Comunicados
IRYO | 101 04/12/2024
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IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE! La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
NO SE MERCADEA CON LOS PLANES DE IGUALDAD
Los sindicatos mayoritarios utilizan sus conexiones con el poder para lograr acuerdos que mantengan su posición privilegiada. Es el caso de los planes de igualdad, que utilizan como mero instrumento para mantener su estatus, aunque tengan que pisotear para ello a las mujeres trabajadoras.
Convertidos en exclusivos clubes de campo, CCOO, autoerigido en portero, se ha arrogado un inexistente derecho de admisión para excluir al SFF-CGT en la negociación del plan de igualdad de Iryo.
Pero el SFF-CGT somos un sindicato grande, por nuestra afiliación, por las luchas que iniciamos y por las victorias que conseguimos, y hemos vuelto a tumbar a quienes maniobran para perjudicar los derechos de las plantillas. No vamos a dejar un tema tan fundamental como es la igualdad en las empresas en manos de quienes mercadean con este derecho, sindicatos mayoritarios incluidos.
CRONOLOGÍA DE UNA MANIOBRA “TORTICERA”
“Torticera”, en palabras de la propia Audiencia Nacional (AN), es esta sucesión de hechos:
• 27 de noviembre de 2023: a instancias de CCOO, constitución entre Iryo, UGT, SEMAF y CCOO de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad, de la que se excluye al SFF-CGT.
• 29 de noviembre de 2023: elecciones en el centro de trabajo de Barcelona. El SFF-CGT consigue el 100% de la representación.
• 4 de septiembre de 2024: siguiente reunión de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad.
Es evidente que la mesa negociadora fue constituida in extremis, dos días antes de las elecciones, para excluir al SFF-CGT, paralizando después sus trabajos durante casi un año. La AN ha apreciado claramente la mala fe de dicha actuación.
EN LOS CONVENIOS Y PLANES DE IGUALDAD, EL SFF-CGT SÍ CONSIGUE DERECHOS
Los motivos de esta maniobra parecen evidentes: CCOO se resiste a aceptar que no es el sindicato mayoritario en Iryo. Lo que no entendemos es que no utilice la negociación del Plan de Igualdad para mejorar las condiciones de trabajo de nuestras compañeras. Al igual que Alferro, que en lugar de defender su presencia en el Plan de Igualdad “está a por uvas”. Quizá su única manera de sentirse fuertes en Iryo es acercándose a la empresa, en vez de a la plantilla.
De la misma forma remolonean en la negociación del Convenio Colectivo, infundiendo miedo en lugar de luchar por la equiparación de las condiciones de un colectivo feminizado, las asistentes, al de otros colectivos menos precarizados.
Para el SFF-CGT, todos los ámbitos de negociación (un convenio o un plan de igualdad) son igual de importantes para luchar por nuestros derechos.
Por eso, por las dietas para las asistentes y por la compensación de la nocturnidad el SFF-CGT hemos convocado (pese a quien pese) huelgas en Iryo los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre y 1 de enero.
La plantilla de Iryo y el SFF-CGT no toleraremos ni una vulneración más de nuestros derechos fundamentales a la libertad sindical y a la huelga.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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IRYO 02/12/2024 | 100 CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO | ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF TELETRABAJO SÍ, PERO EN BUENAS CONDICIONES. | 67 2020-05-06 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 25 veces | Con motivo de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, la Dirección de ADIF ordenó de un día para otro, siguiendo las recomendaciones sanitarias, la adopción masiva de teletrabajo para todo el personal que lo pudiera desarrollar, especialmente el colectivo de Administración y Gestión.
Desde CGT pensamos que esta decisión fue acertada, pues es preferible trabajar desde nuestras casas que acudir a las oficinas con el riesgo de contagio que supone. La respuesta de los trabajadores y trabajadoras ha sido ejemplar, poniendo todo su empeño para adaptarse a la nueva situación y seguir trabajando desde los domicilios, reconociéndonos la propia Dirección que la productividad no se ha visto afectada.
El teletrabajo se ha impuesto de forma precipitada, sin regulación y sin proporcionar los medios suficientes a trabajadoras y trabajadores, viéndose estos abocados a utilizar sus propios medios: conexiones a internet, dispositivos o mobiliario que en la mayoría de las veces no cumple con los requisitos ergonómicos necesarios para favorecer la realización de las tareas en condiciones saludables, etc.
Todo esto es más sangrante aún, debido a la cantidad de años que lleva ADIF negándose a regular el teletrabajo, como le venimos reclamando una y otra vez desde CGT y el resto. El pasado 26 de junio mantuvimos la primera y única reunión de desarrollo del teletrabajo según establecía el II Convenio Colectivo, en la que todos estábamos muy dispuestos, pero una cosa teníamos y tenemos clara, se tiene que regular y establecer unas condiciones laborales adecuadas e iguales para todos y todas.
Seamos claros: el teletrabajo lleva años haciéndose en ADIF, porque una parte de la plantilla trabaja con el portátil o con el móvil desde casa después de su horario laboral. ADIF no tiene problemas con ello, incluso lo fomenta. Lo que no quiere es regularlo, para que queden claros cuáles son los derechos y obligaciones al teletrabajar.
Al implantarse ahora el teletrabajo, por causa mayor y de forma precipitada, los trabajadores y trabajadoras hemos tenido que afrontar la situación como mejor hemos podido, pero esto no puede continuar así. Se debe fomentar el teletrabajo como la forma de trabajar que posibilita una mejor conciliación de la vida laboral y familiar, pero se tienen que regular las mejores condiciones para hacerlo:
MOBILIARIO. Todos los trabajadores y trabajadoras deben tener cubiertas todas las necesidades materiales para realizar esta labor que cumpliendo inexcusablemente con los requisitos legales establecidos en el RD 488/1997 (PVD): La silla debe ser regulable, tener cinco patas y ruedas que faciliten su desplazamiento, respaldo regulable y apoyabrazos. Pantallas adecuadas, orientables e inclinables y con dimensiones suficientes que permitan una buena definición. Teclados y ratones adecuados y reposapiés si alguien lo desea.
JORNADA DE TRABAJO. Consideramos totalmente necesario la delimitación del horario de trabajo respetando la jornada semanal vigente en nuestra normativa laboral, estableciéndose los momentos del día y los días de la semana en los que el personal ha de estar accesible y disponible para la empresa. De esta forma se evita una disponibilidad de 24 horas, permitiendo la diferenciación entre tiempo de trabajo, tiempo libre. En este personal es más importante si cabe, la necesaria desconexión digital. Se puede establecer el bloqueo de envíos de mensajes y correos fuera de la jornada laboral en las aplicaciones corporativas (office 365, teams…).
EQUIPO DE TRABAJO. Dotar de los dispositivos necesarios a quienes lo solicitaran o necesitaran. Conexión a internet y ordenadores portátiles a los trabajadores que no dispongan de ellos.
COSTES. Como consumo eléctrico: iluminación, funcionamiento equipo informático, de la calefacción, teléfono, material de oficina, etc. Todos estos costes no deben recaer en los y las trabajadoras.
Además, es absolutamente necesario que la vuelta a “la nueva normalidad” en las oficinas se haga con criterios racionales, es por ello que el teletrabajo con carácter general debe mantenerse en el tiempo, hasta que no se recupere también la normalidad familiar y social (colegios, guarderías, etc.)
Se debe establecer un criterio general que regule la vuelta al trabajo, con criterios análogos y transparentes para todos los/las trabajadores/es, erradicando malos “vicios” en las correspondientes jefaturas (algo que ya sufrimos en los momentos previos a la implantación del decreto del estado de alarma) y por supuesto contando siempre con la representación del personal.
Deberíamos utilizar esta experiencia como programa piloto para una verdadera implantación del teletrabajo, que sirva para analizar pros y contras; costes y ahorro, productividad y sobre todo contar con las valoraciones de todos los trabajadores y trabajadoras. De esta manera se podría establecer el teletrabajo de manera racional y regulada con el objetivo último de fomentar la conciliación.
POR TU SEGURIDAD Y TU SALUD. ELIGE CGT
Comunicado Anexo 1
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