Comunicados
RENFE | 58 02/07/2025
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NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO
Hoy se ha celebrado la Mesa Técnica General cuyo orden del día ha sido tratar la Desconexión Digital a propuesta del Grupo Renfe en la reunión del pasado 11 de junio con el objetivo de crear un Protocolo de Desconexión Digital.
Desde el SFF-CGT la hemos analizado en detalle. En líneas generales consideramos que la misma significa un buen punto de partida ya que su base normativa es sólida y se reconoce como un derecho fundamental vinculado al descanso, la salud y la conciliación. No obstante, profundizando en su contenido, este es insuficiente, ya que adolece de falta de obligatoriedad en su cumplimiento y ambiguo, al considerar ciertas excepciones pero sin especificaciones concretas. Además, queda patente una ausencia de mecanismos de control y sanción que pone de manifiesto un trato desigual en su aplicación según colectivos, por lo tanto, no garantiza de forma real y efectiva el cumplimiento de este derecho fundamental.
Hemos presentado una propuesta alternativa que refuerza este derecho como irrenunciable, universal y protegido frente a represalias, tal y como establece la legislación vigente y la jurisprudencia más reciente. No aceptamos que se introduzcan excepciones genéricas como “colectivos imprescindibles” sin criterios objetivos, ya que esto abre la puerta a la arbitrariedad y a la vulneración del principio de igualdad.
Además, exigimos que las medidas no sean meras recomendaciones, sino obligaciones vinculantes para toda la estructura del Grupo Renfe. La desconexión digital no puede depender de la voluntad individual de cada persona trabajadora o de interpretaciones de la Jefatura, sino que debe ser garantizada por la propia organización del trabajo y respaldada por herramientas técnicas y organizativas eficaces.
Nuestra propuesta incluye:
- Activación automática de funciones de desconexión fuera del horario laboral.
- Prohibición expresa de comunicaciones durante descansos y vacaciones.
- Formación obligatoria para mandos intermedios y personal directivo.
- Creación de una comisión de seguimiento con capacidad inspectora y sancionadora.
- Revisión periódica del protocolo y publicación de informes públicos.
El derecho al descanso, a la salud y a la conciliación no puede estar condicionado por las necesidades operativas de la empresa. Desconectar es vivir, es cuidar nuestra salud mental y física, y es también una forma de dignidad laboral.
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo un Protocolo que no deje a nadie atrás, que no permita abusos y que garantice que, fuera del horario laboral, nuestro tiempo es solo nuestro.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? | SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE TRABAJO A DISTANCIA EN RENFE | 73 2021-07-13 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 21 veces | En la primera reunión sobre Trabajo a Distancia (TD) del día 1 de Julio, en primer lugar, se expuso un documento por parte de la empresa, escueto hasta decir ¡basta! que no recogía casi nada de la legislación vigente sobre TD, como son los RDL 28 y 29/2020 y el Acuerdo de la Admón. General del estado (Art. 36.3 TREBEP). Tras esa primera reunión, fuimos emplazados a la reunión del día 7 en la que por parte de las Organizaciones Sindicales se efectuaron decenas de alegaciones al documento de la empresa. Se nos informó también, que las peticiones que realicen las personas interesadas se harán a través del portal Interesa.
Por parte de CGT, en vista de que el documento de TD resultaba insuficiente de principio a fin, entregamos nuestro propio documento, tomando como base la legislación actual y el documento confederal: “Teletrabajo, no es oro todo lo que reluce”.
Entre las aportaciones de nuestra plataforma están temas olvidados por el presentado por la empresa, como son Transparencia y Publicidad, Formación, condiciones económicas, violencia de género, representación sindical, evaluación de la implantación del TD, etc.
Ante la multitud de alegaciones presentadas por las Organizaciones Sindicales y la imposibilidad de la Empresa de recoger tantas aportaciones, solicitó al resto de Sindicatos que las enviaran urgentemente por escrito; siendo este próximo jueves día 15, en el que entregarán un nuevo documento de TD en el que intentarán recoger las aportaciones realizadas.
De las alegaciones efectuadas, la empresa dejó claro que no iba a entrar sobre el tema de abono o compensación de gastos de luz, ADSL, …, argumentando que no hay dinero y que además, las personas que realicen TD también ahorran en tiempo y en gastos de desplazamiento. Tampoco quieren entrar en el tema de que l@s compañer@s de nuevo ingreso tengan que esperar 1 año para poder acceder al TD. Alegando que se necesario ese año para conocer al equipo (que puede estar teletrabajando), la forma de trabajar y su integración en el mismo, exponiendo que, de ingresar e ir directamente al TD, en cuanto a la organización del trabajo no resulta provechoso.
Solicitamos aclaración al punto 9 sobre Equipos, cuyo redactado suena excluyente y que dice: “Para que un trabajador pueda acogerse a la modalidad de TD debe contar con el equipamiento que constará de Ordenador portátil o Tablet o Surface, teléfono móvil y cuenta de correo electrónico de Renfe”. Pudiéndose interpretar en este punto que, si no cuentas con esos tres requisitos no te podías acoger a la modalidad de TD. Sobre este punto manifestaron que era un error de redacción y que el espíritu del TD está en facilitar el acceso a la mayoría de las personas solicitantes.
Según la afiliación y parte de la plantilla afectada, nos ha manifestado su preocupación por la figura del AUTORIZADOR, que nos hace temer que seguirá prácticamente igual que hasta la fecha pues ese Autorizador que, aunque figura que es un Gerente de Área, al final hará lo que le transmita los mismos jefes que originaron la injusticia e inequidad de lo que se hizo sobre TD hasta la fecha.
En CGT creemos que nos encontramos ante una oportunidad única de mejora que no debemos desaprovechar, otra cosa será, lo que le empresa quiera y le firmen otros sindicatos.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1

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