Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL PLAN DE IGUALDAD DE RENFE NO RESPETA LOS MÍNIMOS LEGALES | 9 2022-01-31 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 3 veces | En junio de 2021, la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe aprobó, con mayoría de los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT, un II Plan de igualdad que es una burla a las normas que regulan dichos planes. Esto ya lo dijimos desde CGT, en nuestro Comunicado 57/2021. No teníamos ninguna duda. Sabemos leer, y sabemos de la nula voluntad de la dirección del Grupo Renfe para promover la igualdad entre sus trabajadoras y trabajadores.
La Dirección General del Trabajo está de acuerdo con nosotras. El II Plan de igualdad del Grupo de Renfe no es válido y no puede inscribirse en el Registro de Convenios, Acuerdos colectivos y Planes de igualdad, por no cumplir los mínimos legales que mandata la Ley. Por ello, mañana se ha convocado una nueva reunión de la Comisión Negociadora para subsanar el Plan. Desconocemos la nueva versión (¿es que la Dirección cree que no estamos por la igualdad o es que teme nuestro compromiso con ella?), pero caben pocas esperanzas.
Los Reales Decretos 901/2020, sobre planes de igualdad, y 902/2020, sobre igualdad retributiva, establecen unos mínimos que la Dirección de Renfe quiso olvidar. Por ejemplo, el Informe del Diagnóstico tiene tantas lagunas (retribuciones, prevención de los acosos) que no informa de la situación de igualdad en la empresa. El Plan ha renunciado también a realizar una auditoría retributiva (es más, Renfe ha renunciado a cumplir su obligación legal de elaborar un registro retributivo) y, por tanto, no incluye, porque es imposible con estas ausencias, un plan para corregir las desigualdades retributivas. ¿Y qué pasa si resulta que el Plan de igualdad tiene que ser modificado, porque no sirve a su propósito? Nada, porque tampoco tiene un procedimiento de modificación…
Son tantos los despropósitos, que hasta el II Plan de igualdad de Renfe enuncia puntos en su índice que no existen en su desarrollo: normativa de referencia, bibliografía o guía de lenguaje inclusivo. Como todo lo que atañe a la igualdad y al feminismo en Renfe, son asuntos que quedan pintones en una declaración de intenciones, pero que la Dirección del Grupo debe de considerar demasiado aburridos para desarrollar.
De la Dirección del Grupo Renfe, poco podíamos esperar en materia de igualdad. Del SEMAF, no sabemos si se puede esperar algo, sobre cualquier cosa. ¿Qué hay de CCOO y UGT? Es difícil explicar el nulo compromiso con la igualdad de mujeres y hombres de dos sindicatos que acordaron con el gobierno los Reales Decretos y el nuevo contenido de los planes de igualdad. Mañana sabremos si rectifican y convierten en real su compromiso formal con la igualdad de mujeres y hombres.
Nuestra postura es clara: como feministas, ni un paso atrás en la aplicación de las leyes de igualdad.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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