Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF PACTAN COLOCARSE | 81 2022-06-23 |
| COMUNICADO
| Leido: 42 veces | Hoy se ha celebrado la enésima traición, en la última reunión de la Mesa Técnica de Empleo, cerrando el documento final sobre la nueva Norma Marco de Movilidad (NMM), un documento que modifica la normativa de movilidad y será la Comisión Negociadora quien de su ratificación, adquiriendo así rango de Convenio.
Tenemos la impresión de que cada uno de los firmantes ha jugado a pastelear sus chanchullos, sin darle la importancia real a la afectación que tiene este acuerdo, por cuanto se trata de la derogación de un importante número de artículos de la normativa laboral. A CCOO, UGT y SCF, la pérdida de derechos que conlleva este nuevo marco no les ha parecido “escandalosa” y por eso lo han firmado sin miramientos. Desde CGT no hemos avalado la venta de derechos fundamentales que consideramos debe tener la Norma que regirá las futuras acciones de movilidad.
Falta de Transparencia
• NO IDENTIFICAN VACANTES. No quieren figurar el número de vacantes al inicio del proceso, vulnerando los principios de publicidad y transparencia, obligando a participar a ciegas e incumpliendo la Sentencia 1108/2021 del Tribunal Supremo.
• NO AFLORAN LOS REEMPLAZOS. Ni una mención al compromiso de la Clausula 10ª del II Convenio Colectivo para reducir el número de cesiones temporales y reemplazos existentes.
• NO IDENTIFICAN EXCEDENTES CONFORME NLV. Las bases de las convocatorias serán las que identifiquen los excesos de personal, eliminando así la función que hasta ahora recaía en los Comités Provinciales de identificar en el primer y tercer trimestre.
• NO IDENTIFICAN EL ORIGEN DEL PARTICIPANTE. Difícilmente sabremos de donde viene cada participante. Así, podemos ver como cada semana aterrizan nuevos “paracaidistas” en nuestras residencias que no sabemos de dónde vienen ni a donde van.
• NO GARANTIZAN RESULTAS 1 A 1. Será la empresa quién determine cuantas plazas se publican en cada residencia, dependiendo del número de salidas. Tienen que priorizar las necesidades de producción y no quieren posibles desequilibrios.
• NO NOS PERMITEN PARTICIPAR EN LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. La empresa y el nuevo tridente (CCOO, UGT y SCF) no permiten que CGT, firmante del II Convenio Colectivo, pueda estar nunca más en ninguna Comisión de Seguimiento, así se aseguran manga ancha para colocar a los suyos.
Falta de Universalidad
• NO PUBLICARÁN AGMs ANUALES. Han pasado de “garantizar” acciones cada 6 meses a un periodo de 3 años si no existe personal en Residencia Provisional o 2 años si continúan estas.
• NO SE GARANTIZA ÁMBITO GEOGRÁFICO ESTATAL. Los firmantes permitirán convocatorias provinciales. Solo hay que observar la ubicación de las futuras bases de mantenimiento y bases SIC + para saber qué provincias se quedarán sin personal en una movilidad estatal, prácticamente todas las vacantes se cubrirán en las movilidades provinciales que determine la empresa.
• NO PERMITEN PARTICIPAR EN RÉGIMEN SUBSIDIARIO. En lugar de dejar participar a todo el personal en régimen subsidiario a cada categoría, hacen un remiendo para dejar participar al personal con Residencia Provisional con dos años de antigüedad pero únicamente dentro de su grupo y subgrupo profesional. Parches y más parches.
• NO PERMITEN LA LIBRE PARTICIPACIÓN. Si alguna persona adjudica la primera plaza solicitada, tendrá un castigo de 3 años sin volver a participar en una nueva Acción de Movilidad y viendo que no habrá AGMs anuales, este periodo previsiblemente se incrementará.
• NO SUPRIMEN RESIDENCIAS PROVISIONALES. Seguirá existiendo la figura de la Residencia Provisional que tantos problemas de conciliación familiar está generando y que en la actualidad afecta a cerca del 40% del personal. Eso sí, abren la posibilidad a que pueda ingresarse con Residencia Definitiva si se cumplen una serie de requisitos similares al acceso a la carrera universitaria con la nota de corte más alta.
Para darle un “lavadito” de cara al acuerdo han pactado disposiciones transitorias que hagan más digerible el mismo, concretamente 6. No hace falta explicar el significado de transitorias: son para un momento concreto, en este caso el momento actual. Cuando las aguas se relajen, la Norma Marco de Movilidad, se aplicará con la contundencia que su redactado establece.
Ahora sí, una vez que han conseguido que su Norma salga adelante, a primeros de noviembre se pondrá en marcha la AGM que habían sustraído a muchas personas trabajadoras de Adif. Una semana después de la fecha de firma de contratos de la 2ª tanda de la OEP 2021. ¿Por qué no retrasaron unas semanas la AGM 2020 para que participasen las Residencias Provisionales de la OEP 2019? ¿Por qué no han hecho caso a las peticiones de CGT, en solitario, para publicar una AGM 2020 paralela y dar solución a las Residencias Provisionales de las OEP 2019 y 2020? Que no cuenten milongas de la “irresponsabilidad” de CGT, llevamos casi dos años reclamándola.
La decisión de sacarnos de las Comisiones de Seguimiento de las AGM que se publiquen, mucho tiene que ver con quitarse de en medio al sindicato que pone luz y taquígrafo en todas las reuniones exigiendo el estricto cumplimiento de los acuerdos en vigor y por tanto tener camino libre para terminar de apalancar los tan necesarios chanchullos que caracterizan a los sindicatos clientelistas que tienen que mantener su estatus adquirido a base de traicionar los intereses de la clase trabajadora.
CGT impugnará esta Norma por las múltiples irregularidades que contempla, incluido el derecho de participación que por ser firmantes del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV nos asiste e iniciaremos la correspondiente comisión de conflictos que una gran mayoría de trabajadores y trabajadoras de Adif nos habéis reclamado.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado
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