Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE TRABAJO A DISTANCIA EN RENFE | 73 2021-07-13 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 21 veces | En la primera reunión sobre Trabajo a Distancia (TD) del día 1 de Julio, en primer lugar, se expuso un documento por parte de la empresa, escueto hasta decir ¡basta! que no recogía casi nada de la legislación vigente sobre TD, como son los RDL 28 y 29/2020 y el Acuerdo de la Admón. General del estado (Art. 36.3 TREBEP). Tras esa primera reunión, fuimos emplazados a la reunión del día 7 en la que por parte de las Organizaciones Sindicales se efectuaron decenas de alegaciones al documento de la empresa. Se nos informó también, que las peticiones que realicen las personas interesadas se harán a través del portal Interesa.
Por parte de CGT, en vista de que el documento de TD resultaba insuficiente de principio a fin, entregamos nuestro propio documento, tomando como base la legislación actual y el documento confederal: “Teletrabajo, no es oro todo lo que reluce”.
Entre las aportaciones de nuestra plataforma están temas olvidados por el presentado por la empresa, como son Transparencia y Publicidad, Formación, condiciones económicas, violencia de género, representación sindical, evaluación de la implantación del TD, etc.
Ante la multitud de alegaciones presentadas por las Organizaciones Sindicales y la imposibilidad de la Empresa de recoger tantas aportaciones, solicitó al resto de Sindicatos que las enviaran urgentemente por escrito; siendo este próximo jueves día 15, en el que entregarán un nuevo documento de TD en el que intentarán recoger las aportaciones realizadas.
De las alegaciones efectuadas, la empresa dejó claro que no iba a entrar sobre el tema de abono o compensación de gastos de luz, ADSL, …, argumentando que no hay dinero y que además, las personas que realicen TD también ahorran en tiempo y en gastos de desplazamiento. Tampoco quieren entrar en el tema de que l@s compañer@s de nuevo ingreso tengan que esperar 1 año para poder acceder al TD. Alegando que se necesario ese año para conocer al equipo (que puede estar teletrabajando), la forma de trabajar y su integración en el mismo, exponiendo que, de ingresar e ir directamente al TD, en cuanto a la organización del trabajo no resulta provechoso.
Solicitamos aclaración al punto 9 sobre Equipos, cuyo redactado suena excluyente y que dice: “Para que un trabajador pueda acogerse a la modalidad de TD debe contar con el equipamiento que constará de Ordenador portátil o Tablet o Surface, teléfono móvil y cuenta de correo electrónico de Renfe”. Pudiéndose interpretar en este punto que, si no cuentas con esos tres requisitos no te podías acoger a la modalidad de TD. Sobre este punto manifestaron que era un error de redacción y que el espíritu del TD está en facilitar el acceso a la mayoría de las personas solicitantes.
Según la afiliación y parte de la plantilla afectada, nos ha manifestado su preocupación por la figura del AUTORIZADOR, que nos hace temer que seguirá prácticamente igual que hasta la fecha pues ese Autorizador que, aunque figura que es un Gerente de Área, al final hará lo que le transmita los mismos jefes que originaron la injusticia e inequidad de lo que se hizo sobre TD hasta la fecha.
En CGT creemos que nos encontramos ante una oportunidad única de mejora que no debemos desaprovechar, otra cosa será, lo que le empresa quiera y le firmen otros sindicatos.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1

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