Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LAS MOVILIDADES DEL DÍA DE LA MARMOTA | 100 2021-11-10 |
| COMUNICADO
 | Leido: 2 veces | El 1 de julio de 2021 se publicaron los listados provisionales de las movilidades geográficas de Operador Comercial Especializado N1 y Operador Comercial N1, Supervisor Comercial De Trenes, Supervisor Comercial De Estaciones y Operador Comercial Especializado N2.
El 6 de septiembre, se hicieron públicas las resoluciones provisionales de las movilidades funcionales de Operador Comercial N1, Supervisor Comercial De Trenes, Supervisor Comercial De Estaciones y Operador Comercial Especializado N2. También se publicaron los listados provisionales de la movilidad geográfica N2.
Acerca de estas últimas convocatorias, se abrió un plazo de reclamación cuya fecha límite fue el pasado 22 de septiembre de 2021.
Desde entonces, a día 10 de noviembre, únicamente hemos tenido noticia de la resolución definitiva de las resoluciones definitivas geográficas y funcionales de Supervisor Comercial Trenes Y Supervisor Comercial Estaciones.
El resto de las movilidades parecen olvidadas. Todas las semanas amanecemos, como si fuera el día de la marmota, con el anuncio de que la semana que viene se publicarán los listados definitivos y comenzarán a moverse l@s compañer@s a sus nuevas residencias. Un proceso que, desde su inicio, ha tenido una total falta de transparencia.
Pero el viernes, otra vez el mismo cuento… la semana que viene.
Hay que añadir la indignante ausencia de organización, que puede ocasionar que lleguen nuevas incorporaciones por delante de gente que ha solicitado determinadas plazas, teniendo más derecho, en base a la ordenación profesional.
Es una falta de respeto intolerable a la vida de nuestr@s compañer@s, que llevan años esperando el regreso o el acercamiento a sus lugares de residencia, que han sufrido la pandemia alejados de los suyos, que no saben si prorrogar sus contratos de alquiler, que desconocen la residencia definitiva que les será asignada y que no pueden planificar los aspectos más básicos de su vida, al vivir en una incertidumbre constante.
La falta de empatía por parte de Renfe es increíble. L@s trabajadores y trabajadoras del grupo no son números, no son matrículas, son personas cuyas vidas se ven afectadas por la desidia, la incompetencia y la falta de comprensión por parte de los altos estamentos de la empresa.
Desde CGT, hemos escrito una carta a la Dirección de RRHH exigiendo la inmediata resolución de todas las convocatorias, el inicio de las formaciones y la consiguiente movilidad de todas las personas a sus nuevas residencias.
Comunicado

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