Comunicados
RENFE | 103 09/12/2025
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REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE REUNIÓN COMISIÓN NEGOCIADORA IV CONVENIO COLECTIVO G. RENFE.
La subida salarial
En la jornada de hoy se ha celebrado la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo del Grupo Renfe con el objetivo de pactar el reparto de la subida salarial del personal del Grupo Renfe. Esta subida, consecuencia directa del Acuerdo Marco de mejora de condiciones laborales y salariales para el funcionariado público llevado a cabo por el Gobierno, se hará efectiva el próximo mes de diciembre.
Según lo acordado por Real Decreto Ley 14/2025, las nóminas de la plantilla verán una subida del 2’5% para el 2025 de los valores de las tablas salariales a diciembre del 2024 (que incluyen el incremento del 0,5%). Esto quiere decir que el próximo día 19 de diciembre, en la nómina correspondiente, se apercibirá dicha subida junto con los atrasos que corresponden al año 2025 ya que la medida tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. Este reparto, ha sido aprobado por la mayoría del CGE (CCOO, UGT y SEMAF) junto con la Dirección de la Empresa.
El SFF-CGT hemos expresado que la negociación colectiva en el Grupo Renfe no puede estar supeditada a la Mesa de la Función Pública ni puede ser un techo salarial del incremento para las cuestiones que se están debatiendo en las distintas Mesas de Negociación. La subida salarial puede parecer atractiva, pero es insuficiente para abordar la pérdida de poder adquisitivo de Convenios anteriores y suponemos no cubrirá la financiación para compensar la actualización de las variables, la negociación en talleres o la esperada ordenación profesional de los CGO. Desde SFF-CGT pensamos que se debe de contar, además con una financiación extra para poder concretar un acuerdo satisfactorio.
¡Ahora vienen con prisas con el convenio!
La empresa ha adelantado que tiene intenciones de emitir en unos días un borrador genérico de propuesta de convenio. Aún sin concretar los detalles, creemos que incluirá los temas que hasta ahora se han ido avanzando. Parece que le ha entrado la prisa a la dirección de la empresa y quieren cerrar un texto breve para dejar el resto de contenidos, como pueden ser las movilidades o variables, trasladados a las eternas mesas de desarrollo como nos tienen acostumbrados en anteriores ocasiones.
Os anunciamos que hemos convocado una Concentración el día 16 de diciembre ante la sede de las principales empresas ferroviarias, a las 10:30 ADIF en Sor Ángela de Cruz y 12:00 en Renfe, Avd. Ciudad de Barcelona, para expresar nuestro descontento ante la situación de la negociación de los Convenios Colectivos.
SFF-CGT SEGUIRÁ VELANDO POR UN CONVENIO JUSTO
¡ÚNETE A LA CONCENTRACIÓN!
 COMUNICADO
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 ADIF 05/12/2025 | 102 EL ACUERDO JUAN PALOMO Y LOS EXPERIMENTOS DEL ADIF | RENFE 02/12/2025 | 101 ¿DE BUENA FE? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE INCUMPLIMIENTO DE LA JORNADA ANUAL ¡COMPENSACIÓN YA! | 128 2020-12-17 |
| COMUNICADO
 | Leido: 28 veces | Como ya dijimos, el 22 de marzo de 2018, la Secretaria de Estado de la Función Pública, publicó el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo Público y las condiciones de trabajo, acuerdo que preveía la reducción de la jornada laboral en las empresas del sector público.
Desde el 3 de julio de 2018 en la que se aprobó la Ley 6/2018 de PGE, por derecho Ley, a todos los/as empleados/as de empresas y entidades públicas, entre las que se encuentran ADIF y RENFE, nos corresponde esa reducción de jornada, como figura explícitamente en su Disposición Adicional 144, por eso en su momento, nos dirigimos al Secretario de Estado para que instara a los responsables de ADIF y RENFE y a los CGE a la obligada negociación para establecer reducción de la Jornada Laboral (ver comunicado nº 100).
Desde el principio el SFF-CGT presionó mediante movilizaciones a las dos empresas y a los diferentes sindicatos que componen los Comités Generales para que se negociara y se nos aplicara la disposición adicional 144, con unos resultados tan dispares que todos conocemos, diez días de reducción de la jornada en el ADIF y una imposición unilateral de RENFE con 17 minutos diarios de reducción y el 24 y 31 de diciembre. CGT sigue sin entender porque los sindicatos CC.OO y UGT han dejado pasar esta oportunidad para conseguir los mismos días que en ADIF.
En el último día del plazo para negociar, la Representación de los Trabajadores manifestó: “su rechazo a lo que considera una implantación unilateral al contenido de la Disposición Adicional 144”. En el punto 2 del Acta de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe del 30 de mayo de 2019, indica:
La interpretación de la empresa de la Disposición Adicional para su aplicación, ha generado que los trabajadores con descanso dominical hayan trabajado un día más durante el 2019 y otro día en el 2020 según el punto 2 y los calendarios laborales establecidos por la empresa.
Durante 2019 y 2020 el SFF-CGT en todas las negociaciones de los calendarios laborales en los Comités Provinciales, hemos manifestado que esos calendarios excedían de la jornada anual establecida. Ante la testarudez de la empresa de reconocer que íbamos a trabajar un día más en el 2019 y 2020, hemos presentado Conflicto Colectivo en la Audiencia Nacional para que se respeten nuestros derechos.
Desde el CGT creemos que si el CGE de manera unitaria defendiera los derechos de los trabajadores y no intereses sindicales, evitaríamos tener que judicializar el exceso de jornada.
POR EL REPARTO DEL TRABAJO Y LA RIQUEZA
32 HORAS DE JORNADA SEMANAL.
Comunicado

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