Comunicados
ADIF | 54 17/06/2025
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¿A QUÉ ESTÁN JUGANDO CON LA ORDENACIÓN PROFESIONAL? ¿A QUÉ ESTÁN JUGANDO CON LA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
La reunión del lunes de la mesa de ordenación profesional del III Convenio pareció un espectáculo de teatro negro, en el que se nos distrae la atención con ilusiones ópticas mientras unas figuras vestidas de oscuro las manejan desde las sombras.
EL CUENTO DE LA LECHERA
La dirección volvió a presentar, de palabra, un proyecto de ordenación megalómano, con grandes ambiciones y adornado con fuegos artificiales. De viva voz, transmiten su inquietud por cómo integrar los nacientes “másteres” en FP en nuestra clasificación profesional. Nos parece que no es lo que más preocupa a la plantilla; sí el hecho de que siguen sin entregar documentos que vayan más allá de descripciones genéricas de las funciones de cada colectivo.
LA CASA POR EL TEJADO
Mientras la dirección continúa su exasperante ritmo de presentación de las funciones de las nuevas áreas, entre bambalinas trabaja en los aspectos más inquietantes: la reforma de las conducciones, de la disponibilidad, de la turnicidad… es decir, de las condiciones de trabajo que más afectan a la plantilla en el día a día. ¿Por qué avanza en estos temas sin la necesaria negociación con la representación de la plantilla? ¿Da por supuesto que, llegado el momento, encontrará cómplices?
LA AMENAZA DE SIEMPRE: NO HAY PASTA
Por último, la dirección dudó de su capacidad para lograr una financiación específica que sustente la implementación de la nueva ordenación profesional. El victimismo de siempre: “Queremos, pero es que Hacienda no nos deja…”. Después vendrá el “ESTO O NADA”. Es que ya hemos visto muchas las veces la peli y nos sabemos las escenas de memoria.
Desde el SFF-CGT esperamos que esta dirección deje ya los rodeos y la retórica vacía, demuestre más capacidad que sus predecesoras y presente un proyecto concreto, serio y económicamente viable. En definitiva, una dirección que haga su trabajo y que no juguetee peligrosamente a desactivar la conflictividad solo con buenas palabras. Porque puede que esté jugando con fuego.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 12/06/2025 | 53 III CONVENIO: A LA CHITA CALLANDO Y NUESTROS DERECHOS RECORTANDO | RENFE 12/06/2025 | 52 EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONDUCCIÓN: CGT PRESENTA DEMANDA DE IMPUGNACIÓN PARCIAL DEL CONVENIO POR EL PREAVISO DE LOS DÍAS SAP DE MERCANCIAS. | 95 2020-07-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 14 veces | CGT ha presentado demanda ante la Audiencia Nacional impugnando parcialmente el vigente Convenio Colectivo del Grupo RENFE ante el incumplimiento de los plazos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores de 5 días mínimo, para avisar al trabajador de la distribución irregular de su jornada.
Los firmantes del actual Convenio Colectivo ignoraron este plazo, que constituye un derecho mínimo, que una norma de rango inferior como es el convenio solo puede mantener o mejorar, pero nunca empeorar. Los firmantes “olvidaron” modificar el texto que regula esta materia, por lo que desde CGT estamos intentando que se cumpla con lo establecido legalmente.
El artículo 4.1.5 del Acuerdo de Desarrollo Profesional de Conducción incorporado en el II Convenio Colectivo de Renfe-Operadora para los maquinistas de MERCANCÍAS, que regula la distribución jornada irregular, establece que se pueden grafiar hasta un 10% de las jornadas anuales por trabajador sin actividad predefinida (SAP), mediante “un preaviso de al menos 14 horas para conocer el horario en que debe estar disponible, y el mismo día de la prestación se comunicará, con al menos 2 horas de antelación, el lugar y la hora de prestación del servicio”.
Resumiendo, hasta 14 horas antes de prestar el servicio el trabajador no conoce el horario en el que debe estar disponible ni la cantidad de horas de jornada que puede llegar a realizar, y hasta 2 horas antes no conoce el lugar y el horario concreto.
Este Acuerdo, no firmado por CGT, supone el incumplimiento de lo establecido en el Art 34.2 del ET, que establece como plazo mínimo de aviso al trabajador de 5 días para conocer el día y la hora en la que se debe prestar servicio respecto a la regulación de la distribución de la jornada irregular de los trabajadores, lo que empeora claramente el derecho de conciliación de la vida familiar y laboral, dejando en manos de la empresa una potestad que el E.T. no permite.
Desde CGT entendemos que son de aplicación las Sentencias del Tribunal Supremo de fecha 14 de abril de 2014 y de 11 de diciembre de 2019, que dejan claro la obligación del cumplimiento del art 34.2 del ET, y por lo tanto, la nulidad de todo acuerdo que no respete estos mínimos.
CGT seguirá peleando para que los derechos de l@s trabajadores/as se respeten y en este caso, l@s maquinistas tengan derecho a una conciliación de la vida familiar y laboral digna.
POR TU SEGURIDAD JURÍDICA
ELIGE CGT
Comunicado

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