Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CELEBRADO EL JUICIO SOBRE LA IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE MOVILIDAD EN CONDUCCIÓN | 8 2023-01-19 |
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| Leido: 2 veces | El martes 18 de enero celebramos el juicio en la Audiencia Nacional por la demanda de conflicto colectivo presentada por CGT, impugnatoria del proceso de movilidad P0/08-22, ante la falta de transparencia existente al no ofertar las vacantes con la correspondiente adscripción a gráfico, habiéndose resuelto de forma paralela a la adscripción que debería haber sido previa y posibilitar otorgar en la lista de reserva vacantes de cobertura “urgente y sobrevenidas” que analizará “su Comisión de Seguimiento”, sin garantías de que no se hubiesen ofertado previamente a l@s trabajador@s afectad@s, siendo una invitación al “coladero” que de forma habitual venimos observando en los procesos.
La anulación conseguida por CGT en el Tribunal Supremo de la aberrante Cláusula 7ª del I CC el Grupo Renfe firmada por SEMAF, UGT, CCOO y SF-I (que permitía concursar sin conocer las plazas vacantes ofertadas), ha conseguido que en las acciones de movilidad comiencen a constar anexos con las vacantes que se ofertan, aunque empresa y sindicatos firmantes siguen pactando convocatorias donde se continúa vulnerando el principio de seguridad jurídica que debe de regir en todas las convocatorias de movilidad, en las que debe especificarse con total precisión el número, la residencia, y como en este caso, el cuadro de servicio en el que se trabaja, ya que como sabemos, las condiciones retributivas y laborales varían significativamente.
Durante los días previos al juicio, la empresa ha dado muestras, en un principio, de querer llegar a un acuerdo, trasladando sus servicios jurídicos nuestras peticiones en la línea de una transparencia total en el proceso.
Tras no recibir ninguna noticia por su parte, acudimos el día 18 a juicio. Antes de la celebración la empresa “intentó” llegar a un acuerdo con CGT según ellos “acercando posturas”. Su único acercamiento a nuestras reivindicaciones fue la de informar de la composición y vacantes que se adjudicasen en la misma, pero activando bolsa de reserva consultando con la Comisión de Seguimiento, curiosamente, la única donde no tenemos representación. ¿En qué se traduce esto? En que quieren aislarnos para poder seguir haciendo lo que les venga en gana, en complicidad con el resto de sindicatos “de los trabajadores”. Ni una palabra sobre convocar movilidades ofertando vacantes concretas con adscripción a gráfico. Obviamente nos negamos en rotundo a pactar unas condiciones que, no reconocían la obligación a publicar las plazas disponibles en las adscripciones a gráficos (seguimos sin transparencia), no garantizaban la separación clara de los procesos de adscripción a gráfico primero y movilidades después, y tampoco se comprometían a usar las listas de reserva solo previa petición del personal de esas residencias, como ya sucede en otros colectivos.
Ante estos hechos la lógica invita a pensar que no se publicarán nuevas convocatorias bajo estos mismos términos. Así piensa CGT, casualmente la ÚNICA. En la sala, SEMAF se pone (de nuevo) de parte de la empresa (sí… ese sindicato que protege a l@s maquinistas), CCOO y UGT no se pronuncian y el SF ni se presenta.
Desde CGT seguimos peleando por procesos limpios, con vacantes claramente definidas y sin textos farragosos que vayan encaminados a dar cobertura “legal” a chanchullos, para avanzar en la transparencia en la empresa y en los procesos que se lleven a cabo, y terminar de una vez por todas con las opacidades, irregularidades, tratos de favor y enchufismo. En definitiva, acabar con lo que parece una trama de red clientelar a nivel nacional.
¡POR UN CAMBIO REAL! ELIGE CGT
Comunicado
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