Comunicados
 
IRYO
101
04/12/2024
IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE!
 
La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
 
  COMUNICADO   Anexo   Anexo 2         
 
 
 
 
IRYO
02/12/2024
100
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO
 
 
ADIF
29/11/2024
99
LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS
 
ADIF
28/11/2024
98
EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
TELETRABAJO SÍ, PERO EN BUENAS CONDICIONES.
67
2020-05-06

COMUNICADO   Anexo 1             
  
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Con motivo de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, la Dirección de ADIF ordenó de un día para otro, siguiendo las recomendaciones sanitarias, la adopción masiva de teletrabajo para todo el personal que lo pudiera desarrollar, especialmente el colectivo de Administración y Gestión.
Desde CGT pensamos que esta decisión fue acertada, pues es preferible trabajar desde nuestras casas que acudir a las oficinas con el riesgo de contagio que supone. La respuesta de los trabajadores y trabajadoras ha sido ejemplar, poniendo todo su empeño para adaptarse a la nueva situación y seguir trabajando desde los domicilios, reconociéndonos la propia Dirección que la productividad no se ha visto afectada.
El teletrabajo se ha impuesto de forma precipitada, sin regulación y sin proporcionar los medios suficientes a trabajadoras y trabajadores, viéndose estos abocados a utilizar sus propios medios: conexiones a internet, dispositivos o mobiliario que en la mayoría de las veces no cumple con los requisitos ergonómicos necesarios para favorecer la realización de las tareas en condiciones saludables, etc.
Todo esto es más sangrante aún, debido a la cantidad de años que lleva ADIF negándose a regular el teletrabajo, como le venimos reclamando una y otra vez desde CGT y el resto. El pasado 26 de junio mantuvimos la primera y única reunión de desarrollo del teletrabajo según establecía el II Convenio Colectivo, en la que todos estábamos muy dispuestos, pero una cosa teníamos y tenemos clara, se tiene que regular y establecer unas condiciones laborales adecuadas e iguales para todos y todas.
Seamos claros: el teletrabajo lleva años haciéndose en ADIF, porque una parte de la plantilla trabaja con el portátil o con el móvil desde casa después de su horario laboral. ADIF no tiene problemas con ello, incluso lo fomenta. Lo que no quiere es regularlo, para que queden claros cuáles son los derechos y obligaciones al teletrabajar.
Al implantarse ahora el teletrabajo, por causa mayor y de forma precipitada, los trabajadores y trabajadoras hemos tenido que afrontar la situación como mejor hemos podido, pero esto no puede continuar así. Se debe fomentar el teletrabajo como la forma de trabajar que posibilita una mejor conciliación de la vida laboral y familiar, pero se tienen que regular las mejores condiciones para hacerlo:
 MOBILIARIO. Todos los trabajadores y trabajadoras deben tener cubiertas todas las necesidades materiales para realizar esta labor que cumpliendo inexcusablemente con los requisitos legales establecidos en el RD 488/1997 (PVD): La silla debe ser regulable, tener cinco patas y ruedas que faciliten su desplazamiento, respaldo regulable y apoyabrazos. Pantallas adecuadas, orientables e inclinables y con dimensiones suficientes que permitan una buena definición. Teclados y ratones adecuados y reposapiés si alguien lo desea.
 JORNADA DE TRABAJO. Consideramos totalmente necesario la delimitación del horario de trabajo respetando la jornada semanal vigente en nuestra normativa laboral, estableciéndose los momentos del día y los días de la semana en los que el personal ha de estar accesible y disponible para la empresa. De esta forma se evita una disponibilidad de 24 horas, permitiendo la diferenciación entre tiempo de trabajo, tiempo libre. En este personal es más importante si cabe, la necesaria desconexión digital. Se puede establecer el bloqueo de envíos de mensajes y correos fuera de la jornada laboral en las aplicaciones corporativas (office 365, teams…).
 EQUIPO DE TRABAJO. Dotar de los dispositivos necesarios a quienes lo solicitaran o necesitaran. Conexión a internet y ordenadores portátiles a los trabajadores que no dispongan de ellos.
 COSTES. Como consumo eléctrico: iluminación, funcionamiento equipo informático, de la calefacción, teléfono, material de oficina, etc. Todos estos costes no deben recaer en los y las trabajadoras.
Además, es absolutamente necesario que la vuelta a “la nueva normalidad” en las oficinas se haga con criterios racionales, es por ello que el teletrabajo con carácter general debe mantenerse en el tiempo, hasta que no se recupere también la normalidad familiar y social (colegios, guarderías, etc.)
Se debe establecer un criterio general que regule la vuelta al trabajo, con criterios análogos y transparentes para todos los/las trabajadores/es, erradicando malos “vicios” en las correspondientes jefaturas (algo que ya sufrimos en los momentos previos a la implantación del decreto del estado de alarma) y por supuesto contando siempre con la representación del personal.
Deberíamos utilizar esta experiencia como programa piloto para una verdadera implantación del teletrabajo, que sirva para analizar pros y contras; costes y ahorro, productividad y sobre todo contar con las valoraciones de todos los trabajadores y trabajadoras. De esta manera se podría establecer el teletrabajo de manera racional y regulada con el objetivo último de fomentar la conciliación.

POR TU SEGURIDAD Y TU SALUD. ELIGE CGT


Comunicado   Anexo 1                   
  











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