Comunicados
 
RENFE
75
09/10/2024
HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE
 
El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
IRYO
09/10/2024
COMUNICADO CONJUNTO
NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA
 
 
ADIF
09/10/2024
74
AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF
 
ADIF
01/10/2024
73
PLAZAS PROVISIONALES: ¡QUE COMIENCE EL BAILE!
 
Buscar comunicado:
 

Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


FERROVIAL
POR QUÉ HEMOS DENUNCIADO
Porque los derechos de l@s trabajadores/as se defienden sí o sí.
41
2022-03-23

COMUNICADO   Anexo 1   Anexo 2             
  
Leido: 43 veces

Porque los derechos de l@s trabajadores/as se defienden sí o sí.
CGT ha interpuesto un conflicto colectivo en la Audiencia Nacional, para defender los derechos de l@s trabajadores/as, y una vez consultado que el procedimiento llevado a cabo por la empresa no era ajustado a derecho, como así habíamos manifestado en el acta del comité intercentros con fecha 16/02/22 TODA la RLT, pidiendo así la NULIDAD del mismo y las medidas cautelares hasta que hubiera una sentencia.

Nosotros en nuestra demanda no expresamos que se tenía que haber tramitado como una modificación sustancial de condiciones de trabajo (MSCT), dijimos que no es una aplicación del Art. 68 del Convenio, por cuanto no solo no justifican las causas que deben concurrir para darse las revisiones, sino que hacen referencia a ellas de manera genérica y no individualizadas. Que lo que entendemos, es que se da una MSCT encubierta en fraude de ley por razones económicas. Y que, a tenor de la aceptación de las medidas cautelares, se entiende que existe apariencia de buen derecho.

A día de hoy la empresa no ha entregado la documentación solicitada por esta y otras secciones sindicales que justifique plenamente lo que alega para llevar a cabo lo que pretende.
Desde CGT, no podemos compartir lo que la empresa ha manifestado en las comunicaciones a las personas afectadas sobre su imposibilidad organizativa, la no realización de la jornada contratada, el que no existen servicios para cumplir con esas adaptaciones.

Debemos recordar, que las circulaciones están aumentando y la previsión es que se recuperen en un corto plazo a niveles prepandemia.

Recordamos a l@s trabajadores/as que pueden renegociar en cualquier momento dichas adaptaciones/reducciones, tal y como establece la ley en los artículos 37.6 y 34.8 del ET.

Como representantes de l@s trabajadores/as nos debemos a TOD@s, y si vemos algo no ajustado a derecho nuestro deber es proteger a la plantilla, además de que aquell@s trabajadores/as que lo consideren, denuncien de forma individual.

Nosotr@s vamos de frente y nuestras manifestaciones van acordes a nuestros actos a diferencia de otras organizaciones sindicales, cuyos servicios jurídicos están ojipláticos ante la forma de proceder de las secciones a las que representan.

Por último, este lobo con piel de cordero que es nuestra empresa, hoy envía una misiva cuando en dos años de Pandemia no ha sido capaz ni de preguntar e interesarse por la situación de sus trabajadores/as. Ahí está el ejemplo de preocupación por la conciliación familiar y laboral que expresa en su carta.

Esta empresa ávida de beneficios, dice hoy mirar por la conciliación de la plantilla, pero no quiere turnos generales, nos sobrecarga de trabajo reduciendo l@s trabajadores/as por tripulación a límites insostenibles, no quiere negociar un adelanto a cuenta de futuras subidas que amortigüen la actual situación de inflación desorbitada, nos merma derechos y condiciones …y un sinfín de “agresiones” laborales continuas.

Nuestra intención no es perjudicar a nadie, nos ponemos a disposición de tod@s l@s trabajadores/as que quieran conocer nuestra versión, sus derechos e informarles de la demanda presentada para que puedan ver lo que alegamos desde CGT.

Comunicado   Anexo 1   Anexo 2                   
  











© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid]
Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es

POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Óptima visualización: 1280 x 960
Sector Federal Ferroviario


desde 16-03-2016