Comunicados
ADIF | 24 12/03/2025
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EL SFF-CGT IMPUGNA LA NORMA DE MOVILIDAD Lo intentamos cuando se negoció. Estamos intentando cambiarla en la negociación del Convenio. Y ahora lo vamos a intentar recurriendo a la justicia: hemos impugnado la Norma de Movilidad. No pararemos hasta no cambiar esta norma injusta que está triturando la vida de tant@s compañer@s. Hemos pedido que esta movilidad siga su desarrollo, pero queremos que sea la última en estas condiciones.
GESTIÓN NEFASTA
No nos ha quedado otra salida ante la cerrazón de la empresa, empeñada en blindar una norma jeroglífica y que se está revelando desastrosa en términos de gestión.
Nos quiere echar la culpa a los sindicatos de haber tenido que cambiar las fechas por la huelga, pero lo cierto es que la logística de organización de los exámenes era kafkiana, aglutinando en solo dos fechas las pruebas de algunos temarios, lo que impedía la organización del trabajo en determinadas dependencias, sobre todo en las que se trabaja a turnos.
Además de responsabilizar a los sindicatos, también pretende echar su incapacidad sobre las espaldas de las propias personas trabajadoras, inventando una regla del juego que ni está en la Norma de Movilidad ni en la Normativa Laboral: “Si no te presentas a algún examen, te eliminamos de todas las plazas de esa convocatoria”. Parafraseando a Groucho Marx, la empresa nos amenaza, habano en boca: “Estas son mis normas y si no te gustan, tengo otras peores”.
El CACIQUISMO TAMBIÉN SE COMBATE EN LOS TRIBUNALES
No hay manera de sostener esa última ocurrencia. Como mucho se podría aplicar el artículo 435 de la Normativa Laboral, que especifica que, de no sacar la mitad de la puntuación exigida para el aprobado, ese día será considerado un día de licencia sin sueldo. Todo lo demás son amenazas sin fundamento destinadas a esconder debajo de la alfombra las migajas de su mala gestión.
 COMUNICADO Anexo
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 CONJUNTO 10/03/2025 | COMUNICADO CONJUNTO COMUNICADO CONJUNTO RENFE Y ADIF: SOBRE LAS HUELGAS CONVOCADAS | LOGIRAIL 09/03/2025 | 23 CUANDO EL DIABLO NO TIENE NADA QUE HACER, MATA MOSCAS CON EL RABO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ACUERDOS COMISIÓN NEGOCIADORA II CONVENIO COLECTIVO | 68 2019-07-18 |
| COMUNICADO
 | Leido: 38 veces | La reunión ha tenido por objeto negociar los puntos que se detallan a continuación:
• Se acuerda la publicación de las convocatorias de movilidad previstas para el año 2019 en los términos alcanzados durante su negociación dentro del ámbito de la Mesa de Empleo.
• Se va a proceder a la publicación de la OEP 2019.Todas las personas que obtengan plaza serán adjudicatarias con la condición de Residencia Provisional pendientes de una posterior consolidación de la residencia definitiva en la primera acción de movilidad que se produzca, conforme el orden de adjudicación de la OEP.
• Asociado a los puntos anteriores, en los meses de septiembre/octubre se publicará una nueva circular de acceso a la Jubilación Parcial al 75%. El número de jubilaciones parciales será el mismo que los ingresos de la OEP.
• Se aprueba el II Plan de Igualdad de ADIF y el I de ADIF A.V. junto a sus protocolos de actuación que son incorporados al Convenio tal y como está recogido en la cláusula 12ª.
• Se alcanza el acuerdo para establecer la extinción del contrato de trabajo en ADIF y ADIF A.V. por cumplir los trabajadores la edad legal de jubilación, siempre que se cumplan los requisitos que les garanticen el derecho al 100% de la pensión según establece la cláusula 24ª del convenio.
Esta actuación revertirá en la creación neta de empleo y económicamente, al desarrollo de la Ordenación Profesional contemplada en la cláusula 7ª del convenio.
• En la nómina de Julio, se procederá a aplicar un incremento adicional del 0,25% de la masa salarial tras conocer la tasa de variación del PIB de 2018, índice de referencia para aplicar algunos incrementos salariales (clausula 4ª del convenio).
Se nos ha hecho entrega de las tablas salariales del 2º semestre del año 2019 donde se recogen los incrementos. http://www.sff-cgt.org/juridica/convenios/Tablas%20salariales%20ADIF.pdf
• Siguiendo el punto anterior, en esta misma nómina se regularizará el valor ordinario de la hora trabajada con efectos desde el 5 de julio de 2018 y como consecuencia de la aplicación de la reducción de jornada recogida en la Cláusula 8ª del Convenio.
Para CGT, que apostamos por un Convenio de largo desarrollo que garantizase las condiciones laborales ante la incertidumbre que pudiera darse en el inminente proceso liberalizador, los acuerdos alcanzados son satisfactorios, ya que muchos de ellos son reivindicaciones que desde CGT planteamos durante la negociación del mismo y después de su firma (Reducción de la jornada, nuevo valor de la hora...).
Nos encontramos ante avances importantes en materias como la movilidad, la igualdad, el empleo… que siempre asociamos a nuestro empeño por defender los derechos de tod@s l@s trabajadores/as.
Los próximos hitos en el desarrollo de este Convenio estarán muy vinculados también con los ejes principales del mismo (empleo, condiciones laborales, sociales y económicas) que tendremos que abordar en los próximos meses, empleando la fuerza que se exige para hacer que la empresa no siga precarizando esas condiciones y desmantelando la misma.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTE
Comunicado

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