Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LO QUE HOY NO LUCHES, NO TE LO REGALARÁN MAÑANA | 118 2020-10-28 |
| COMUNICADO
 | Leido: 10 veces | El intento de subrogación del personal de las empresas de Servicios en Tierra y Venta presencial hacia LOGIRAIL tendrá que esperar a la autorización de Hacienda por la modificación presupuestaria que supone el aumento de gasto en personal de carácter público, dependiente de los Presupuestos Generales del Estado, y que al parecer, alguien olvidó en esa negociación.
Aparte de esta cuestión, estamos siendo testigos de todo tipo de informaciones que avalan y alaban las nuevas condiciones que serían de aplicación a las trabajadoras tras su subrogación y a las que se les aplicaría el convenio de Logirail, al que se les han añadido algunos acuerdos con la sola presencia negociadora de UGT. Situación algo anómala, si echamos mano del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 44.
Ha pasado el tiempo necesario para poder comparar el convenio de empresa y el de sector, resultando de esa comparativa que, la cosa no es tan buena como la pintan.
1º Dicen que nos van a equiparar el sueldo creando un complemento “ad personam“ donde absorberán todos nuestros pluses, incluida la antigüedad. A ver si en el dicho complemento a l@s trabajadores/as con reducción de jornada o contrato les pagarán los pluses de vestuario, transporte y quebranto en su totalidad, derechos que hemos conseguido a base de denuncias y sentencias.
2º Los derechos sociales, como permisos retribuidos en el caso de hospitalización o intervención de algún familiar, pasa a 1 día, siendo actualmente de 3 días, 4 si hay desplazamiento.“Ve al médico por el tiempo necesario y ya veremos cómo recuperarás las horas…”Ahora tenemos 4 horas para asistir a la consulta del especialista.
No habrá excedencias, ni forzosa ni voluntaria.
Del suplemento de enfermedad para las bajas largas…nos olvidamos.
De la IT (bajas) ni hablamos. Durante los primeros 21 días de baja, se cobra el 60% y a partir del día 22 el 75%. Ahora, los 3 primeros días de baja, se cobra el 50%; del 4º día de baja al día 99 el 75%; y a partir de los 100 días el 95%.
Si te pones enferm@, cuando te venga la nómina afectada por la baja tendrás una úlcera o depresión adicional (todo al mismo precio).
3º El carnet ferroviario de Renfe, si bien es una demanda del colectivo, no deja de ser una prestación paralela y no de uso universal, debiendo tener en cuenta que el descuento que se aplica al precio de los billetes a quienes lo utilizaran, se convierte en retribución en especie que también cuenta para la declaración de la renta como salario.
4º Que te van a subrogar de una forma que plantea muchas dudas, sobre todo por el modelo de trabajo: turnos, desarrollo, jornadas… durante un año. ¿Y transcurrido ese año, qué?
Te van a poner jornada partida? / Nadie dice ni “pío" al respecto. / Te pueden cambiar las condiciones de trabajo de un día para otro.
Si bien es cierto que tras las últimas modificaciones legales el convenio de empresa prevalece al de sector, también es cierto que el primero no puede empeorar las condiciones del segundo. Algo que sí se da en el caso que nos ocupa y que incita a la incomprensión de la negociación/adaptación llevada a cabo sin la participación de toda la representación sindical y en la que solo ha intervenido UGT.
Al día de hoy, existen demasiados flecos y demasiada incertidumbre en las trabajadoras, que se deben solventar (nadie que haya comparado los convenios se cree las “motos” de las delegadas de UGT que están vendiendo por los centros de trabajo). Y solo se nos ocurre una solución, por otra parte, la que se debiera haber escogido desde el primer momento: El inicio de la negociación por parte de Logirail con CGT, CCOO y UGT.
La historia del paso por las distintas licitaciones y cambios de empresa, nos dice que siempre se ha respetado el convenio y dejado claras las condiciones de subrogación.
HAY QUE DEFENDER NUESTRO ACTUAL CONVENIO, sea como sea, ya que recoge todos nuestros derechos y nos asegura un mañana. Derecho amparado por la Ley y lejos del medallero ugetista que pretende llevar a cabo un acuerdo francamente perjudicial para nuestros intereses y muy beneficioso para ellos y su “empresa”, restando capacidad negociadora al resto de formaciones sindicales y perjuicio a las trabajadoras.
“La rapidez que es una virtud, engendra un vicio que es la prisa”, prisa que ya no tenemos, pues los plazos para una posible autorización por parte del gobierno para el aumento de personal y el gasto que lleva aparejado, son largos.
Si nadie trabaja por ti, que nadie decida por ti
Elige CGT, no negociamos a tus espaldas
Comunicado

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