Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL POR LA INCORPORACIÓN DE LOGIRAIL A LA NEGOCIACIÓN DEL III CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE | 6 2022-01-18 |
| COMUNICADO
 | Leido: 15 veces | Hoy, 18 de enero de 2022, desde CGT hemos entregado a Renfe una carta, solicitando la incorporación a la negociación de su III Convenio Colectivo del personal de Logirail.
Es un momento crucial en el que podemos ver aumentar y consolidarse nuestros derechos como ferroviarios y ferroviarias, mediante la lucha por obtener un convenio justo que recoja las demandas de tod@s l@s trabajadores y trabajadoras del sector.
Desde CGT, consideramos que estos derechos que reclamamos deben hacerse extensivos a todas las empresas propiedad del grupo Renfe, en este caso Logirail y el personal de handling ferroviario, que recientemente han sido subrogados a Logirail.
No comprendemos el establecimiento de una doble estructura empresarial, que contemple por un lado al Grupo de Empresas Renfe, la entidad pública empresarial Renfe Operadora y las sociedades estatales mercantiles con denominación Renfe y participadas al 100% de la anterior y, por otro, entidades que son de titularidad de las mismas como la propia Logirail.
Parece un claro intento de precarizar el colectivo ferroviario, creando ferroviarios y ferroviarias de primera y de segunda para abaratar costes, recortar derechos, exprimir a las compañeras y continuar con la deriva liberal que ha tomado la dirección del Grupo Renfe.
Una directiva que pretende destruir el trabajo público de calidad, olvidando que esta empresa es de capital público y debe ser ejemplar en su respeto a los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
Desde CGT, siempre seremos firmes y contundentes defendiendo que, a mismo trabajo, mismo salario y a mismo trabajo, mismos derechos. No podemos permitir que la empresa deje a nadie fuera de la negociación del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe.
LOGIRAIL
MISMO TRABAJO, MISMO SALARIO.
MISMO TRABAJO, MISMOS DERECHOS.
Comunicado

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