Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF MESA TÉCNICA EMPLEO. LA NUEVA NORMA ¿RETRASARÁ LA PROXIMA AGM? | 49 2021-05-19 |
| COMUNICADO
 | Leido: 34 veces | En el día de ayer se volvió a reunir la Mesa Técnica de Empleo para continuar con la negociación de una Nueva Norma de Movilidad. La empresa, con los documentos entregados hasta el momento y la postura ciertamente inmovilista mantenida, va dejando meridianamente claro su visión y pretensión en lo que entiende debe de ser la Nueva Norma de Movilidad. Una norma que dé respuesta a las necesidades de cobertura de las Áreas quedando en un segundo plano las verdaderas necesidades de las personas trabajadoras.
Estas “necesidades” tienen como pretensión dejar vía libre para realizar AGM’s a “la carta” por parte de las Áreas (movilidades por colectivos o ámbitos territoriales, etc) entre otras lindezas.
También pretenden que se mantenga como mínimo la obligación de contar con 2 años de antigüedad para participar, aunque si es por la D.G de Personas aumentaría a 3, 4 o 5 años la antigüedad necesaria.
Respecto al personal de nuevo ingreso, se abre la posibilidad a que un número determinado entrase con Residencia Definitiva, asignándoles las vacantes desiertas en la movilidad interna y el resto con Residencia Provisional y, que una vez obtenida la residencia definitiva permanezcan en su categoría y residencia durante al menos 3 años.
Lo que sí que nos ha quedado meridianamente claro es que este año no vamos a tener una AGM que dé respuesta a los ingresos de la OEP 2019. CGT fue la única Organización Sindical que solicitó la participación de las personas afectadas en la AGM 2020 o la realización de una posterior, por mucho que ahora otras Organizaciones que, con su firma, prohibieron la participación en la pasada AGM vengan a hacerse defensores de esta causa.
Desde CGT hemos manifestado que las convocatorias deben ser de ámbito general y estatal. No permitiremos posibles convocatorias provinciales o por colectivos que supongan el retorno de los CEP’S. Consideramos que no debe existir un periodo mínimo de antigüedad para participar en las convocatorias, sobre todo después de ver como en muchas ocasiones los nuevos ingresos acaban reemplazando a categorías superiores antes de esos 2 años. Volvemos a solicitar que los nuevos ingresos con residencia provisional puedan participar en promoción o reconversión a otras categorías en régimen subsidiario y estamos en contra de que se les obligue a contar con 3 años de antigüedad para poder participar en futuras acciones.
También hacemos hincapié en la necesidad de buscar una solución real a la fecha prevista de cambios de situación laboral y a la aplicación de la demora de traslado. No es posible que la norma recoja un objetivo y este luego no sea cumplido por la Direcciones Generales.
Todavía hay mucha tela que cortar en este traje que están diseñando el cual de momento se está quedando corto, muy corto como para poder “comprarlo” por parte de CGT. No así para otros que ya están empezando a tener buenas palabras para lo que están viendo en el escaparate y que quizás con pocos arreglos que se hagan se podría meter en la caja, poner el lazo y a venderlo.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |