Comunicados
RENFE | 100 28/11/2025
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UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA SEGUIMOS CON LA NEGOCIACIÓN DEL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE.
Os trasladamos la información de las tres reuniones mantenidas ayer 27 de noviembre.
Modificación de la Cláusula 14 del I Convenio de Renfe Operadora
La empresa nos comunica su intención de modificar la cláusula 14ª relativa a las garantías en situaciones de Incapacidad Temporal. Esta modificación incluye una mejora de la prestación económica en los siguientes supuestos:
• Menstruación incapacitante.
• Embarazo a partir del primer día de la semana 39.
• Donación para trasplantes de tejidos y órganos, así como los procesos previos y posteriores derivados de la misma.
Consideramos esta actualización una buena noticia, ya que supone la aplicación por parte de la empresa de la legislación vigente.
Contingencias Comunes
Recordamos, que el pasado mes de septiembre, la Dirección de Renfe decidió de forma unilateral que Mutua Fraternidad Muprespa, hasta ahora encargada únicamente de las contingencias profesionales, asumiera también la gestión de las contingencias comunes (bajas por enfermedad común y accidente no laboral).
En la reunión han participado cuatro representantes de la mutua, cuyo objetivo evidente era “vender” su modelo de gestión. A pesar de presentarse como una entidad sin ánimo de lucro, informan de excedentes de 1.700 millones de euros.
Nos trasladan que solicitarán el historial médico de las personas trabajadoras, obviando los límites establecidos por la normativa de protección de datos, con la excusa de facilitar una “pronta reincorporación”. Afirman además que realizarán seguimiento de las incapacidades incluso sin ser personal médico facultativo, y que la falta de asistencia a una cita con la mutua podría dar lugar a la retirada automática de la prestación, sin margen para justificar la ausencia.
El Comité General de Empresa ya expresó el rechazo a esta medida. Desde el SFF-CGT, defendemos que la gestión de las contingencias comunes debe permanecer en manos del INSS y del sistema público de salud, únicos garantes de una atención imparcial y basada en criterios clínicos. Externalizar este servicio supone aumentar la presión sobre las personas trabajadoras y priorizar intereses económicos sobre la salud.
Mesa Técnica General
Plan de Empleo
La empresa continúa sin presentar propuestas concretas sobre los cambios previstos tanto en la salida de personal como en los nuevos ingresos. Desde el SFF-CGT Insistimos en la necesidad de clarificar la tasa de reposición, insuficiente hasta ahora, para garantizar la viabilidad de la empresa y asegurar el relevo generacional mediante nuevos empleos.
Nueva Normativa de Movilidad
La discusión sigue igualmente sin una base concreta. No está claro si la intención es elaborar una normativa completamente nueva o modificar en profundidad la Norma Marco de Movilidad.
Desde SFF-CGT estamos ultimando una propuesta que aporte mayor agilidad a los procesos, garantizando criterios de Transparencia y Mérito, con normas claras que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe. Una premisa fundamental es la eliminación del punto 14.6 y, en consecuencia, de las permanencias.
Protocolo LGTBI
El SFF-CGT hemos presentado alegaciones para mejorar el borrador entregado por la empresa. Nuestro objetivo es adecuarlo a la legislación vigente, clarificar su aplicación y asegurar la participación de la Representación Legal de las Personas Trabajadoras en todos los procedimientos.
Variables Retributivas
La empresa plantea una modificación profunda del sistema retributivo variable para todo el personal del Grupo Renfe. Los parámetros actuales, procedentes del Desarrollo Profesional de 2010, están claramente desfasados, esta propuesta supondría un cambio sustancial. Se nos solicita a las organizaciones sindicales que presentemos alternativas para un nuevo modelo.
Desde SFF-CGT trabajaremos en propuestas que garanticen una retribución justa para todos los colectivos que sostenemos la actividad diaria de la empresa. Os animamos a participar con vuestras aportaciones.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 RENFE 20/11/2025 | 99 UN PEQUEÑO PASO DE LA EMPRESA, UN PASO INSUFICIENTE PARA LA PLANTILLA | ADIF 18/11/2025 | 98 CC.OO. UGT Y EL SCF DICEN ¡NO! A LUCHAR POR EL CONVENIO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MOVILIDAD EN CONDUCCIÓN: CGT INTERPONE CONFLICTO COLECTIVO ANTE LA FALTA DE CONCRECCIÓN DEL GRÁFICO DE LAS VACANTES OFERTADAS | 138 2022-11-02 |
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 | Leido: 4 veces | Desde CGT hemos procedido a interponer papeleta de conciliación y demanda ante la Audiencia Nacional ante la falta de definición de la adscripción del gráfico de las vacantes ofertadas en el proceso de movilidad PO 08/2022 donde se ofertan 404 vacantes en distintas residencias.
La empresa ha procedido, sin acuerdo con el CGE, a la apertura de un proceso de movilidad donde se ofertan las vacantes abriendo de forma inmediatamente posterior el proceso de adscripción a gráfico, de forma contraria a lo que el Desarrollo Profesional y normativa específica de movilidad para el personal de conducción establece, ya que la adscripción a gráficos debe de ser previa al inicio del proceso de movilidad.
No hay que olvidar que los problemas con este proceso de movilidad vienen de lejos, cuando el pasado 25 de Mayo a la empresa se le ocurrió abrir un “proceso de peticiones para profesionales de conducción”, donde no se identificaba vacante alguna y en la que las peticiones se consideraban vinculantes y servían para que la empresa tuviese “una idea más exacta” de la distribución geográfica tanto en número y servicios del personal que accede a la formación becada en conducción. Todo un despropósito que obligaba al colectivo a pedir absolutamente a ciegas sin conocer, número de vacantes, residencias ni servicio a efectuar, estando a merced de lo que decidiese la empresa. CGT.
Ante la desidia del resto de sindicatos, interpuso la correspondiente demanda ante la AN que permitió conciliar (13-07-2022) la posibilidad de modificar las peticiones una vez publicadas las bases de la convocatoria, asegurando así el conocimiento de las vacantes por parte de l@s trabajador@s afectad@s.
La falta de concreción de la adscripción a gráfico de las vacantes ofertadas es la segunda parte de este proceso que nos ha tocado volver a impugnar, por la importancia que tiene saber no solamente a que vacantes concurres, sino también que servicio concreto vas a realizar, que sintetizan las condiciones de trabajo y retributivas.
Con esta actuación jurídica desde CGT pretendemos que l@s trabajador@s conozcan en concreto donde y en qué servicio van a trabajar antes de que finalice el proceso de movilidad, y además, que la lista de reserva que se abre no posibilite la adjudicación de vacantes que no se ofertasen previamente, para evitar situaciones que conculquen los derechos de quien tenga prioridad, situación que, lamentablemente, ya ha sucedido de forma habitual en otros procesos de movilidad.
CGT continuará trabajando porque las acciones de movilidad respeten los derechos de publicidad, mérito y capacidad, y por tanto la igualdad de todas las personas participantes
POR UNA MOVILIDAD JUSTA Y TRANSPARENTE.
VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

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