Comunicados
RENFE | 94 11/11/2025
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MOVILIDAD EXTRAORDINARIA EN INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO HACER LO MISMO Y ESPERAR RESULTADOS DISTINTOS Una vez más, la Dirección del Grupo Renfe demuestra su falta de escucha y su incapacidad para rectificar. La reunión de movilidad extraordinaria celebrada el pasado jueves en la sala 100 de Fuencarral volvió a dejar claro que la empresa sigue actuando de espaldas a su plantilla, ignorando las propuestas razonables de la representación sindical y manteniendo un modelo autoritario que bloquea la conciliación y limita el desarrollo profesional.
ESCASOS AVANCES REALES
Durante más de cuatro horas se abordaron cuestiones clave: la cobertura de vacantes, los cambios de especialidad y la situación de quienes aprobaron en la anterior convocatoria pero quedaron sin plaza. La empresa, fiel a su estilo, comenzó negándose a permitir los cambios de especialidad y eliminando incluso la plaza de Granada, una decisión que anticipa el incierto futuro de ese taller y evidencia la falta de compromiso con su personal.
La presión de la representación sindical consiguió un pequeño avance: la creación de un quinto grupo subsidiario para quienes acrediten titulación y antigüedad suficiente. Un paso mínimo, pero que demuestra que cuando se presiona, se consiguen resultados.
LOS PROBLEMAS DE FONDO SIGUEN SIN RESOLVERSE
Sin embargo, los problemas de fondo permanecen. Los cambios de especialidad denegados siguen sin resolverse, y Renfe vuelve a escudarse en su supuesta “incapacidad” para atender las demandas. El corsé del artículo 14.6 continúa impidiendo una movilidad real y afectando directamente a la conciliación y a la planificación personal, mientras las plazas siguen sin cubrirse y la empresa se empeña en sostener un modelo que no funciona.
NO SEREMOS CÓMPLICES DE ESTE MODELO
Desde SFF-CGT lo tenemos claro: no seremos cómplices de este modelo fracasado ni de los acuerdos que recortan derechos y dignidad a la plantilla. Mientras otros firman sin cuestionar, nosotros seguiremos denunciando la incoherencia, la falta de transparencia y el autoritarismo que impiden avanzar hacia una movilidad justa, transparente y negociada.
Porque la movilidad debe servir para crecer, no para castigar. Seguiremos firmes, defendiendo la lógica frente a la imposición y los derechos frente a los privilegios.
SFF-CGT: HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 11/11/2025 | 93 EL SFF-CGT PRESENTA UNA COMISIÓN DE CONFLICTOS POR LA PARÁLISIS DEL III CONVENIO | LOGIRAIL 06/11/2025 | 92 SALARIOS DE OUTLET, DIRECCIÓN DE LUJO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL LICENCIAS RETRIBUIDAS POR ENFERMEDAD, TAMBIÉN EN LOGIRAIL | 91 2022-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 3 veces | En el año 2012, la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, relacionándolo con el RD 20/2012, y en la Orden del Ministerio de Hacienda HAP/2802/2012 se estableció:
“Artículo 3. Días de ausencia sin deducción de retribuciones
1. El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta normativa es de aplicación personal al servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma.”
Desde CGT consideramos desde la publicación de la Ley, que este derecho correspondía a las empresas de carácter público, reclamándolo antes en Renfe y ahora en Logirail, y por distintas razones:
1. Lo otorga una Ley que tiene rango superior al Convenio Colectivo.
2. Se aplica en el Grupo Renfe.
El pasado 7 de octubre del 2021, CGT remitimos un escrito a la Dirección de Logirail, solicitando que fuera de aplicación el derecho a disponer de estos 4 días de ausencia. Al no obtener respuesta positiva y tras varios intentos de negociación, interpusimos un Conflicto Colectivo en la Audiencia Nacional que ha venido a darnos la razón, estimando además la sala, temeridad e imponiendo una multa a Logirail de 1.000 €.
La AN declara: “Estimando la demanda interpuesta por CGT, UGT Y CCOO contra LOGIRAIL SME, declaramos el Derecho de los trabajadores de LOGIRAIL a disponer y disfrutar de cuatro días anuales de ausencia por enfermedad, que no den lugar a Incapacidad Temporal, pudiendo ser solo tres consecutivos, sin generar ningún descuento en la nómina del trabajador”. (Anexa)
Por lo tanto y a partir de ahora, toda la plantilla de Logirail tendrá ese derecho. Estando atentos al cumplimiento de esta sentencia y pendientes de las ocurrencias que puedan surgir del seno de una empresa a la que hay que sacarle los derechos mediante decisiones judiciales, en un claro ejemplo de falta de voluntad negociadora.
Una vez más, desde CGT velamos por el cumplimiento de los derechos adquiridos, además de reclamar aquellos que son de aplicación y a los que deberíamos tener acceso desde la negociación colectiva.
CGT, COMPROMISO, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.
Comunicado

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