Comunicados
ADIF | 71 15/09/2025
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UN AÑO Y AÚN NO LE HAN SALIDO LOS DIENTES UN AÑO Y AÚN NO LE HAN SALIDO LOS DIENTES
En pocos días se cumplirá un año desde la constitución de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Adif y la criatura no termina de salir adelante. Muchas carantoñas, muchas cucamonas, pero pocos hitos en el desarrollo de derechos para las personas trabajadoras.
MESA DE NORMATIVA: NI SIQUIERA HA DADO SUS PRIMEROS PASOS
Esta mesa ¡ni siquiera se reúne!
MESA DE ASUNTOS SOCIALES: LA MESA DE LOS CÓLICOS
La conciliación sigue importándole poco a la empresa. La intención de Adif es que perdamos nuestra (luchada) ventaja en permisos respecto a los mínimos del Estatuto de los Trabajadores. Y, como guinda, pretende acabar con un derecho histórico, el reingreso garantizado en la empresa si nos declaran en situación de incapacidad permanente total.
MESA DE EMPLEO: EN PAÑALES
Ni jornada, ni movilidad, ni teletrabajo. Ni siquiera garantía de empleo. Aquí solo se habla de que el personal de dirección siga “trabajando” hasta los 68 años, en vez de los 65 actuales.
MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: BALBUCEOS PERO NI UNA PALABRA INTELIGIBLE
En vez de desarrollar y negociar las nuevas funciones y el sistema retributivo, a alguien de Adif se le ha aparecido la Virgen del Desarrollo Profesional Horizontal y pretende bautizarnos y convertirnos en creyentes.
EL NUEVO CONVENIO DEBE MIRAR HACIA EL FUTURO
Y casi dos años después de denunciar el anterior convenio (diciembre 2023), Adif ha seguido con sus planes: cierre de bases y estaciones, imposición de turnos al personal de infraestructura, recorte arbitrario de conceptos salariales... Claramente no está pensando en el futuro. Más bien pretende que todo siga como está. O peor.
Es hora de que la conflictividad generada por Adif se vuelva en su contra. Es hora de presionar para que deje volar a la criatura y empiece a construirse un futuro mejor que el que tuvieron sus padres.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 70 LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS | RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL LA JORNADA DEBE REGISTRARSE PARA TODA LA PLANTILLA | 17 2020-01-31 |
| COMUNICADO
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La obligación por parte de las empresas de poseer un registro del horario de las jornadas que realizan sus trabajadores, es una de las principales novedades en materia laboral de la pasada legislatura, y que ya está en vigor. Esta norma fue aprobada en el Consejo de Ministros del pasado 8 de marzo y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de marzo.
El registro obligatorio de jornada y tener un control efectivo del número de horas de sus emplead@s es una obligación inexcusable de las empresas. Éste, según concreta el BOE, debe ser "fehaciente", es decir, los datos almacenados deben corresponderse con las horas trabajadas por el/la emplead@. Este mecanismo debe registrar la hora de entrada y la hora de salida de cada uno de los trabajadores y debe ser negociado, en la medida de lo posible, con la representación legal de los trabajadores. Los datos deben almacenarse durante un periodo de cuatro años y únicamente pueden tener acceso a ellos los responsables autorizados de la empresa y el propio trabajador.
Con fecha 12 de mayo entró en vigor, enviando CGT un escrito de solicitud para que se nos informara de qué forma iba a procederse para la implantación de este control en nuestra actividad, y ante la falta de comunicación de la empresa al respecto.
En la reunión mantenida el 17 de mayo, la empresa manifestó, que en lo que tiene que ver con las actividades que comprenden la adjudicación, en logística, Crew dispatch y oficinas centrales ya existían sistemas de control y que se habilitarían en aquellos donde no existieran.
Respecto al personal de servicio a bordo, entendían que estábamos excluidos, pero no obstante con la actual hoja de cómputo de turnos, daban por hecho que cumplían sobradamente con el sistema de registro y con la ley.
Ante estas manifestaciones, desde CGT no estuvimos de acuerdo con lo manifestado por la empresa y entendíamos que la actividad de servicio a bordo se debía registrar, por lo interpusimos sendos escritos y denuncia ante la DGT y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid.
La Inspección, de nuevo, nos ha dado la razón estableciendo que:
La obligación de registrar la jornada alcanza a la totalidad de los trabajadores, con independencia de las especialidades que el Gobierno pueda establecer.
Adjuntamos a este comunicado, el requerimiento efectuado a la empresa, para que presente un sistema de registro a la inspección laboral el próximo 11 de marzo.
CGT y pese a la poca colaboración de algunas secciones sindicales ha conseguido que se obligue a la empresa al registro toda la jornada diaria y real que realizamos, estando satisfechos con la decisión de la inspección.
El registro nos ayudará a computar muchos tiempos que no se estaban reflejando correctamente; no cabe duda, es obligado que se configure un control exhaustivo y adecuado de estos tiempos, especialmente, cuando el personal está fuera de base o del centro de trabajo.
¡Muévete! Y apoya a l@s compañer@s de CGT.
Comunicado

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