Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT PREGUNTA A RENFE POR LA POSIBLE PRESENCIA DE BISFENOL A EN LOS TÍTULOS DE TRANSPORTE CGT reclama una evaluación del material utilizado y la adopción de las medidas preventivas que fuesen necesarias. | 9 2019-02-05 |
| COMUNICADO
 | Leido: 30 veces | Últimamente vienen apareciendo cada vez más en los medios de comunicación la presencia de BISFENOL A en los tickets de caja, informaciones referidas sobre todo a los tickets de facturas de los supermercados y tiendas. Estudios científicos que nos hablan sobre la peligrosidad de acumulación en el organismo y su lentísima eliminación, lo que conllevaría un cierto grado de toxicidad muy perjudicial para el cuerpo.
La presencia de esta sustancia se localiza en los tickets cuya impresión va perdiendo intensidad por el tiempo, tanto por la propia composición del papel utilizado, como por el tipo de impresión. El papel térmico utilizado principalmente en las taquillas de venta y su manejo continuado diario es un factor de riesgo que entendemos necesita su evaluación y la adopción de las medidas preventivas necesarias en su caso.
CGT solicitó en el Comité de Seguridad y Salud de la DG de Viajeros de RENFE del pasado 28 de septiembre, la evaluación sobre la exposición al Bisfenol A del personal de RENFE VIAJEROS que esté en contacto con dicha sustancia, que se enumeraran los elementos utilizados por l@s trabajador@s que la contienen, buscando alternativas sin riesgos para la salud y que se adoptasen las medidas preventivas necesarias para asegurar la no exposición por encima de los límites tolerables.
En la reunión efectuada el pasado 28 de noviembre, la empresa echó balones fuera, sosteniéndose en el Reglamento de la UE 2016/2235, que reconoce riesgo para l@s trabajador@s expuest@s, pero que establece una moratoria hasta el 2 de enero de 2020 para comercializar papel térmico con un valor máximo de Bisfenol A igual o superior al 0,02% en peso. Por lo tanto no se va a realizar analítica alguna sobre la composición ni estudio sobre el tiempo de exposición diario de l@s trabajador@s que están en contacto con la sustancia química.
Sabemos, que la presencia de bisfenol A en ciertas dosis de acumulación pueden provocar efectos nocivos en la salud, sistema inmunitario, sistema reproductor, hígado, riñones etc.
No pretendemos ser alarmistas, pero pensamos que es un asunto importante que afecta a nuestra salud y sobre el que la empresa quiere pasar de puntillas y que por supuesto no vamos a permitir. La obligación de velar por la seguridad y salud es un derecho de los trabajador@s y CGT adoptará las medidas necesarias para hacerlo cumplir.
TRABAJAR CON SEGURIDAD ES UN DERECHO BÁSICO DE SALUD.
ELIGE CGT
Comunicado

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