secretario.
¿Alguien imagina el actual Congreso de los Diputados en el que su presidenta se negara a convocar reuniones plenarias ordinarias, porque no le da la gana y la agenda no se lo permite? Imaginad el escándalo mediático que se generaría, ya que los Partidos Políticos no podrían presentar ni debatir propuestas sobre la ciudadanía. O aún más cercano, ¿alguien imagina una organización sindical donde su Secretario General se negara a convocar los congresos ordinarios a los que está obligado por sus propios estatutos? Pues eso es exactamente, lo que ocurre en el Comité General de empresa presidido por Semaf.
Desde CGT, durante este más de año y medio sin convocarse reuniones ordinarias del CGE, le hemos entregado por escrito multitud de peticiones para tratar los problemas de forma unitaria que afectan al personal de Talleres, de Intervención, Comercial, Conducción, Administración y Gestión, y entre otros, poder tratar los temas que realmente preocupan a los/as trabajadores/as, como las “falsas becas”, la ralentización intencionada en aplicar las jubilaciones parciales, la aplicación de las 37,5 horas a la que tenemos derecho y que a día de hoy, ya son muchos los días de trabajo que se nos deben a todos/as… Pero no, a esta persona que ostenta el cargo de Presidente del CGE, no le importan los problemas de los/as ferroviarios/as ni su debate en el seno del CGE y por extensión, tampoco los de conducción.
Tal es la catadura moral de la persona que preside el CGE, que en una reunión del mismo, ante la pretensión de CGT para tratar el derecho que nos asiste a los ferroviarios en disfrutar los 4 días de enfermedad sin baja, expresó literalmente lo siguiente, tal y como consta en acta: “Adif, hace seis años, consideró oportuno regular esta situación. Plantear ahora este tema conlleva pros y contras.”
Lamentable y penoso, que para el Presidente del CGE la aplicación de un derecho conlleve pros y contras. Esta posición y otras, denotan la medida exacta de quién debería representar a todos los ferroviarios y ferroviarias, como para ahora iniciar las explicaciones sobre lo que significa “gandulear, tergiversar, bla, bla, bla.”
Efectivamente, desde CGT interpusimos una demanda por vulneración de la Tutela de Libertad Sindical contra el incumplimiento de la legalidad en las funciones representativas que efectúan reiteradamente el presidente y secretario del CGE. En la Sentencia que menciona el comunicado del Semaf, la desestimación de la misma es por “Inadecuación de Procedimiento” y textualmente indica: “Se desestima la demanda por cuanto que la no convocatoria de las reuniones ordinarias del CGE con carácter bimestral tal y como prevé el reglamento del CGE no supone lesión del derecho de libertad sindical.”, pero lo que obvia malintencionadamente el Semaf en su comunicado (tergiversar), es que la propia Sentencia de la Audiencia Nacional 184/18, da como HECHOS PROBADOS todos y cada uno de los relatados en la demanda de CGT.
Por lo tanto, desde CGT seguiremos insistiendo por otras vías legales hasta que se cumpla con la legalidad vigente (E.T. y Reglamento) en beneficio de todos los ferroviarios y ferroviarias. Desde luego, nosotros no nos vamos a quedar tampoco “cruzados de brazos”, seguiremos ejerciendo nuestros derechos, aunque le pese a quienes no son capaces de asumir sus responsabilidades.
Nunca, insistimos, nunca ha existido un Presidente CGE que mantuviera de forma totalmente inoperante el CGE y que evitara el debate entre los 13 miembros que junto con sus suplentes tienen las organizaciones sindicales que lo componemos y expresamente liberados de forma total. Otro día hablaremos de lo que llama Semaf en su comunicado “implicarse en la defensa de otros colectivos”, pero mientras, que se lo pregunten al colectivo de Intervención cuando firmaron con sus acólitos el agente único de conducción que conllevó bajar al colectivo de Intervención del tren a cambio de dinerito, dinerito.
Los/as ferroviarios/as que llevamos muchos años en la empresa, conocemos sobradamente a que se refieren cuando Semaf dice, “que el colectivo de conducción progresa gracias a su acción sindical”, acciones que se evidencian en el calvario que tiene que sufrir ahora el personal de conducción con las “falsas becas” y acompañadas con salarios de precariedad, desarrollando el mismo trabajo que el resto, del infierno que tienen montado con la movilidad y la formación, con la depauperación de las condiciones de trabajo que soportan cada vez más el personal de conducción, con la negativa de Semaf a abordar las 37,50 h, que debería significar unos 14 días menos de trabajo al año a todos los ferroviarios y ferroviarias, ¿seguimos?.
Desde CGT vamos a seguir realizando las acciones legales que consideremos necesarias para hacer trabajar al Presidente del Comité General de Empresa, y obligarle a que cumpla con lo regulado en el Reglamento que el mismo aceptó, junto con el resto de miembros y organizaciones sindicales, y que está obligado a cumplir.
Y para terminar, CGT no levanta su voz ahora que vienen las elecciones sindicales, llevamos cuatro años levantándola y mientras exista una injusticia o un derecho que defender o reivindicar, la seguiremos levantando. El silencio y la sumisión no están presentes en nuestro ADN.
ELIGE CGT, GANAMOS TOD@S
Comunicado

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