Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF INCREMENTO SALARIAL EN FEBRERO, CONVENIO SINE DIE | 10 2019-02-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 29 veces | Ayer se reunió la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de ADIF/ADIF AV, en la que la dirección de la Empresa nos informó sobre la tramitación del Preacuerdo de Convenio firmado el 27 de diciembre del 2018. Según nos han informado, el 17 de enero se envió el preacuerdo al Ministerio de Fomento junto a un informe explicativo. Una vez aprobado por Fomento, el Preacuerdo debe contar con el visto bueno del Ministerio de Hacienda y de la Mesa la Función Pública; para lo que la Empresa no tiene una fecha determina. Trámites que nos conducen a la espera para tener Convenio.
Una vez informados de la situación en la que se encuentra la tramitación del Convenio, nos indican que ha sido autorizado, por parte de los órganos competentes, el abono del 0,20 % del incremento salarial pendiente del 2018. Este incremento se abonará en la nómina del mes de febrero y será incorporado a las tablas salariales, tal y como se acordó en la Comisión Negociadora del 20 de diciembre del 2018, en la clave 401 para el Personal Operativo y en la clave 066 para los MMII/CT y Estructura de Apoyo.
Igualmente, en concepto de adelanto en la nómina de febrero se percibirá el incremento salarial del 2,25% correspondientes al 2019 tal y como viene en la Cláusula 4ª “Tratamiento económico”, incluyendo los atrasos correspondientes al mes de enero; en el caso del Personal Operativo se aplicará en las tablas salariales y en MMII/CT y Estructura de Apoyo en el fijo.
Desde CGT hemos manifestado nuestra preocupación sobre el retraso en la aprobación del Preacuerdo por parte de la Administración competente que suponga que temas acordados como jornada y horarios, conciliación, movilidad, etc., y que son de vital importancia para todos los trabajadores acumulen más demora, llegándose a incumplir los plazos acordados. Por lo que hemos reclamado a la empresa que se inicien las negociaciones de todos los temas que no necesiten de la autorización del Convenio.
CGT POR LA MEJORA CONSTANTE DE NUESTROS DERECHOS
¡ELIGE CGT!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |