Comunicados
ADIF | 14 25/02/2026
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CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 CIRCULAR DE JUBILACIÓN PARCIAL 2026
Hoy se ha firmado el borrador de la circular de jubilación parcial para 2026. La buena noticia es que se podrán acoger 740 personas (8 en Adif alta velocidad). La mala, que el año pasado se quedaron fuera 400 y seguramente este año se quede aun más gente.
PLAZAS PARA TOD@S
En el SFF-CGT consideramos que acceder a la jubilación parcial no debería depender del día en que hayas nacido o si has nacido en un mes u otro del año. Con carreras tan largas, todas las personas que deseen acceder a la jubilación parcial y cumplan los requisitos deberían poder hacerlo. Por eso hemos reivindicado que se pueda acoger tantas personas como personas ingresen en la OEP, y que además se sumen plazas asociadas a las dos nuevas convocatorias extraordinarias de ayudante ferroviari@ y las 480 plazas comprometidas en el “histórico acuerdo que va a cambiar el sector del ferrocarril”. La respuesta de la empresa es que ni lo uno ni lo otro. Y respecto a las 480 plazas, que no contemos con ellas en 2026. Así que, primer compromiso roto: las 480 plazas anuales entre 2026 y 2031 ya van a ser para 2027 (veremos si no para 2028).
CIRCULAR CASI IDÉNTICA A LA DE 2025
Por lo demás, la circular es prácticamente calcada a la del año pasado. Los requisitos para acceder son:
• Tener cumplidos 62 años y cotizados a la Seguridad Social como mínimo 35 años y 6 meses.
• Tener cumplidos 64 años y, cotizados a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Si se trata de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, al menos 25 años cotizados.
Las solicitudes se ordenarán por orden de mayor a menor antigüedad en la entidad y, en caso de empate, por la mayor edad, incluida la hora de nacimiento en caso necesario, independientemente de la fecha en la que cumplan los requisitos para adherirse a la jubilación parcial.
Conforme al orden del citado listado, en primer lugar se procederá a establecer los contratos de jubilación parcial a personas que cumplan requisitos a 31 de mayo de 2026, que estarán vinculados al número máximo de los contratos de relevo de las personas que está previsto que ingresen de la OEP en el mes de junio. El resto de solicitantes que queden en el listado permanecerán en el mismo orden para optar a los contratos de jubilación parcial vinculados a los contratos de relevo que se formulen con los ingresos de la OEP previstos para octubre.
Hay dos formas de acogerse:
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios dentro de cada año (salvo para el colectivo de estructura de dirección).
• Acumulación del tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el período de la jubilación parcial al principio de la nueva situación como persona trabajadora a tiempo parcial.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 3 de marzo de 2026 al 10 de abril de 2026, ambos incluidos. Este plazo será único tanto para las personas que cumplan condiciones a fecha 31 de mayo como para quienes las cumplan a 30 de septiembre.
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO | ADIF 17/02/2026 | 12 ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE ACUERDO MARCO SIGLO XXI, ¿DÓNDE ESTÁS? | 163 2022-12-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 1 veces | ACUERDO MARCO SIGLO XXI, ¿DÓNDE ESTÁS?
Todavía estamos a tiempo de abrir un marco de negociación.
Como demostramos con la realización de la Huelga que celebramos en solitario en el mes de noviembre, no estamos de acuerdo con el Preacuerdo del Convenio.
Dicho Preacuerdo se firmó a nuestras espaldas y sin tener en cuenta las demandas que se están realizando desde los diferentes colectivos del personal de Renfe. Lo bueno es que, como su propio nombre indica (pre-acuerdo) no es definitivo, está en estado de espera, pendiente de autorización y susceptible de ser modificado.
Por ello creemos que es el momento perfecto para exigir que se incluyan en el mismo, los aspectos de afectación directa a l@s trabajador@s que recoge el “Acuerdo Marco para una administración del siglo XXI”, publicado en el BOE num. 276 del 17 de noviembre del 2022. Este acuerdo está suscrito por el Gobierno de España y las organizaciones sindicales CCOO y UGT. Curiosamente estas organizaciones sindicales son las mismas que firmaron el Preacuerdo de Convenio, que no recoge numerosos puntos presentes en el Acuerdo Marco, como son:
o Fomentar el empleo y la modernización de las plantillas y su rejuvenecimiento, apostando por la implantación de la jornada laboral de 35 horas semanales.
o Regulación de la prestación económica por Incapacidad Temporal y de sus límites.
o Reconocimiento de complementos en determinados supuestos de Incapacidad temporal.
o Recuperación del empleo público perdido a través de Ofertas de Empleo Público del año 2023 que fomentarán la creación de empleo neto teniendo en cuenta factores como: edad y proyección de edad de jubilación de la plantilla, puesta en marcha de nuevos servicios, o ampliación de los existentes, internalización y reversión de servicios
o Reducción de la temporalidad en el empleo público y que este no supere el 8% de las plazas de naturaleza estructural
o Puesta en marcha inmediata del teletrabajo a la par que el reconocimiento de la esencial labor del personal que desarrolla tareas de atención necesariamente presencial, así como cuerpos o categorías no susceptibles de teletrabajo por desempeño obligatorio presencial, o de atención al público siempre a través de la negociación colectiva.
o La actualización de los importes de los gastos de desplazamiento consecuencia de la actividad de la prestación de servicios
De todos los puntos enumerados, tan solo la implantación de la jornada de 35 horas se ha tratado en el Preacuerdo, pero en algunos colectivos del Grupo se está implantando de una forma nada efectiva a la hora de generar empleo. Desde CGT creemos que la mejor forma de cumplir las directrices del acuerdo sería implantar la reducción en forma de jornadas de descanso completas, para lo que si sería necesario ampliar la plantilla lo que modernizaría y rejuvenecería la plantilla tal y como recoge el Acuerdo Marco.
Reducir el tiempo de trabajo diario solo sirve para que el servicio sufra recortes: los talleres se abrirán más tarde o se cerrarán antes, pero sin embargo no verán reducida su carga de trabajo, ídem con taquillas, supresión de ciertas frecuencias por tener que acortar la jornada, etc.
A pesar de las OEP de los últimos años, la plantilla se está viendo mermada y la edad media de ésta sigue siendo muy elevada; se va a perder una oportunidad de oro para aumentar el personal en todos los colectivos que están asumiendo cada vez más funciones y más carga de trabajo y siguen sin revertirse servicios e internalizar cargas de trabajo por falta de trabajador@s propios que asuman las responsabilidades.
Es por ello que desde el SFF-CGT hemos escrito una carta a la Dirección del Grupo Renfe solicitando, a la mayor brevedad posible, que se dé cumplimiento a este acuerdo y se incluyan las mejoras en el Preacuerdo del III Convenio.
Por nuestros derechos y poder adquisitivo, nos vemos en la manifestación del 17 de diciembre, a las 11 horas, salida desde la sede de la CEOE.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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