Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MÁS CONSECUENCIAS DE LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA | 61 2019-07-02 |
| COMUNICADO
 | Leido: 62 veces | Según vamos dando pasos y profundizando en la aplicación del derecho a tener una jornada de 37’5 horas, en la que como organización nos hemos implicado completamente desde el momento en el que tuvimos conocimiento de su publicación en la Ley de Presupuestos de 2018 (huelgas, Etc.), van surgiendo cuestiones adyacentes a la aplicación, a las que queremos dar un tratamiento igual de importante y sobre todo urgente.
Con fecha 13 de junio de 2019, la comisión negociadora del II Convenio Colectivo llegó al acuerdo de aplicación para el 2019 y siguientes, con retroactividad para el año 2018 de la reducción de jornada a 37,5 horas establecido en la cláusula 10 del citado convenio la cual establece: “… Año 2018 (dese 5 de julio a 31 de diciembre): se concretará en los términos que se acuerde con el CGE de Adif... La aplicación de esta medida, con los mismos criterios de cálculo del alcance de la misma utilizados para 2019 y siguientes ejercicios”
Esta concreción pendiente de ser tratada en el seno de esta comisión negociadora, es la que nos ha motivado para enviar una carta a la empresa (ver anexo) en la que instamos de forma urgente a dar cumplimiento a este punto, concretando la manera en la que va a ser acometida por parte de la empresa, la aplicación de la reducción correspondiente al ejercicio 2018.
Otra consecuencia de la aplicación de la reducción de la jornada es la traslación del acuerdo de aplicación de la reducción de la jornada a la fórmula del cálculo del valor de hora ordinaria, que emana del acuerdo surgido en la Audiencia Nacional en 2012. Es decir, con la aplicación de la reducción de 1720 a 1642 horas a dicha fórmula viene a resultar un valor de hora ordinaria superior a la actual. Esta aplicación ha de ser contemplada desde el mismo momento en el que la Ley de Presupuestos de 2018 entró en vigor el 5 de julio de 2018, hasta el momento actual.
Es por ello que instamos a todas y todos los trabajadores de Adif a que o bien ellos mismos o través de los delgados de CGT, realicen las correspondientes reclamaciones de haberes por la falta de abono, si este no se produce de manera automática por parte de la empresa del nuevo valor de la hora al que se deben ajustar las percepciones salariales por excesos de jornada.
CGT CON L@S TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT.
Comunicado

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