Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CENTROS DE GESTIÓN, EL EJEMPLO DEL CAOS EN RENFE | 101 2019-11-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 37 veces | Desde hace demasiado tiempo el personal que desempeña su trabajo en los centros de gestión de Viajeros y Mercancías en todo el territorio, vienen sufriendo, además de los males generales como trabajadores ferroviarios, los males específicos por realizar funciones en dichos centros de trabajo.
Para dulcificar y alargar esta problemática, la empresa viene prometiendo la regulación específica de estos puestos de trabajo y de sus trabajadores/as, abogando por un trabajo con gran dedicación y especialización, pero lo cierto es que no ha puesto ni parece que esté dispuesta a poner los medios necesarios que desarrollen lo expresado ni tampoco el reconocimiento de las labores que se llevan a cabo. Por el contrario, impone condiciones por la vía autoritaria, cambia turnos de trabajo sin previo aviso, altera periodos vacacionales a su conveniencia, deja sin cubrir, un día sí y otro también, puestos de trabajo, presiona a los trabajadores para que desarrollen funciones para las que no tienen la formación apropiada, modifica el criterio sobre abonos salariales y crea diferencias entre unos centros de gestión y otros, sin razón alguna.
TODOS LOS CENTROS DE GESTIÓN adolecen en menor o mayor medida, de una serie de problemas que van desde lo estrictamente laboral a lo personal, pasando como casi siempre, por el ahorro económico empresarial, a costa del dinero l@s trabajadores/as y de sus derechos a la conciliación familiar y laboral.
Una de las principales causas, no es otra que la falta de formación con la adecuada especialización en función de los cometidos de los distintos integrantes de los CGO, ya que el ámbito de actuación y las operaciones que se realizan necesitan una coordinación con el personal de las estaciones y de conducción, lo que implica tener conocimientos del material ferroviario en general y de circulación, en particular.
A lo anterior hay que añadir, una estructural falta de medios técnicos adecuados: equipos informáticos, teléfonos, condiciones ergonómicas, locales adecuados y un largo etcétera.
Como no puede ser de otra manera, resulta más que notoria la falta de personal, que impide gráficos más sociales, supresión de descansos, “secuestro” del personal pendiente de procesos de movilidad; en definitiva, una muy deficiente organización del trabajo que repercute no solo en el desempeño laboral sino lo que es muy grave, en la salud y bienestar de l@s trabajadores/as.
Si todo lo anterior no es suficiente, existe el hecho discriminatorio derivado de realizar las mismas funciones y tareas, pero tener retribuciones diferentes porque se niegan ciertos complementos a diferentes categorías o incluso a personas dentro de las mismas categorías.
Lo que sí afecta a todos por igual, es la falta de reconocimiento laboral por realizar un trabajo de gran responsabilidad en situaciones de mucho stress y presión con las incidencias del día a día, con falta de medios de todo tipo, sin olvidar que se realiza en condiciones de turnicidad y nocturnidad ante pantallas de visualización de datos sin que tampoco se tenga la mínima intención de la empresa por reflejar esto en las evaluaciones de riesgos de trabajo.
CGT invita a tod@s l@s trabajadores/as de los CGO a canalizar su malestar de forma conjunta y coordinada, no confiando en el oportunismo sindical de quien ha negado el debate y ahora pretende ser el adalid de la causa, por lo que nos ponemos a tu disposición para solucionar de una vez por todas las actuales problemáticas.
CGT CONTIGO, CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado

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