Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI AGESFER Y UNICOFE, DILATAN LA NEGOCIACIÓN DEL V CONVENIO COLECTIVO | 34 2020-03-05 |
| COMUNICADO
 | Leido: 9 veces | En la celebración de la tercera reunión para la negociación del V Convenio Colectivo Estatal de Servicios Externos Auxiliares de Atención al Cliente en Empresas de Servicios Ferroviarios, la parte empresarial se ha negado a seguir negociando, argumentando que no está definida la representación de la parte social (sindicatos).
La realidad de esta acción por parte de la empresa es la dilación de la negociación y el burdo intento de quitar el valor legal de representatividad a dos formaciones sindicales (CGT y CC.OO.) que en un inicio consideran incómodas para sus intereses. Nadie duda a estas alturas y después de haber escuchado sus exposiciones, que se encontrarían mejor en un escenario en el que un sindicato (UGT) contase con la mayoría necesaria para poder firmar en solitario un nuevo convenio, en el caso de no existir un consenso sindical.
La realidad que la patronal se niega a aceptar es que CGT tiene una representatividad del 16,07143%, CC.OO. 33,92857% y UGT 50 %, queriendo que sea el número de representantes el decisivo para poder firmar el convenio y no, su grado de representatividad. Cuestión, que también niega UGT al mantener una postura inamovible al respecto. Una vez más y para perjuicio de los trabajadores, el tándem empresa-sindicato actúa.
CGT mantiene una postura de coherencia respecto a la legitimidad que marca la ley y un respeto inalterable hacia los intereses de miles de trabajadores que día a día acuden a su puesto de trabajo, esperando que se tenga en cuenta su valía profesional y su esfuerzo personal. Y que a cambio, solo piden unas condiciones dignas y un salario justo, que el actual convenio colectivo no les garantiza. Así nos lo habéis manifestado y en esa línea estará nuestra postura en la negociación del próximo Convenio.
Es cierto que desde el 1 de enero, existe un plazo de 18 meses para negociar un nuevo Convenio, pero que de agotarse, iría en contra de los intereses de todas las partes y muy especialmente, a la parte empresarial que de cara a las nuevas licitaciones que se presentan, contaría con la indefinición que otorga no disponer de cifras reales del coste en la prestación de los servicios a contratar. Esa es su responsabilidad.
La responsabilidad clara y concisa de CGT discurre por conseguir una notable mejoría de las condiciones económicas y laborales de todos los trabajadores que UGT y Patronal firmaron en el anterior Convenio. Y señalar, la legalidad de la acción sindical honesta y transparente de la CGT como “argucia sindical” por parte de UGT, lo consideramos una falta de respeto, no solo hacia este sindicato, también hacia los trabajadores.
Por último, recordar que CGT puede conseguir la mejora de las condiciones actuales de convenio en la Mesa de Negociación, pero también necesitamos vuestro empuje y apoyo.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado

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