Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF EL CGE RETOMA LA VIDEOACTIVIDAD | 64 2020-04-30 |
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El pasado día 22 de abril, en un ejercicio de responsabilidad para con las y los trabajadores de Adif, el CGE consensuó de forma unánime, algo pocas veces visto hasta ahora, una carta dirigida a la Empresa en términos de exigencia de cumplimiento de las normas editadas con respecto a la crisis del Covid-19 y de activación de los mecanismos de negociación e información de los diferentes ámbitos de representación del personal.
Es por ello, que en el día de hoy, se ha reunido el pleno del CGE con la dirección de la empresa de forma telemática para iniciar los cauces necesarios de interlocución del CGE y transmitirnos la información que le solicitamos en la carta referente a los diferentes aspectos de la realidad en Adif.
A pesar de las 27.000 mascarillas, 96.000 pares de guantes y 17.000 litros de Hidrogel, que según la empresa se ha repartido entre la plantilla de Adif, reconocen que no ha sido suficiente y están en trámites para en las próximas semanas alcanzar niveles de reposición que alcancen a satisfacer la necesidad de la plantilla en esta materia, según vayamos afrontando la tan anunciada desescalada. Una desescalada que la empresa manifiesta estar preparando en sus ámbitos de gestión y en la que el CGE ha vuelto a exigir su participación en la toma de las decisiones que sobre todo afecten a la seguridad y salud y los propios derechos laborales de las y los trabajadores.
Por otra parte, se van a iniciar de forma inmediata y de manera telemática, todos los mecanismos de representación de los trabajadores, tanto a nivel provincial como general. Las reuniones de formación ya se han iniciado el 24 de abril, la Comisión Técnica de Seguridad y Salud tiene prevista una reunión el 7 de mayo, los Comités provinciales de centro de trabajo y de Seguridad y salud a partir de la semana del 11 y el CGSS el 14 de mayo.
Para CGT es una pieza clave la Comisión Técnica de Seguridad y Salud, donde podremos empezar a tratar temas tan importantes como: los derechos básicos, como son la formación, información, consulta y participación en las medidas adoptadas en la lucha contra el COVID-19, la entrega ordenada de EPI o las medidas necesarias para afrontar la desescalada (toma de temperatura, realización de pruebas diagnósticas o estudios serológicos, contenedores para la eliminación de EPI o volver a hacer hincapié en la limpieza y desinfección de puestos de trabajo, bases de mantenimiento, vehículos, filtros de los aparatos de ventilación forzada, o entre otras).
Con respecto al resto de cuestiones que quedaron paralizadas por la aprobación del RD 463/2020 y el inicio del Estado de Alarma, la empresa nos ha informado que en el momento en que este sea derogado se reactivaría de forma urgente la OEP 2019, las jubilaciones Parciales, (que como bien sabéis están condicionadas a la entrada del personal de la mencionada OEP de 2019) y la ejecución de las acciones de movilidad de la AGM 2019. Así mismo nos comunican que también quedan supeditados a la finalización del estado de alarma la continuación y resolución de las OEP referentes a Tropa y Marinería y personas con discapacidad.
Por otro lado, ya están preparando la OEP 2020 con la intención de poder publicarla en cuanto termine el estado de alarma e informándonos que en breve darán comienzo las reuniones oportunas. En 2019 en Adif se produjeron 548 bajas por lo que se han solicitado, en base a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, una tasa de reposición del 105%, un total de 575 plazas.
Referente a la AGM 2019, nos informan que van a empezar a “mover” a aquellos/as trabajadores y trabajadoras a los que su ejecución no se contraponga a las disposiciones emitidas con referencia al estado de alarma en materia de movilidad.
La palabra más utilizada en la reunión ha sido, sin duda alguna, el teletrabajo y es que la empresa reconoce que, motivado por la excepcionalidad del momento, el teletrabajo “impuesto” por las autoridades, en algunas áreas de la empresa está siendo factible y además de manera “sorprendentemente” exitoso. Reconocen que se ha implantado sin regulación alguna pese a nuestras constantes peticiones desde que en junio de 2019 se mantuviera la primera y única reunión de la mesa de negociación establecida por el II Convenio Colectivo para acometer este proyecto. Se mantendrá en uso, como se viene desarrollando, con el objetivo principal de la reducción de la movilidad y no como herramienta de conciliación como nos gustaría que fuera.
El compromiso adquirido por todas las partes es que las reuniones entre el CGE y la Empresa han de ser una constante habitual en su celebración en el tiempo para poder dar respuesta a los retos a los que nos enfrentamos, al adecuar las normas y formas de trabajo a una realidad impuesta por un virus altamente contagioso y peligroso como es el Covid-19, que parece ser, ha venido para quedarse.
CGT POR TU SALUD, CGT POR TUS DERECHOS
Comunicado
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