Comunicados
 
RENFE
75
09/10/2024
HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE
 
El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
IRYO
09/10/2024
COMUNICADO CONJUNTO
NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA
 
 
ADIF
09/10/2024
74
AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF
 
ADIF
01/10/2024
73
PLAZAS PROVISIONALES: ¡QUE COMIENCE EL BAILE!
 
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Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


S.AUX-AT.CLI
LA AN SENTENCIA SUBROGACIÓN Y VALIDA EL PROCESO DE LA OEP.
110
2021-11-26

COMUNICADO             
  
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La Audiencia Nacional ha dictaminado en base a los conflictos colectivos interpuestos solo por CGT y SF, estimando que procede la subrogación por aplicación de la Directiva 2001/23 y art.44 del E.T manteniendo las condiciones personales y convencionales de l@s trabajadores/as y no declara fraudulenta la Oferta de Empleo Público en base a la Doctrina del TJUE y del TS.

La sentencia también establece la inaplicabilidad del Convenio de Sector de Servicios Auxiliares ni el de Contratas Ferroviarias siguiendo lo ya sostenido por el Tribunal Supremo en sentencias anteriores. Por lo que, hasta la firma de un nuevo acuerdo entre Logirail y la representación sindical, se han de mantener las condiciones laborales que se tenían en las empresas anteriores, dada la sucesión de empresas dictaminada.

Acepta también la sucesión de l@s trabajadores/as con base en dos elementos, el efectivo de que se ha producido la asunción de la práctica totalidad de la plantilla que desarrollaba previamente la actividad y, el jurídico, en la medida en que la convocatoria establecía el máximo de puntuación posible dentro de una convocatoria de empleo público respecto de la experiencia a tales plantillas.

La sentencia no entra a valorar la situación jurídica de quienes han accedido a Logirail, por lo que la consideración de trabajadores que han accedido a una empresa pública por convocatoria bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad, se mantiene.
Esta es la única verdad y la realidad de los hechos sin florituras, el fruto de la lucha, de las demandas, de escuchar a la afiliación, de no arrogarnos triunfos y méritos ajenos.

Desde CGT seguiremos trabajando de forma seria y coherente por la seguridad en la contratación, la mejora de las condiciones laborales, el grado de empleabilidad y todas aquellas necesidades e intereses que l@s trabajadores/as exijan. Para los teatros, ferias y relatos de ciencia ficción ya están los demás.

TÚ ELIGES. ELIGES SERIEDAD, HONESTIDAD Y DIGNIDAD

O ELIGES SEGUIR MAREANDO LA PERDIZ

NO LO DUDES, AFÍLIATE A CGT.


Comunicado                   
  











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