Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF SUBIDA SALARIAL Y TABLAS SALARIALES 2020 | 14 2020-01-29 |
| COMUNICADO
 | Leido: 124 veces | En el día de hoy se ha celebrado reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el tratamiento de la subida salarial del personal de Adif contemplada para el personal del Sector Público en el R/D Ley 2/2020 de 21 de enero de 2020.
En virtud de lo establecido en el II Convenio Colectivo de Adif- Adif AV en su cláusula número 4ª, se procederá al abono de la subida salarial del 2% de todos los conceptos salariales a fecha de 31 de diciembre del 2019, excepto los complementos personales absorbibles para el personal operativo y el 2% respecto de la masa salarial vigente individual a 31 de diciembre de 2019, referenciado al total de las retribuciones del trabajador en el año 2019 incorporándose al fijo, para el personal MM. II. y Cuadros y Estructura de Apoyo.
El abono de esta cantidad dice la empresa que lo hará lo antes posible. CGT ha exigido que esa parte del incremento salarial de las y los trabajadores de Adif debiera venir en una nómina adicional en febrero o como mucho, en la nómina ordinaria del mismo mes. Los derechos y las necesidades de la plantilla de Adif no admiten demora.
Así mismo, y una vez conocido el dato del PIB de 2019 se aplicará el incremento correspondiente al valor del dato obtenido del PIB de referencia establecido en el II Convenio Colectivo de Adif Adif-AV y que esperemos sea del 1%, con idéntica aplicación que el 2% anterior referido y con efectos desde el 1 de julio de 2020.
Adicionalmente se aplicará una subida del 0,30% de la masa salarial en las claves 401 para personal operativo y clave 066 para MM. II. y Cuadros y Estructura de Apoyo. Que viene a suponer la cantidad de 109,45 € brutos.
También en esta reunión se nos ha hecho entrega de las tablas salariales con vigencia desde el 1 de enero del presente y que tienen la consideración de provisionales a expensas de una revisión pormenorizada que pueda detectar algún error u omisión en las mismas y que adjuntamos en este comunicado siguiendo el enlace: Tablas Salariales.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado

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