Comunicados
RENFE | 100 28/11/2025
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UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA SEGUIMOS CON LA NEGOCIACIÓN DEL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE.
Os trasladamos la información de las tres reuniones mantenidas ayer 27 de noviembre.
Modificación de la Cláusula 14 del I Convenio de Renfe Operadora
La empresa nos comunica su intención de modificar la cláusula 14ª relativa a las garantías en situaciones de Incapacidad Temporal. Esta modificación incluye una mejora de la prestación económica en los siguientes supuestos:
• Menstruación incapacitante.
• Embarazo a partir del primer día de la semana 39.
• Donación para trasplantes de tejidos y órganos, así como los procesos previos y posteriores derivados de la misma.
Consideramos esta actualización una buena noticia, ya que supone la aplicación por parte de la empresa de la legislación vigente.
Contingencias Comunes
Recordamos, que el pasado mes de septiembre, la Dirección de Renfe decidió de forma unilateral que Mutua Fraternidad Muprespa, hasta ahora encargada únicamente de las contingencias profesionales, asumiera también la gestión de las contingencias comunes (bajas por enfermedad común y accidente no laboral).
En la reunión han participado cuatro representantes de la mutua, cuyo objetivo evidente era “vender” su modelo de gestión. A pesar de presentarse como una entidad sin ánimo de lucro, informan de excedentes de 1.700 millones de euros.
Nos trasladan que solicitarán el historial médico de las personas trabajadoras, obviando los límites establecidos por la normativa de protección de datos, con la excusa de facilitar una “pronta reincorporación”. Afirman además que realizarán seguimiento de las incapacidades incluso sin ser personal médico facultativo, y que la falta de asistencia a una cita con la mutua podría dar lugar a la retirada automática de la prestación, sin margen para justificar la ausencia.
El Comité General de Empresa ya expresó el rechazo a esta medida. Desde el SFF-CGT, defendemos que la gestión de las contingencias comunes debe permanecer en manos del INSS y del sistema público de salud, únicos garantes de una atención imparcial y basada en criterios clínicos. Externalizar este servicio supone aumentar la presión sobre las personas trabajadoras y priorizar intereses económicos sobre la salud.
Mesa Técnica General
Plan de Empleo
La empresa continúa sin presentar propuestas concretas sobre los cambios previstos tanto en la salida de personal como en los nuevos ingresos. Desde el SFF-CGT Insistimos en la necesidad de clarificar la tasa de reposición, insuficiente hasta ahora, para garantizar la viabilidad de la empresa y asegurar el relevo generacional mediante nuevos empleos.
Nueva Normativa de Movilidad
La discusión sigue igualmente sin una base concreta. No está claro si la intención es elaborar una normativa completamente nueva o modificar en profundidad la Norma Marco de Movilidad.
Desde SFF-CGT estamos ultimando una propuesta que aporte mayor agilidad a los procesos, garantizando criterios de Transparencia y Mérito, con normas claras que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe. Una premisa fundamental es la eliminación del punto 14.6 y, en consecuencia, de las permanencias.
Protocolo LGTBI
El SFF-CGT hemos presentado alegaciones para mejorar el borrador entregado por la empresa. Nuestro objetivo es adecuarlo a la legislación vigente, clarificar su aplicación y asegurar la participación de la Representación Legal de las Personas Trabajadoras en todos los procedimientos.
Variables Retributivas
La empresa plantea una modificación profunda del sistema retributivo variable para todo el personal del Grupo Renfe. Los parámetros actuales, procedentes del Desarrollo Profesional de 2010, están claramente desfasados, esta propuesta supondría un cambio sustancial. Se nos solicita a las organizaciones sindicales que presentemos alternativas para un nuevo modelo.
Desde SFF-CGT trabajaremos en propuestas que garanticen una retribución justa para todos los colectivos que sostenemos la actividad diaria de la empresa. Os animamos a participar con vuestras aportaciones.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 RENFE 20/11/2025 | 99 UN PEQUEÑO PASO DE LA EMPRESA, UN PASO INSUFICIENTE PARA LA PLANTILLA | ADIF 18/11/2025 | 98 CC.OO. UGT Y EL SCF DICEN ¡NO! A LUCHAR POR EL CONVENIO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF AGM-2019 LLEGA A SU FINAL, CESIONES Y REEMPLAZOS SIGUEN EN EL INICIO. | 32 2020-03-04 |
| COMUNICADO
 | Leido: 30 veces | La Acción General de Movilidad llega a su punto final tras la reunión mantenida en la mañana de hoy para tratar las alegaciones al listado de resoluciones provisionales. La dirección nos confirma que mañana intentará publicar el listado definitivo.
De todas las reclamaciones presentadas solo se han tenido en cuenta cuatro como indica el acta y para las no admitidas presentan un resumen de los motivos como anexo al acta. Durante la reunión hemos preguntado que sucederá con los movimientos pendientes de la AGM-2018, confirmándonos que se dará traslado a la Dirección General de Personas para tratar su resolución antes de iniciar los movimientos de esta AGM. También nos comentan que en el listado definitivo de adjudicaciones vendrá explicado como debéis proceder aquellos que hayáis adjudicado plaza en convocatorias distintas y que la fecha de antigüedad a efectos de concurso vendrá indicada en el listado definitivo de adjudicaciones.
Por otro lado, en la pasada reunión de la Comisión de Seguimiento, CGT presentó un escrito de alegaciones en el que de manera pormenorizada detallamos la gran cantidad de vacantes existentes cubiertas por movilidades temporales y funcionales, vacantes reconocidas por la Empresas en las reuniones de Comités de Centro de Trabajo. CGT siempre reclama el cumplimiento de lo regulado en normativa, siendo esta la mejor manera de evitar agravios, es por ello por lo que para las vacantes generadas y reconocidas por estas cuestiones hemos propugnado que el acceso a los mismos se cumpla siguiendo los principios de igualdad, mérito y capacidad establecidos en nuestro sistema legislativo.
El objetivo con el que presentamos esta alegación se basaba en el compromiso de ir reduciendo el numero de cesiones temporales y reemplazos al que nos comprometimos mediante la firma del II Convenio Colectivo. Desafortunadamente la gran mayoría de estas cesiones y reemplazos no han aflorado como hemos podido comprobar con la publicación de la resolución provisional de adjudicaciones y la posterior definitiva.
A pesar de no haber tenido en cuenta nuestras alegaciones, no nos hemos quedado parados y en la reunión de esta mañana hemos presentado un escrito dónde venimos a denunciar el incumplimiento de los acuerdos contraídos por la Empresa con la mayoría del CGE y la Representación de los Trabajadores. Escrito que no han aceptado incluir en el acta ni la Dirección ni los sindicatos CCOO, UGT, y SCF.
Cabe recordar que no se trata del incumplimiento de un solo acuerdo, sino de dos acuerdos. Por un lado, el acuerdo de Movilidad de fecha 23 de abril de 2018 que reflejaba “Este objetivo de eliminación de las situaciones temporales referenciadas estará culminado a finales de 2019” y por otro lado el incumplimiento de la cláusula 10ª del II Convenio Colectivo “…reducir el número de cesiones temporales y reemplazos existentes en la actualidad en la Empresa, comenzando por los más antiguos conforme a la norma marco de movilidad acordada el 23 de abril de 218 para tender a finalizar con todas estas situaciones…”
Llegados a este punto y dado que para la Dirección de la Empresa el cumplimiento de los acuerdos firmados no está dentro de sus prioridades, CGT hará uso y pondrá disposición de los trabajadores y trabajadoras todos los mecanismos jurídico - sindicales oportunos para la defensa de sus derechos.
CGT CON LOS TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT
Comunicado

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