Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA PACIENCIA SE AGOTÓ. COLECTIVO DE INTERVENCIÓN | 46 2020-03-24 |
| COMUNICADO
 | Leido: 7 veces | Desde la declaración del estado de Alarma y la edición de las medidas sanitarias por parte del Ministerio de Sanidad, desde CGT hemos enviado cartas al ministerio de Fomento, a las distintas Direcciones y puesto en contacto vía telefónica con los distintos responsables de las unidades de negocio, solicitando la inmediata cobertura de la salud de todos y cada uno de los trabajadores del Grupo Renfe.
Reclamamos la dotación de EPI (Equipos de protección individual) para todos los trabajadores con contacto directo con el público y con otros compañeros, la bajada de los trenes de todos aquellos trabajadores que no fueran estrictamente necesarios -como ordenan las autoridades sanitarias-, la gratuidad del transporte en los servicios de Cercanías y Media Distancia y así evitar el manejo de monedas, el acortamiento de los turnos de trabajo para evitar las pernoctaciones, la desinfección de los lugares de trabajo y los enseres, el acoplamiento de aquellos trabajadores considerados de riesgo o en su defecto, enviarlos a sus domicilios para evitar daños en la salud irreparables, Etc. Poco a poco, algunas o parte de estas solicitudes se han ido llevando a cabo con cuentagotas.
En este breve periodo de tiempo, hemos vuelto a ver como algunos “responsables” no solo no han procedido a la implantación de las medidas sanitarias, si no que se han permitido la licencia de prohibir el uso de mascarillas y guantes, todo un ejercicio de irresponsabilidad o estupidez, propio de quienes miran más por la imagen corporativa de la marca Renfe que por la salud y el cumplimiento de las leyes de prevención de riesgos laborales.
Nadie ignora que tanto el gobierno como la Dirección del Grupo Renfe han llegado tarde, una pena que no se les apliquen los Compromisos de Puntualidad; pero una vez que la propagación del virus sigue activa, que vemos como en otros colectivos se están aplicando medidas sanitarias tendentes a frenar el virus y al colectivo de intervención no llegan, tenemos que decir: Hasta aquí hemos llegado.
Y decimos hasta aquí, no por capricho, lo hacemos por nuestra salud y la de nuestros compañeros y familias. Sabemos de la importancia del derecho a la movilidad establecido en la Constitución, pero ningún derecho puede sostenerse sobre la quiebra de la salud de ningún trabajador.
Desde CGT, recomendamos a todo el colectivo de intervención que carezca de los equipos de protección individuales (gel, mascarilla y guantes), parar la actividad y lo comunique a su delegad@ sindical y a su superior; quién tendrá que disponer de las medidas correctivas para reiniciar la actividad laboral o recabar la presencia de un inspector de trabajo para que valore la situación y emita el correspondiente informe.
No te la juegues y mira por tu salud y la de los tuyos. Sin protección, no se trabaja.
¡POR NUESTROS DERECHOS, POR NUESTRA SALUD!
Comunicado

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