Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LOS PERMISOS POR MATERNIDAD/PATERNIDAD NO COMPUTAN COMO AUSENCIA PARA LAS PRIMAS VARIABLES EL TSJ DE CATALUÑA RECHAZA EL RECURSO PRESENTADO POR LA EMPRESA A SENTENCIA GANADA POR CGT | 91 2020-07-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 11 veces | En pasados comunicados (véase comunicado 90 del año 2018 y comunicado 87 del año 2019) desde CGT denunciábamos que Renfe estaba computando como ausencias, a efectos de las primas variables, los permisos de maternidad/paternidad, generando una merma económica a est@s trabajador@s en la regularización que se realiza el primer trimestre del año, así como que ya teníamos la primera Sentencia que condenaba a Renfe por ello.
Esta práctica supone una discriminación hacia l@s trabajador@s que disfrutan de dichos permisos, como ha determinado el Tribunal Supremo en su jurisprudencia, al generarles un perjuicio económico respecto al resto de trabajador@s, cuando es obligatorio disfrutar parte de estos permisos. Además, hay que señalar que los convenios colectivos de Renfe, donde se regulan las primas variables, no excluyen de su liquidación los permisos de maternidad/paternidad, como sí recoge otras situaciones como las sanciones, huelgas, licencias sin sueldo, etc.
Aún con todos estos argumentos en contra, Renfe recurrió la Sentencia ganada por CGT, siendo desestimado recientemente por el Tribunal Superior de Justicia e imponiéndoles las costas del procedimiento. Es llamativo que Renfe intente proyectar en los “mass media” una imagen de empresa concienciada con la conciliación de la vida familiar y laboral y la no discriminación, mientras hace todo lo contrario.
Esta es otra arista más de una empresa que se dedica a “chulear” a sus trabajador@s todo tipo de derechos, tanto en materia de días de permisos retribuidos, como en materia retributiva, aplicando su “propio convenio”. Ante esa actitud, CGT siempre estará en contra y defendiendo los derechos adquiridos.
Vamos a seguir insistiendo, para que Renfe cese en estas prácticas y abone correctamente las primas variables, sin descontar los periodos de maternidad/paternidad, y estando a vuestra disposición para reclamar las cantidades detraídas a todos los que hayáis disfrutado estos permisos.
POR TU SEGURIDAD JURÍDICA
ELIGE CGT
Comunicado

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