Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RENFE NO CUMPLE LAS LEYES DE IGUALDAD ¿Y LA IGUALDAD, PARA CUANDO? | 40 2022-03-23 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 40 veces | Tras la denuncia de CGT, la Inspección de Trabajo obliga a RENFE a entregar el registro salarial. Como el resto de empresas públicas y privadas, RENFE está obligada desde el 14 de abril de 2021 a entregar el registro salarial a la plantilla y a los sindicatos. Esta obligación legal es fruto de un acuerdo firmado por el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y los sindicatos mayoritarios, que dio lugar al Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre géneros.
La igualdad de género debería ser un elemento central en la gestión de cualquier empresa y más en el caso de las empresas públicas. Pero RENFE, lo de la igualdad, lo lleva regular. Tan regular lo lleva, que ha elaborado un pseudo plan de igualdad que no cumple los mínimos legales, negándose, además a entregar el registro salarial.
Tras la denuncia de CGT, la resolución de la inspección de trabajo es demoledora:
· Constata que RENFE no ha entregado el registro retributivo, que debe contener los salarios medios y medianos por categorías y niveles, desde personal operativo hasta personal de dirección fuera de convenio y desagregados por sexo.
Recuerda a la dirección de RENFE su obligación legal de aplicar el principio de igualdad de oportunidades, la igualdad de trato entre hombres y mujeres, la igualdad retributiva por trabajo de igual valor y la transparencia retributiva.
· Levanta acta de infracción por el incumplimiento de medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres, que se tipifica como Infracción administrativa GRAVE.
· Requiere a RENFE a que entregue el registro salarial en el plazo de dos meses.
Ya queda menos para que la plantilla de RENFE tenga a su disposición el registro salarial, tal y como marca la ley. Tic tac, tic tac.
No podemos comprender como los sindicatos mayoritarios, que son los mismos que han firmado el buen acuerdo que dio lugar al Real Decreto 902/2020 no han realizado ninguna actuación durante más de un año para obligar a RENFE a cumplir la ley.
También nos cuesta entender cómo es posible que el resto de sindicatos firmen un Plan de Igualdad que es puro humo, y que ni siquiera hace referencia al registro salarial.
En el día de hoy han convocado a la Mesa de Igualdad y aspectos sociales para entregarnos un borrador del II Plan de Igualdad que incluye un Informe de Auditoría Retributiva para su estudio y aprobación mañana día 24, siendo muy poco tiempo para su estudio. Nos parece una barbaridad que, ante un tema tan importante, ahora le vengan las prisas.
Desde CGT entendemos que el borrador del II Plan de Igualdad no cumple con el requerimiento de la Inspección de Trabajo, ni con la Comunicación de Subsanación del Plan de Igualdad de la Dirección de Trabajo, por lo tanto, a nuestro entender no puede ser aprobado por la RLT.
Para la CGT, la igualdad de género es un asunto muy importante, y la seguiremos defendiendo con todos los medios a nuestro alcance.
LA IGUALDAD NO DEBE SER UN MERO TRÁMITE. ÚNETE A CGT
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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