Comunicados
IRYO | 100 02/12/2024
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CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO Tras consultar con la afiliación el SFF-CGT decidió no convocar huelga los días 5 y 6 de diciembre por no poder cumplir los plazos ya que la reunión del SIMA se celebró el día 26 de noviembre y por lo tanto no podíamos cumplir los diez días necesarios para cumplir con el plazo legal para convocar huelga.
Con el ánimo de dar una oportunidad más a la negociación, la afiliación del SFF-CGT decidió no convocar huelgas los días 8 y 9 de diciembre, no tenemos mucha confianza en que se resuelva de una vez por todas las reivindicaciones que arrastramos desde hace dos años y que reunión tras reunión la Dirección de la empresa IRYO ha ido demorando, pero acudiremos a las reuniones convocadas por la dirección para los días 13 y 20 de diciembre.
Acudiremos a las reuniones con el mismo objetivo que a las anteriores, que se finalice la desigualdad entre colectivos y se cumpla con lo regulado por ley.
Como venimos diciendo hace meses el SFF-CGT no va a renunciar a la presión hasta conseguir los objetivos motivo por el cual, hoy día 2 de diciembre el SFF-CGT hemos convocado HUELGAS en IRYO para los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025.
Nadie nos va a regalar nada, los derechos se conquistan. La capacidad para negociar la dan todas las personas trabajadoras que se movilizan para conseguir sus objetivos.
Los nuestros son:
• Las dietas que no generen desigualdad, para el colectivo de ASISTENTES.
• La compensación en nocturnidad para quien la trabaje.
Las direcciones de las empresas llegado a este momento intentarán confundir y actuar contra la huelga, así como sus adláteres y mensajeros (disfrazados de clase trabajadora) difundiendo miedo a cambio de ¿qué?
Pero la realidad es que el derecho a hacer HUELGA es un derecho CONSTITUCIONAL que todos y todas podemos llevar a efecto en defensa de nuestras reivindicaciones.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS | ADIF 28/11/2024 | 98 EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL POR QUÉ HEMOS DENUNCIADO Porque los derechos de l@s trabajadores/as se defienden sí o sí. | 41 2022-03-23 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
| Leido: 43 veces | Porque los derechos de l@s trabajadores/as se defienden sí o sí.
CGT ha interpuesto un conflicto colectivo en la Audiencia Nacional, para defender los derechos de l@s trabajadores/as, y una vez consultado que el procedimiento llevado a cabo por la empresa no era ajustado a derecho, como así habíamos manifestado en el acta del comité intercentros con fecha 16/02/22 TODA la RLT, pidiendo así la NULIDAD del mismo y las medidas cautelares hasta que hubiera una sentencia.
Nosotros en nuestra demanda no expresamos que se tenía que haber tramitado como una modificación sustancial de condiciones de trabajo (MSCT), dijimos que no es una aplicación del Art. 68 del Convenio, por cuanto no solo no justifican las causas que deben concurrir para darse las revisiones, sino que hacen referencia a ellas de manera genérica y no individualizadas. Que lo que entendemos, es que se da una MSCT encubierta en fraude de ley por razones económicas. Y que, a tenor de la aceptación de las medidas cautelares, se entiende que existe apariencia de buen derecho.
A día de hoy la empresa no ha entregado la documentación solicitada por esta y otras secciones sindicales que justifique plenamente lo que alega para llevar a cabo lo que pretende.
Desde CGT, no podemos compartir lo que la empresa ha manifestado en las comunicaciones a las personas afectadas sobre su imposibilidad organizativa, la no realización de la jornada contratada, el que no existen servicios para cumplir con esas adaptaciones.
Debemos recordar, que las circulaciones están aumentando y la previsión es que se recuperen en un corto plazo a niveles prepandemia.
Recordamos a l@s trabajadores/as que pueden renegociar en cualquier momento dichas adaptaciones/reducciones, tal y como establece la ley en los artículos 37.6 y 34.8 del ET.
Como representantes de l@s trabajadores/as nos debemos a TOD@s, y si vemos algo no ajustado a derecho nuestro deber es proteger a la plantilla, además de que aquell@s trabajadores/as que lo consideren, denuncien de forma individual.
Nosotr@s vamos de frente y nuestras manifestaciones van acordes a nuestros actos a diferencia de otras organizaciones sindicales, cuyos servicios jurídicos están ojipláticos ante la forma de proceder de las secciones a las que representan.
Por último, este lobo con piel de cordero que es nuestra empresa, hoy envía una misiva cuando en dos años de Pandemia no ha sido capaz ni de preguntar e interesarse por la situación de sus trabajadores/as. Ahí está el ejemplo de preocupación por la conciliación familiar y laboral que expresa en su carta.
Esta empresa ávida de beneficios, dice hoy mirar por la conciliación de la plantilla, pero no quiere turnos generales, nos sobrecarga de trabajo reduciendo l@s trabajadores/as por tripulación a límites insostenibles, no quiere negociar un adelanto a cuenta de futuras subidas que amortigüen la actual situación de inflación desorbitada, nos merma derechos y condiciones …y un sinfín de “agresiones” laborales continuas.
Nuestra intención no es perjudicar a nadie, nos ponemos a disposición de tod@s l@s trabajadores/as que quieran conocer nuestra versión, sus derechos e informarles de la demanda presentada para que puedan ver lo que alegamos desde CGT.
Comunicado Anexo 1 Anexo 2
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